Visto el expediente de indulto de don Francesc Casas Oller, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de fecha 6 de octubre de 1997, como autor de un delito contra el deber de prestación social sustitutoria, a la pena de doce meses-multa con una cuota de 200 pesetas y ocho años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Francesc Casas Oller la pena de inhabilitación impuesta por otra de cuatro años de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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