En el recurso contencioso-administrativo número 403/99, interpuesto por la Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado auto de 28 de marzo de 2000, que contiene la siguiente parte dispositiva:
1.º Suspendemos cautelarmente hasta que se dicte sentencia en los autos principales la vigencia del párrafo segundo de la disposición adicional única del Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.
2.º No accedemos a la suspensión del apartado segundo del artículo 18 del citado Real Decreto.
3.º Ordenamos la publicación del presente auto en el "Boletín Oficial del Estado".
De este auto se dará cuenta inmediata al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Este auto es firme y contra él no cabe interponer recurso alguno.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos.
Sres. al inicio designados.-Presidente: Excmo. Sr. don Juan García Ramos Iturralde.-Magistrados: Excmos.
Sres. don Mariano Baena del Alcázar y don Antonio Martí García.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid