Visto el expediente de indulto de don José Pérez Martínez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva, en sentencia de fecha 7 de julio de 1997, como autor de un delito de alzamiento de bienes, a la pena de dos meses de arresto mayor, y un delito de malversación de caudales públicos, a la pena de tres años de prisión y seis años de inhabilitación absoluta, por hechos cometidos entre los años 1979 y 1988, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don José Pérez Martínez la mitad de las penas privativas de libertad e inhabilitación absoluta pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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