Visto el expediente de indulto de don Blas Almeida Rodríguez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, en sentencia de fecha 19 de junio de 1993, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión menor, multa de 2.000.000 de pesetas y ocho años de inhabilitación especial, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Blas Almeida Rodríguez la mitad de la pena privativa de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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