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Visto el expediente de indulto de doña Sara Bisbal García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia, en sentencia de fecha 9 de noviembre de 1994, como autora de un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión y privación del permiso de conducir durante seis meses y un delito de robo con intimidación, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a doña Sara Bisbal García un tercio de las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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