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Documento BOE-A-2001-13428

Orden de 20 de junio de 2001 sobre el contrato de cesión por el que la "Compañía de Investigación y Explotaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima" cede a "Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima" su participación en los permisos de investigación de hidrocarburos "Armentia" y "Mendoza".

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2001, páginas 25284 a 25284 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-13428

TEXTO ORIGINAL

Visto el contrato de cesión por el que «Compañía de Investigación y Explotaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima» cede su participación del 20 por 100 indiviso de los intereses de los permisos de investigación de hidrocarburos «Armentia» y «Mendoza» a la «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima», quedando la titularidad, después de aprobada esta cesión, en la siguiente proporción:

«Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima»: 50 por 100.

«Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima»: 40 por 100.

«Medusa Oil Limited, Sucursal en España»: 10 por 100.

Informado favorablemente el expediente por la Dirección General de Política Energética y Minas y tramitado con arreglo a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y del artículo 10 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, dispongo:

Primero.

Se autoriza el contrato de cesión de participación, por el que «Compañía de Investigación y Explotaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima» cede su 20 por 100 indiviso de los intereses de los permisos de investigación de hidrocarburos «Armentia» y «Mendoza» a la compañía «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima».

Segundo.

Como consecuencia de la autorización otorgada en la condición primera anterior, la titularidad de los permisos de investigación de hidrocarburos «Armentia» y «Mendoza» pasará a ser:

«Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima»: 50 por 100.

«Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima»: 40 por 100.

«Medusa Oil Limited, Sucursal en España»: 10 por 100.

La compañía operadora de los permisos continuará siendo «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima».

Tercero.

Dentro del plazo de treinta días a partir de la fecha de publicación de esta Orden, la compañía «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, Sociedad Anónima» deberá presentar, en la Subdirección General de Hidrocarburos de la Dirección General de Política Energética y Minas, resguardos acreditativos de haber ingresado en la Caja General de Depósitos las garantías ajustadas a la nueva participación en la titularidad de los permisos «Armentia» y «Mendoza».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 20 de junio de 2001.–El Vicepresidente Segundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía, P. D. (Orden de 3 de agosto de 2000, «Boletín Oficial del Estado» del 31), el Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.

Ilma. Sra. Directora general de Política Energética y Minas.

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