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Documento BOE-A-2001-11670

Orden de 5 de junio de 2001, del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de 15 de febrero de 2001, por el que se ofertaban plazas vacantes para Secretarías de Juzgados de Paz, entre funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Paz de más de 7.000 habitantes y del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 2001, páginas 21602 a 21603 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2001-11670

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Orden de 15 de febrero de 2001

("Boletín Oficial del Estado" de 2 de marzo y "Boletín Oficial del País

Vasco" de 6 de marzo) para cubrir plazas vacantes en Secretarías

de Paz, entre funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios

de Paz de más de 7.000 habitantes y del Cuerpo de Oficiales

de la Administración de Justicia.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 455, 481

y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial;

el Reglamento Orgánico de Secretarios de la Justicia Municipal,

aprobado por Decreto de 12 de junio de 1970, y el capítulo III

del título IV del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales,

Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado

por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, he dispuesto:

Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter

definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado

en el concurso de traslados convocado por Orden de fecha

mencionada anteriormente, que se corresponden con los relacionados

en el anexo I de la Orden de convocatoria.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios

que en anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por

los participantes en el presente concurso que no han obtenido

destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos

de traslados.

Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el

presente concurso, salvo que se pretendan amortizar ante

modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un

centro de trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista

en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por

funcionarios de nuevo ingreso.

Quinto.-El cese deberá efectuarse dentro de los tres días

hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial

del Estado", debiendo posesionarse del nuevo destino obtenido

por concurso en los tres días naturales siguientes al cese, si no

hay cambio de localidad, o en los diez días naturales siguientes,

en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la

Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Si la resolución comporta reingreso al servicio activo a la

Administración de Justicia en el Cuerpo de Oficiales, el plazo posesorio

deberá de computarse desde el día siguiente al de la publicación

de esta resolución en el "Boletín Oficial del Estado", pero en el

presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce

antes de formalizarse el reingreso en el Cuerpo de Oficiales y,

por tanto, no puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del

presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no

quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la

Admi

nistración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable

para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,

Juez, Fiscal o Jefe del organismo de su actual destino un permiso

retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en

caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse

a Canarias, islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el

permiso podrá ser de hasta tres días [artículo 66.1.g) del Reglamento

Orgánico] teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la

fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva

plaza de reingreso.

Por el ilustrísimo señor Director de Ordenación de Recursos

Humanos, dentro de su ámbito territorial, se les concederá la

excedencia de oficio en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce

en un Cuerpo al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo

destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de

su posesión en el Cuerpo de Oficiales, al objeto de evitar la

interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas

que han sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la

posesión del titular.

Contra la presente Orden podrán los interesados interponer

recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el

excelentísimo señor Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad

Social, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de

lo Contencioso-Administrativo del domicilio del recurrente o de

Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses. En ambos caso el plazo

se contará desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado".

Si transcurriese un mes desde la interposición del recurso

potestativo de reposición sin que recaiga resolución expresa, se podrá

entender desestimado el mismo, pudiéndose interponer recurso

contencioso-administrativo en los términos citados anteriormente.

Vitoria-Gasteiz, 5 de junio de 2001.-El Consejero, Sabin

Intxaurraga Mendibil.

ANEXO I

Documento nacional de identidad: 16.058.269. Apellidos y

nombre: Blasco Lices, Fernando. A: 1. M: 9. D: 25. IDI: 0. Total:

1,81944. 9223000048410. Destino adjudicado: Juzgado de Paz

(Agrup. Mun.) Gorliz (Vizcaya). 9262300335030. Destino actual:

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Arrecife

(Lanzarote).

Documento nacional de identidad: 14.602.478. Apellidos y

nombre: Ecenarro Torco, María Carmen. A: 10. M: 9. D: 13. IDI: 0.

Total: 10,78611. 9223000048430. Destino adjudicado: Juzgado

de Paz de Gueñes (Vizcaya). 9222300048880. Destino actual:

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Balmaseda

(Vizcaya).

Documento nacional de identidad: 15.930.010. Apellidos y

nombre: Goitia Larman, Luis Alberto. A: 2. M: 2. D: 3. IDI: 2.

Total: 4,175. 9223000020710. Destino adjudicado: Juzgado de

Paz (Agrup. Mun.) Urnieta (Guipúzcoa). 9223000020490. Destino

actual: Juzgado de Paz (Agrup. Munic.) Lazkao (Guipúzcoa).

Documento nacional de identidad: 14.255.331. Apellidos y

nombre: Izquierdo Ibeas, María Teresa. A: 1. M: 9. D: 25. IDI: 0.

Total: 1,81944. 9223000048160. Destino adjudicado: Juzgado

de Paz (Agrup. Mun.) Berango (Vizcaya). 9222300120180.

Destino actual: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1

de Azpeitia (Guipúzcoa).

Documento nacional de identidad: 15.866.115. Apellidos y

nombre: Lasa Martínez, Juan José. A: 1. M: 9. D: 20. IDI: 0.

Total: 1,80556. 9223000020750. Destino adjudicado: Juzgado

de Paz de Ordizia (Guipúzcoa). Destino actual: Excedente.

Documento nacional de identidad: 78.863.405. Apellidos y

nombre: Olaeta Uribarri, Miren Idoia. A: 5. M: 2. D: 11. IDI: 0.

Total: 5,19722. 9222900048320. Destino adjudicado: Juzgado

de Paz de Ermua (Vizcaya). 9222300248250. Destino actual:

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Durango

(Vizcaya).

Documento nacional de identidad: 13.137.000. Apellidos y

nombre: Riocerezo Martínez, María José. A: 7. M: 10. D: 12.

IDI: 0. Total: 7,86667. 9223000001290. Destino adjudicado:

Juzgado de Paz (Agrup. Mun.) La Guardia (Álava).

9082300526001. Destino actual: Juzgado de Primera Instancia

e Instrucción número 5 de Logroño (La Rioja).

ANEXO II

Excluidos

Calvo Angoitia, Ana Haydee: 10.

Códigos de exclusión:

1. No llevar un año en su anterior destino (base segunda.1).

2. Presentación fuera de plazo (base cuarta.1, 2, 3 y 4).

3. Faltar fotocopia de la instancia del/de la funcionario/a con

quien condiciona (base quinta).

4. Discrepancia entre código informático y su literal (base

cuarta.8).

5. Por haber obtenido destino en concurso resuelto

provisional o definitivamente con posterioridad a la fecha de finalización

del plazo de presentación de instancias del concurso actual.

6. Renuncia dentro del plazo (base cuarta.7).

7. Por no haber firmado la instancia (base cuarta.1, 2 y 3).

8. Por haber participado para dos Cuerpos (base cuarta.6).

9. Por no pertenecer a ningún Cuerpo de la Administración

de Justicia.

10. Por no indicar el Cuerpo para el que participa.

11. Por no pertenecer al Cuerpo para el que participa.

12. Por no corresponder las plazas solicitadas al Cuerpo para

el que participa.

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