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En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,
de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número 25, del 29)
por el que se aprueba la oferta de empleo público para el
año 2000 y con el fin de atender las necesidades de personal
en la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las
competencias que le están atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley
6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de
la Administración General del Estado ("Boletín Oficial del Estado"
del 15), previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública y acuerdo de la Junta de Gobierno del Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, resuelve convocar pruebas
selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Técnicos
Especializados (Código -5421-) del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas de
la Escala de Titulados Técnicos Especializados (Código -5421-)
del Consejo Superior de Investigaciones Científicas por el sistema
general de acceso libre, entre ciudadanos de la Unión Europea,
con dominio del castellano, de acuerdo con las especialidades
y los destinos que figuran en el anexo I.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3); la
Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas
para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del
Estado" del 29); la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial
del Estado" del 24) sobre acceso a determinados sectores de la
Función Pública de los nacionales de los demás Estados Miembros
de la Unión Europea, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado
("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril) y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
1.3 La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados
en cada una de las especialidades, se efectuará por Resolución
de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, de acuerdo con la suma total de las puntuaciones obtenidas
por éstos en las diferentes fases de que consta el proceso selectivo.
No se podrán declarar aprobados en el proceso selectivo a
un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas
por especialidades. Cualquier propuesta de aprobados que
contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará
de las siguientes fases:
Oposición.
Período de prácticas.
Los aspirantes que no superen el período de prácticas, por
Resolución motivada de la autoridad convocante, perderán todos
los derechos al nombramiento como funcionarios de carrera.
El plazo máximo del comienzo del período de prácticas, una
vez superadas las pruebas selectivas, será de dos meses, a partir
de la fecha de terminación del plazo a que se refiere la base 9.1
de esta convocatoria.
1.5 Quienes no pudieran realizar el período de prácticas por
cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria,
o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada
por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad.
1.6 La fase de oposición constará de los ejercicios
eliminatorios, que se desarrollarán en castellano, que a continuación se
indican:
1.6.1 Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito,
en un plazo máximo de cuatro horas de un tema a elegir entre
dos propuestos por el Tribunal, relacionados con el programa de
cada especialidad, que figura como anexo II de la presente
convocatoria. El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública
ante el Tribunal.
Los miembros del Tribunal podrán efectuar, una vez realizada
la lectura del ejercicio, las preguntas que estimen oportunas para
aclarar o incidir en algún aspecto de la exposición del candidato.
1.6.2 Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por
escrito, en un plazo máximo de cuatro horas, de un tema a elegir
entre dos propuestos por el Tribunal del programa de temas
comunes que se recogen en el anexo II.
1.6.3 Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un
supuesto práctico relacionado con la especialidad de la plaza
convocada de acuerdo con el programa que se recoge en el
anexo II de la presente convocatoria. Los opositores deberán
realizar por escrito un resumen del desarrollo y ejecución de la prueba
realizada que se expondrá ante el Tribunal en sesión pública.
Los miembros del Tribunal podrán efectuar, una vez realizada
la exposición del ejercicio, todas las preguntas que estimen
oportunas para aclarar, incidir o ampliar aspectos de la exposición
del candidato.
El Tribunal correspondiente a cada especialidad señalará el
tiempo máximo disponible para la realización de la prueba, que
no podrá superar en ningún caso cinco horas.
1.7 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario orientativo:
El primer ejercicio se iniciará a partir de febrero del 2001.
La fase de oposición deberá haber finalizado antes del 30 de
junio, salvo excepciones justificadas.
1.8 El programa que ha de regir las pruebas selectivas en
cada especialidad, es el que figura en el anexo II de la presente
convocatoria.
1.9 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta
el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de
Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega o de
Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensa.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico,
Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o equivalente. Los estudios
efectuados en centros españoles no estatales o en el extranjero,
deberán estar ya homologados.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no
deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de organismos internacionales, posean
la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada
por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial
del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen
en el organismo internacional correspondiente.
En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que
ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales,
se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para
la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar
a tal calificación y participar en las pruebas de las que ha sido
eximido en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.
Tal renuncia deberá llevarse a cabo mediante escrito dirigido al
excelentísimo señor Presidente del Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, que se acompañará a la instancia por la que
se solicita la participación en las pruebas selectivas.
2.3 Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las
pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus
solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las
condiciones exigidas en la base 2.1, referidas siempre a la fecha
de expiración del plazo de presentación, y mantenerlos hasta el
momento de su toma de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitado
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, así como en
el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid), en
la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina,
50, de Madrid), en el Instituto Nacional de Administración Pública
(calle Atocha, 106, de Madrid), en las representaciones
diplomáticas o consulares de España en el extranjero, así como en la
sede central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas
(calle Serrano, 117, de Madrid).
A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional
de identidad o pasaporte y currículum vitae.
Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni
concurrir a más de una especialidad.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Ciencia y
Tecnología". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar
"Consejo Superior de Investigaciones Científicas". En el espacio
destinado a código que figura debajo, se cumplimentará el 20001.
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el
espacio destinado a código se hará constar el 20020, rellenándose
sólo los dos primeros dígitos.
En el recuadro número 15 se señalará "Titulados Técnicos
Especializados", consignándose el código 5421 en el espacio reservado
para el mismo que figura a su lado.
En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se
consignará "L" (acceso libre).
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
En el recuadro número 20. Provincia de examen: Se hará
constar "Madrid".
En el epígrafe número 24. "Títulos Académicos Oficiales" se
hará constar la titulación que se posee para participar en estas
pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.c) de esta
convocatoria.
En el recuadro A) del epígrafe 25 "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria", del modelo de solicitud, se hará
constar expresamente la especialidad a la que concurre, elegido
de entre los propuestos en la presente convocatoria (ver
anexo I).
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar para el órgano
convocante, hoja número 1 del modelo de solicitud) se hará en
el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid, o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del
Estado" del 27), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado".
3.3 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de
examen será de 3.000 pesetas que se consignará en el recuadro
destinado al mismo en el modelo de solicitud. El abono de la
tasa de dichos derechos de examen podrá efectuarse en cualquier
Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que
actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria,
sin que sea preciso indicar un número de cuenta corriente al efecto.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno
ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número
2038 1183 46 6000548962, abierta en la sucursal 1183 de Caja
Madrid, calle López de Hoyos, número 68, a nombre de "Consejo
Superior de Investigaciones Científicas. Tasas 20.020 derechos
de examen".
Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado
de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
Asimismo estarán exentas las personas que figuren como
demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior
a la fecha de la convocatoria siempre que en el plazo de que
se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubieran negado a participar, salvo causa justificada, en acciones
de promoción, formación o reconversión profesional y que,
asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al
salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la
condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en
la Ley, se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto
Nacional de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas
se efectuará mediante una declaración jurada o promesa escrita
del solicitante. Ambos documentos se deberán acompañar a la
solicitud.
Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo
acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se
realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión
de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en
los tres ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el
pago se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá
acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.
La falta de una justificación del abono de los derechos de
examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá
la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.4 Las solicitudes dirigidas al excelentísimo señor Presidente
del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, deberán
acompañarse de un currículum vitae.
3.5 Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su
caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de
Noruega o de Islandia que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento
de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del
resguardo de haber solicitado la exención de visado y la
correspondiente tarjeta. De no haber solicitado estos documentos deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,
de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.6 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la
Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas,
dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes que se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado", declarando aprobada la lista
de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último
caso, de las causas de exclusión. En la lista deberá constar en
todo caso los apellidos, nombre y número del documento nacional
de identidad o pasaporte.
Además se determinará el lugar y la fecha de comienzo de
los ejercicios.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado
su exclusión.
Contra dicha Resolución podrá interponerse potestativamente
recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que dictó la resolución, o directamente recurso
contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en
el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su
publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la
relación de excluidos, sino además, que sus nombres constan en
la pertinente lista certificada completa de admitidos y excluidos,
que se expondrán al público en los tablones de anuncios de la
Sede Central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas,
calle Serrano, número 117, en los Centros e Institutos del
Organismo, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro
de Información Administrativa del Ministerio de las
Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas y Subdelegaciones del Gobierno.
4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputable al sujeto
pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos
de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas
por causa imputable al interesado.
5. Tribunales
5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas selectivas,
estarán constituidos en la forma que se determinan en el
anexo III de esta convocatoria.
5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Presidente del Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, cuando concurran en ellos
circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27), o si hubiesen realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Los Presidentes podrán solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del
27).
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).
5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo,
la autoridad convocante hará público el nombramiento de los
nuevos miembros de los Tribunales que hayan de sustituir a los que
hayan perdido su condición por alguna de las causas anteriores.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario, y la mitad,
al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.
En dicha sesión, los Tribunales acordarán todas las decisiones
que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en
su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad al menos,
de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Durante el proceso selectivo, los Tribunales resolverán
todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal, se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
del 27).
5.7 Los Tribunales calificadores adoptarán las medidas
precisas de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de
los participantes. En este sentido se establecerán, para las
personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la
base 3.6 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su
realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias los
Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, calle/ Serrano, número 117, 28006
Madrid, teléfonos 585 52 65/5263.
5.9 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas,
tendrán la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del
Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" del 19). Una vez conocido el número de aspirantes, por el
Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas se
establecerá el número máximo de sesiones que podrá realizar por
cada uno de los Tribunales.
5.10 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han
superado las pruebas selectivas o fase de oposición un número superior
de aspirantes que el de plazas convocadas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores de iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con
la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de fecha 23 de febrero de 2000 por la que se hace público
el resultado del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000
("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo).
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "B", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "C", y
así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del
segundo y tercer ejercicio se efectuará por los Tribunales, al
menos, en los locales donde se haya celebrado el primero, con
veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para
la iniciación del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el
anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado
y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce
horas, al menos, de antelación.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, la autoridad
convocante, por sí o a propuesta del Presidente del Tribunal, si
tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a
los órganos competentes, poniendo en su conocimiento las
inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes
en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la resolución definitiva de exclusión del aspirante podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente a su comunicación, ante
el órgano competente del orden jurisdiccional del
contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27).
7. Calificación de los ejercicios
7.1 Todos los ejercicios de las pruebas selectivas se
calificarán de cero a veinte puntos. El valor medio de las puntuaciones
computadas constituirá la calificación del ejercicio, siendo
necesario alcanzar diez puntos como mínimo, para pasar al ejercicio
siguiente, y en el tercero para superarlo.
Al calcular el valor medio de las puntuaciones, en cada uno
de los ejercicios, se excluirá del cómputo de puntuaciones la más
alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida
más de una máxima y una mínima.
7.2 En los tres ejercicios, la calificación se hará al término
de cada ejercicio, publicándose la relación de quienes los hubieran
superado y sus puntuaciones.
7.3 La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y tercer
ejercicio.
En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas
de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que
hubiese obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio. De
persistir el empate se acudirá a la puntuación del tercer y segundo
ejercicio sucesivamente.
8. Lista de aprobados
8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, los tribunales harán
públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio,
así como en la sede del tribunal, y en aquellos otros que estime
oportuno, la relación de aprobados en cada especialidad, por
orden de puntuación alcanzada, con indicación de su número de
documento nacional de identidad o pasaporte.
Los Presidentes de los Tribunales enviarán una copia certificada
de la relación de aprobados al Presidente del Consejo Superior
de Investigaciones Científicas.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Presentación de documentos y nombramientos
de funcionarios en prácticas
9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se publicaron las relaciones de
aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes aprobados
deberán presentar en los locales del Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid,
los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o
pasaporte.
b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.c)
o certificación académica que acredite su posesión. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán presentar
fotocopia compulsada de la credencial a que se refiere dicha base.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV
a esta convocatoria.
d) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española
deberán presentar fotocopia compulsada del documento que
acredite su nacionalidad, así como documentación certificada por las
autoridades competentes de su país de origen en la que se acredite
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) Los aspirantes extranjeros que no residan en España
deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber
solicitado la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no
la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la
solicitud de participación.
9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos
estarán exentos de justificar las condiciones y demás requisitos
ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar certificación del Ministerio u organismo del que
dependan, acreditando su condición, y demás circunstancias que consten
en su expediente personal.
Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de
funcionarios en prácticas, igualmente el personal funcionario interino
y laboral, de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"
de 6 de marzo).
9.3 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen
de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos
exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
9.4 Los candidatos propuestos serán nombrados funcionarios
en prácticas mediante Orden del Ministerio de Ciencia y
Tecnología, en la que se determinará la fecha en que empezarán a surtir
efecto dichos nombramientos, con especificación del destino
adjudicado.
Los nombramientos serán publicados en el Boletín Oficial del
Estado.
10. Período de prácticas. Nombramientos de funcionarios
de carrera y toma de posesión
10.1 Durante el período de prácticas los aspirantes ejercerán
las tareas correspondientes a puestos de trabajo de su especialidad
bajo la supervisión de los responsables de los departamentos
correspondientes. El período de prácticas tendrá una duración de
tres meses, y al final del mismo el responsable del departamento
a que hubiera sido adscrito el funcionario en prácticas, emitirá
un informe, con el visto bueno del Director del centro, en el que
hará constar la calificación de "apto" o "no apto" del aspirante,
siendo necesario obtener la calificación de "apto" para superarlo.
Dicho informe será aprobado por el Presidente del Consejo
Superior de Investigaciones Científicas.
10.2 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado serán nombrados funcionarios de carrera, por el
Ministerio de Ciencia y Tecnología, con especificación del destino
adjudicado.
Los nombramientos serán publicados en el "Boletín Oficial del
Estado".
La toma de posesión de los candidatos nombrados funcionarios
de carrera, se efectuará en el plazo de un mes a partir del día
siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el
"Boletín Oficial del Estado".
11. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27).
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo
previsto en la mencionada Ley.
Toda la información relativa a esta convocatoria está disponible
en la web del Consejo Superior de Investigaciones Científicas:
www.csic.es
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 22 de noviembre de 2000.-P. D. (Orden de 30 mayo
de 2000 "Boletín Oficial del Estado" del 31), el Presidente del
CSIC, Rolf Tarrach Siegel.
ANEXO I
Especialidades
Número
tribunal
Número
deplazas Denominación Destino
4 Técnico en Informática. Organización Central
CSIC ( 2 plazas)
Inst.o Ramón y Cajal,
(1 plaza), Inst.
Investigación Inteligencia
Artificial (1 plaza).
1
1 Técnico en
Instrumentación Oceanográfica.
Organización Central
CSIC.
2
1 Técnico en
Instrumentación Electrónica en
Buques
Oceanográficos.
Organización Central
CSIC.
2
1 Técnico en
Bibliometría.
CINDOC. 3
2 Técnico Superior de
Prevención en
Seguridad e Higiene en el
Trabajo.
Organización Central
CSIC.
4
1 Técnico de Obras. CSIC- Servicios
Centrales.
5
ANEXO II
Programa
Materias comunes a todos los opositores
1. La Constitución Española de 1978: Características.
Derechos fundamentales y libertades públicas.
2. La Administración General del Estado: Organización y
funcionamiento. La Ley de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado (LOFAGE).
3. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El procedimiento
administrativo: Concepto y naturaleza.
4. La contratación administrativa. Tipos de contratos.
5. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Características. Ámbito de aplicación. Órganos Superiores de la
Función Pública.
6. Planificación de Recursos Humanos. Relaciones de
Puestos de Trabajo.
7. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Derechos y deberes de los funcionarios.
8. El Presupuesto. Su contenido. Elaboración y aprobación.
Modificaciones presupuestarias.
9. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
10. La Ley de Fomento y Coordinación General de la
Investigación Científica y Técnica. El Consejo Superior de
Investigaciones Científicas: Naturaleza y normas de funcionamiento.
Repercusiones de la LOFAGE en el CSIC.
11. La dirección por objetivos. La programación de proyectos.
12. El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo
e Innovación Tecnológica 2000-2003.
13. Las fuentes de las obligaciones económicas de la
Hacienda Pública. La Ley. Los negocios jurídicos. La responsabilidad.
14. Los fondos estructurales Europeos. Sus Reglamentos. El
Marco Comunitario de apoyo. Los Programas Operativos: Su
ejecución y seguimiento. Especialidades de la I + D.
Programa de cada una de las especialidades
TÉCNICO EN INFORMÁTICA
1. Modos de operación del ordenador: Multiprogramación,
multiproceso y tiempo compartido. Multitarea y multiusuario.
Procesos por lotes y en línea. Concepto de memoria virtual.
2. Arquitectura de ordenadores. Modelo general de un
ordenador. Estructura y funcionamiento. Evolución y generaciones.
3. Sistemas operativos: Conceptos básicos. Elementos.
Sistemas operativos en microprocesadores.
4. Sistemas operativos UNIX: Características principales.
Programación shell,. Administración.
5. Conceptos genérales de redes y comunicaciones.
Topologías. Medios de transmisión. Componentes.
6. Sistemas de información. Diseño y planificación.
Tecnologías. Apoyo a la toma de decisiones.
7. Bases de datos. Diseño. Integridad. Modelo relacional.
Reglas de Codd y normalización.
8. Sistemas gestores de bases de datos (SGBD). Requisitos.
Características de los SGBD actuales. Nuevas tendencias: Bases
de datos distribuidas y orientadas a objetos.
9. SGBDR. Herramientas de desarrollo. Modelo Servidor y
cliente/servidor. Herramientas para el usuario final. Lenguajes de
consulta.
10. Bases de datos documentales. Lenguajes de
interrogación. Thesaurus. Procedimientos y perfiles. Sistemas de
recuperación de información. Análisis comparativo.
11. Concepto de redes de comunicaciones: Topologías y
hardware de redes.
12. El modelo de referencia de interconexión de sistemas
abiertos (OSI) de ISO.
13. Servicios de comunicación: X25, RDSI, Frame Relay,
ATM, circuitos punto a punto. Redes públicas de transmisión de
datos
14. Protocolo de transporte: Tipos y funcionamiento. La
familia de protocolos TCP/IP Conceptos y utilidades.
15. Inteligencia Artificial. La orientación heurística.
16.Ingeniería del conocimiento. Representación del
conocimiento. Sistemas expertos. Herramientas.
17. Inteligencia artificial distribuida. Agentes inteligentes.
18. Metodología de desarrollo de Sistemas. Lenguaje de
Modelado Unificado (UML).
19. El análisis orientado a objetos. Objetos, clases, herencia,
métodos. Arquitectura de objetos distribuidos. Lenguajes de
programación orientada a objetos.
20. Redes Intranet y Extranet. Concepto, estructura y
características. Lenguajes y herramientas para el desarrollo de
aplicaciones en estas redes: Java, javascript, HTML, DHTML, XML,
Visual Basic, Visual Basic Script.
21. Desarrollo de aplicaciones Internet y/o intranet con
acceso a bases de datos.
22. Arquitectura de aplicaciones. Modelo en tres capas.
Servidor de aplicaciones.
23. Análisis estructurado. Diccionario de datos, diagrama de
flujo de datos.
24. Análisis de datos: El modelo entidad-relación. Entidades
y superentidades.
25. Red Internet: Servicios. Protocolos.
26. Correo electrónico, "software de clientes", configuración
y uso. Servidor de correo. Estafeta. Listas de distribución.
Seguridad: Medidas anti spam. PGP: Conceptos. Aplicaciones.
27. Aprendizaje automático. Inducción del conocimiento.
Aplicación de las tecnologías de la información: Inducción a reglas
de bases de datos.
28. Sistemas de cableado y equipos de interconexión de
redes: Repetidores, puentes, concentradores.
29. Auditoria informática: Conceptos y contenidos. Normas
y estandares
30. Redes: Redes virtuales, Control de acceso, cortafuegos.
Gestión de red: SNMP. Filtrado y seguridad.
TÉCNICO EN INSTRUMENTACIÓN ELECTRÓNICA EN BUQUES
OCEANOGRÁFICOS
1. La sonda CTD.
2. Diversos sensores que pueden formar un sistema CTD.
3. Tiempos de respuestas y sincronización de éstos sensores
en el CTD.
4. Diversos tipos de sensores de conductividad
5. Diversos tipos de sensores de temperatura.
6. Sensores externos acoplables a una sonda CTD.
7. Sistemas de muestreo de agua a diferentes profundidades.
8. Importancia de las características eléctricas de los cables
coaxiales para transmisión de señales.
9. Uso y características de las señales FSK.
10. Uso y características de los bucles de corriente.
11. La transmisión de datos de equipos sumergidos.
12. Metodología de calibración de sondas CTD.
13. Patrones primarios para calibrar conductividad,
temperatura y presión.
14. Equipamiento general de instrumentación electrónica de
un barco para medir parámetros físico químicos.
15. Instrumentación para mediciones en continuo de
parámetros físico químicos.
16. Sistemas meteorológicos instalados a bordo de barcos
de investigación.
17. Integración de datos de diversos equipos de medida en
continuo.
18. Modems en la comunicación instrumental.
19. Vehículos remolcados con instrumentación electrónica.
20. El sistema de captura continua de plancton.
21. Sistemas Multiredes.
22. Sistemas de CTD ondulante.
23. Sistemas de perfiladores lumínicos.
24. Sistemas de navegación y posicionamiento.
25. Tratamiento y filtración de datos.
26. Equipamiento general de instrumentación de un barco
de investigación.
27. Sistemas de sondas.
28. Conversores A/D de rápida respuesta.
29. Sistema e Instrumentación SeaWiFFs.
30. Sistema de recepción de imágenes de satélite.
TÉCNICO EN INSTRUMENTACIÓN OCEANOGRÁFICA
1. Propagación de ondas en el medio marino.
2. Importancia de la composición físico-química del agua
de mar en la propagación acústica.
3. Instrumentación oceanográfica basada en propagación
acústica.
4. Perfiladores acústicos de corrientes: Principios de
funcionamiento y medidas.
5. El efecto Doppler y su aplicación a la instrumentación
oceanográfica.
6. Telemetría submarina.
7. Sondas acústicas para la determinación del fondo marino.
8. Sondas acústicas biológicas.
9. Calibraciones de sondas acústicas.
10. Sondas Multihaz de gran profundidad.
11. Sondas Multihaz para profundidades someras.
12. Sistemas para determinar geomorfología submarina.
13. Determinación del tipo de material del fondo marino
mediante sondas.
14. Sistemas para determinar características del subsuelo
marino.
15. Penetrabilidad de ondas acústicas en el subsuelo marino.
16. Importancia y aplicabilidad de las bajas frecuencias en
sistemas marinos.
17. Importancia y aplicabilidad de las altas frecuencias en
sistemas marinos.
18. Principios de la Sísmica Multicanal.
19. Equipos de medida en un sistema de sísmica multicanal.
20. Principios de la Sísmica de Alta Resolución.
21. Equipos de medida en un sistema de sísmica de alta
resolución.
22. El sistema OBS y OBSD.
23. Configuración de cañones de aire para estudios de
sísmica.
24. El sistema Scanmar.
25.Principio de funcionamiento de los trasductores acústicos.
26. Correntímetros acústicos.
27. Sonar de hielos: Principios y aplicación del sistema.
28.Sondas acústicas remolcadas.
29. Sincronización temporal en estudios de sísmica.
30. Refracción y reflexión de ondas acústicas y su empleo
en estudios marinos.
TÉCNICO EN BIBLIOMETRÍA
1. Información y documentación científica. El proceso de
transferencia de la información científica. El ciclo documental.
Fuentes de información.
2. Análisis documental. Indización y resúmenes. Lenguajes
documentales. Clasificaciones. Clasificaciones universales y
sectoriales. Tesauros.
3. Bases de datos documentales. Estructura de la
información. Redes de comunicación y acceso a bases de datos. Técnicas
de recuperación de información.
4. Revistas científicas en soporte convencional y electrónico.
Evaluación de revistas.
5. Bibliometría y Cienciometría. Historia. Conceptos y
definiciones.
6. Leyes bibliométricas. Aplicaciones.
7. Medidas del envejecimiento de la literatura científica. Vida
media. Indice de Price. Aplicaciones.
8. El sistema de Ciencia y Tecnología en España. Objetivos
y prioridades. El Plan Nacional de Investigación Científica,
Desarrollo e Innovación Tecnológica.
9. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas: Su
papel en el sistema de Ciencia y Tecnología.
10. Características de los sistemas nacionales de I + D en la
Unión Europea.
11. Evaluación de la actividad científica. Recursos humanos
en investigación. Financiación de la investigación. Resultados del
sistema Investigador.
12. Evaluación de la actividad científica. El sistema de
evaluación por expertos.
13. Evaluación de la actividad científica. Indicadores
bibliométricos. Bases conceptuales.
14. Indicadores bibliométricos aplicados a nivel macro, meso
y micro. Limitaciones.
15. Metodología de los estudios bibliométricos.
16. Fuentes de información para la elaboración de
indicadores bibliométricos. Nuevas fuentes derivadas de Internet.
17. El Science Citation Index como fuente de información
bibliométrica. El Journal Citation Reports. Limitaciones.
18. El "centro" y la "periferia" científica. Validez de los
indicadores bibliométricos para la evaluación de la actividad científica
de los países en desarrollo y del tercer mundo.
19. Pertinencia de los indicadores bibliométricos en las
diferentes áreas temáticas.
20. Indicadores bibliométricos de producción. Principales
indicadores absolutos y relativos. Aplicaciones y limitaciones.
21. Indicadores bibliométricos de visibilidad. Citas. Bases
conceptuales. Aplicaciones y limitaciones.
22. Factor de impacto. Ventana de citación. Factor de impacto
relativo.
23. Indicadores bibliométricos de colaboración científica.
24. Indicadores bibliométricos relacionales. Mapas de la
ciencia. Aplicaciones y limitaciones.
25. Indicadores tecnológicos y de innovación. Bases de datos
de patentes. Prospectiva tecnológica.
26. Los indicadores bibliométricos en los informes nacionales
e internacionales de ciencia y tecnología. Instituciones
productoras.
27. Técnicas estadísticas básicas de análisis univariante.
28. Técnicas estadísticas avanzadas. Análisis multivariante.
29. Principales sistemas de gestión documental.
Características. Bases de datos jerárquicas y relacionales.
30. Tratamiento automático de datos. Aplicaciones
informáticas para la obtención de indicadores. Programas para la
representación de datos.
TÉCNICO SUPERIOR DE PREVENCIÓN EN SEGURIDAD
E HIGIENE EN EL TRABAJO
1. Marco Jurídico de la Prevención de Riesgos Laborales
(I): Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Normativa Europea.
2. Marco jurídico de la Prevención de Riesgos Laborales (II):
Aspectos prácticos de aplicación de la Ley. Responsabilidad
Jurídica.
3. Normativa de desarrollo de la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales (I): Reglamento de los servicios de prevención.
4. Normativa de Desarrollo de la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales (II): Normativa específica sobre riesgos laborales.
5. Aplicación de la Ley de Prevención de Riegos Laborales
a las Administraciones Públicas.
6. Concepto de accidente de trabajo y enfermedad
profesional. Normativa sobre incapacidades. Normativa sobre Mutuas
(MATEPSS).
7. Las condiciones de trabajo y la salud.
8. Los riesgos profesionales. Daños derivados del trabajo.
Prevención y protección.
9. Estudios estadísticos aplicados a la prevención.
10. Accidentes de trabajo: Análisis y evaluación; notificación
y registro; investigación y análisis estadístico.
11. Normas y señalización en seguridad. Protección colectiva
e individual. Planes de emergencia, evacuación y autoprotección.
12. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos (I):
Máquinas; equipos, instalaciones y herramientas; manipulación,
almacenamiento y transporte.
13. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos (II):
Lugares y espacios de trabajo; electricidad.
14. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos (III):
Incendios; productos químicos.
15. Gestión de los Residuos derivados del trabajo en
Investigación.
16. Higiene industrial. Conceptos y objetivos.
17. Agentes químicos: valoración, evaluación y control de la
exposición.
18. Condiciones de trabajo en el Laboratorio Químico.
Información sobre riesgo químico. Etiquetado y fichas de seguridad.
19. Agentes físicos: ruido, vibraciones, ambiente término,
radiaciones no ionizantes, radiaciones ionizantes.
20. El Síndrome del edificio enfermo. Calidad del aire interior.
Evaluación y control.
21. Agentes Biológicos. Efectos, evaluación y control.
22. La Vigilancia de la Salud y su integración en el Servicio
de Prevención.
23. Ergonomía. Conceptos y objetivos. Factores de estudio.
24. Carga física y mental de trabajo. Manipulación manual
de cargas.
25. Factores psicosociales y organizativos. Análisis y
evaluación.
26. Formación: análisis de necesidades formativas. Planes y
programas. Técnicas educativas. Seguimiento y evaluación.
27. Técnicas de comunicación, información y negociación.
28. Integración de la prevención en la Gestión global:
Sistemas de Gestión de la Calidad y Sistemas de Gestión
Medioambiental.
29. Organización de la Prevención. Planificación, control y
seguimiento de la acción preventiva.
30. Evaluación de riesgos.
TÉCNICO DE OBRAS
1. El control de calidad en la edificación.
2. Control y seguimiento de obras.
3. Mediciones. Presupuestos. Precios unitarios, auxiliares
y descompuestos.
4. Movimiento de tierras. Geotecnia. Tipología de suelos.
Patología suelos y soluciones. Excavación y terraplenado.
Protecciones y medidas de seguridad.
5. Saneamiento. Normativa básica, legislación y normas
tecnológicas. Componentes de las instalaciones. Materiales. Red.
Depuración. Calculo.
6. Cimentaciones y muros de contención. Tipología.
Procesos constructivos. Cimentaciones especiales. Características
técnicas. Calculo y normativa. Rehabilitación, reparación y
patologías.
7. Estructura de hormigón armado. Instrucción de hormigón
estructural. Forración, montaje y puesta en obra. Control de
calidad. Rehabilitación.
8. Estructuras metálicas. Tipología. Sistemas. Control de
materiales y de ejecución. Calculo básico. Diseño y ejecución.
Patologías y rehabilitación.
9. Cubiertas. Tipología y procesos constructivos.
Estanqueidad e impermeabilización condiciones térmicas. Aislamiento.
Metodología de reparación y rehabilitación. Normativa. Control
de calidad.
10.Albañilería. Materiales, tipología. Muros. Procesos de
construcción. Fabricas exteriores y tabiquería interior. Patología
normas tecnológicas y control de calidad.
11. Carpintería interior y exterior. Tipología, materiales,
características. Colocación. Normativa. Control de calidad.
12. Firmes, pavimentos, solados, chapados y alicatados.
Tipología. Materiales. Colocación. Normas tecnológicas.
13. Patología de la edificación. Tipología. Asientos. Grietas.
Fisuras. Causas y diagnosis. Soluciones. Recalces y refuerzos.
14. Acondicionamiento térmico y acústico de edificios.
Calculo de coeficientes de transmisión y KG. Comportamiento
microtérmico de cerramientos. Materiales y características.
Condensaciones.
15. Instalaciones de fontanería. Agua fría y caliente.
Normativa básica. Materiales, dispositivos, tipología y características.
Redes. Calculo de red interior y elementos. Grupos de presión.
16.Instalaciones de protección contra incendios. NB-CPI96.
Ordenanza municipal de protección. Compartimentacion y
evacuación.
17. Instalación de gases combustibles. Normativa básica.
Materiales y componentes de la instalación. Redes de distribución
evacuación de productos de combustión.
18. Instalaciones de electricidad. Normativa y reglamentos.
Red de baja tensión. Red de media. Red de tierra. Elementos que
las componen y características. Calculo de líneas y protecciones.
19. Acondicionamiento de aire. Sistemas. Materiales,
equipos, características y elementos. R.I.T.E. y normativa básica.
Estimación de carga térmica. Empleo del diagrama psicrométrico.
Distribución de aire. Elementos. Tuberías. Tipología y calculo.
20. Otras instalaciones. Aire comprimido. Gases especiales
de laboratorio. Materiales, equipos y normas de seguridad. Grupo
electrógeno. Vacío. Teléfonos y cableado informático.
21. Eliminación de barreras arquitectónicas para
minusvalidos. Accesibilidad. Condiciones, urbanización. Instalaciones.
Sistemas de elevación. Aseos.
22. Seguridad y salud en las obras de construcción.
Prevención de riesgos laborales. Normativa. Estudio de seguridad y salud.
Plan de seguridad y salud en el trabajo. Coordinadores. Libro
de incidencias.
23. Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. Valor de
repercusión y valor unitario. Correcciones del valor. Valor de las
construcciones. Procedimiento de medición, aplicación de los
criterios valorativos de la ley sobre régimen del suelo y valoraciones.
24. Contenido básico del derecho de propiedad del suelo:
disposiciones generales. Régimen urbanístico de la propiedad del
suelo: Clasificación del suelo. Derechos y deberes de los
propietarios. Declaración de obra nueva.
25. El planeamiento urbanístico. Clases de planes.
Elaboración de los planes, aprobación y efectos. Ejecución del
planeamiento. Sistemas de actuación.
26. Intervención de la edificación y usos del suelo. Licencias.
Deberes legales de uso, conservación y rehabilitación. Usos y obras
provisionales. Estado ruinoso de las construcciones. Disciplina
urbanística. Infracciones urbanísticas.
27. El sistema de información y su estructura. Componentes
y funcionamiento. Aspectos físicos y lógicos: tipos. Bases de datos:
tipos. Sistemas operativos.
28. Empresas constructoras y empresas inmobiliarios,
esquemas de organización y del funcionamiento. Su financiación. La
calidad en la industria de la construcción y su control.
Concentración de empresas. Agrupación temporal de empresas.
29. Organización de una obra. Técnicas de programación
matemática. Diagrama de Gantt. Sistemas PERT tiempos y
probabilidad del cumplimiento de las previsiones. Sistemas
PERT-costes. Plan de obra. Determinación de necesidades de mano de obra,
materiales y maquinaria.
30. Ejecución de una obra. Funciones de dirección,
inspección y control. Libro de órdenes.
ANEXO III
Tribunales
TRIBUNAL 1
Técnico en Informática
Tribunal titular:
Presidente: Herrero Pertierra, Aurelio. Cuerpo Sup. Inform.
Ctro. Técnico de Informática.
Vocal: Bolaño Ladrón de Guevarra, Juan M. C. Gestión Inform.
Ctro. Técnico de Informática.
Vocal: Puyol I Gruart, Josep. Cuerpo. Sup. Inform. I. Inv.
Inteligencia Artificial.
Vocal: López Santoveña, Fernando. Tit. Superior Esp. I. Agroq.
y Tecnol. Alimentos.
Secretario: Alonso Fernández, Ángel Víctor. Tit. Tecnico. Esp.
I. Química Física Rocasolano.
Tribunal suplente:
Presidente: Aguillo Caño, Isidro Francisco. Tit. Técnico Esp.
Ctro. Inf. y Doc. Científica.
Vocal: Hernández Chiva, Emilio. Cuerpo. Sup. Inform. I. Cc.
Tierra Jaume Almera.
Vocal: Fernández Frial, María José.Cuerpo. Sup. Inform. Ctro.
Técnico de Informática.
Vocal: Figuerola Bernal, Joan. Cuerpo. Sup. Inform. I. Cc.
Materiales Barcelona.
Secretaria: Valle Bracero, Reyes. C. Gestión. Inform. Ctro. Inf.
y Doc. Científica.
TRIBUNAL 2
Técnico en Instrumentación Oceanográfica
Técnico en Instrumentación Electrónica en Buques
Oceanográficos
Tribunal titular:
Presidente: Dañobeitia Canales, Juan José. Invest. Cient. I.
Cc. Tierra Jaume Almera.
Vocal: Carbó Fité, Rafael. Invest. Cient. Insto. Acústica.
Vocal: Alonso Martínez, María Belén. Cient. Titular. I. Ciencias
del Mar.
Vocal: Manríquez Landof, Mario. Tit. Superior. Esp. I. Ciencias
del Mar.
Secretario: González Creus, Miguel Ángel. Tit. Técnico Esp.
I. Cc. Tierra Jaume Almera.
Tribunal suplente:
Presidente: Tintore Subirana, Joaquín. Prof. Invest. I. Medit.
Estudios Avanzados.
Vocal: Maldonado López, Andrés. Prof. Invest. I. Andaluz Cc.
de la Tierra.
Vocal: Fernández Ríos, Aida. Cient. Titular. Insto. Inv. Marinas.
Vocal: Martín Martín, Paloma. Tit. Superior Esp. I. Ciencias
del Mar.
Secretario: Rodríguez Fornes, Pablo. Tit. Técnico Esp. I.
Ciencias del Mar.
TRIBUNAL 3
Técnico en Bibliometría
Tribunal titular:
Presidente: Gómez Caridad, Isabel. Invest. Cient. Ctro. Inf. y
Doc. Científica.
Vocal: Fernández Muñoz, M. Teresa. Cient. Tit. Ctro. Inf. y
Doc. Científica.
Vocal: Zulueta García, Ángeles. Prof. Titular. Univer. Alcalá
de Henares.
Vocal: Alcaín Partearroyo, M. Dolores. Tit. Superior. Esp. Ctro.
Inf. y Doc. Científica.
Secretaria: Moreno Solano, M. Luz. Tit. Técnico. Esp. Ctro.
Inf. y Doc. Científica.
Tribunal suplente:
Presidente: Sanz Casado, Elias. Catedrático. Univers. Carlos III.
Vocal: Aragón González, Inés. Profesor titular Univers. Carlos III.
Vocal: Bordons Gangas, María. Científico titular. Ctro. Inf. y
Doc. Científica.
Vocal: Martín Sempere, María José. Científico titular. Ctro. Inf.
y Doc. Científica.
Secretaria: Ramos Hita, Inmaculada. Tit. Técnico Espec. Ctro.
Inf. y Doc. Científica.
TRIBUNAL 4
Técnico Superior de Prevención en Seguridad e Higiene
en el Trabajo
Tribunal titular:
Presidenta: Varela Tortajada, Yolada. C.S.A.C. Subd. Gral. RR.
Humanos CSIC.
Vocal: Rodríguez de Prada, Antonio. Titulado Superior INSHT.
Subd. Gral. Ord. y Des. RR.HH. MEC.
Vocal: López Muñoz, Gerardo. Titulado Superior INSHT.
Subsecretaría del MAP.
Vocal: Soto Mora, Fernando. C.S.A.C. Direcc. Gral. Función
Pública. MAP.
Secretaria: Collado Galán, Rosalía. Titulado Sup. Espec. Subd.
Gral. RR. Humanos-CSIC.
Tribunal suplente:
Presidenta: Las Heras Oliete, Natalia. C.S.A.C. Subd. Gral.
RR. Humanos-CSIC.
Vocal: Vicente Alepuz, Pedro. Titulado Superior INSHT. Subd.
Gral. Ord. y Des. RR.HH. MEC.
Vocal: Junco Petrement, Cristina. C. Gestión del Estado.
Direcc. Gral. Función Pública-MAP.
Vocal: Sánchez Osado, Juan Carlos. C. Gestión Seg. Social.
Subsecretaría del MAP.
Secretario: Arganza Mateos, Ricardo. Titulado Técn. Espec.
Subd. Gral. RR. Humanos-CSIC.
TRIBUNAL 5
Técnico de Obras
Tribunal titular:
Presidente: Dolç Rincón, Miguel. Tec. Superior OO.AA. Subd.
Gral. Obras e Infr. CSIC.
Vocal: García Álvarez, Antonio M. José. Titulado Tec. Espec.
Ctro. Investigaciones Biológicas.
Vocal: Blázquez Morales, Antonio. Titulado Sup. Espec. Inst.
CC. Constr. "Eduardo Torroja".
Vocal: Seseña del Moral, Carola. C.S.A.C. Delegación del
Gobierno de Madrid.
Secretario: Almenara Pulido, José Manuel. Titulado Tec. Espec.
Subd. Gral. Obras e Infr. CSIC.
Tribunal suplente:
Presidente: López Marín, Alfonso. Titulado Sup. Espec. Subd.
Gral. Obras e Infr. CSIC.
Vocal: Rodríguez Cobo, Carlos. Titulado Tec. Espec. Inst. CC.
Constr. "Eduardo Torroja".
Vocal: Aznar Cano, Ismael. C.S.A.C. Dir. Gral.
Costas-Medioambiente.
Vocal: Sánchez Hernández, Ana María. C.S.A.C. Secret. Gral.
Técnica-M. Agricult.
Secretario: Hernández Gutiérrez, Ángel. Titulado Tec. Espec.
Subd. Gral. Obras e Infr. CSIC.
ANEXO IV
Don/doña ..................................................
con domicilio en ...............................................
y con documento nacional de identidad número .................
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala -5404- Científicos Titulares
del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que no ha
sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones
Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las
funciones públicas (*).
En ........................... a ...... de .......................... de 2001.
(*) En el supuesto contemplado en la base 9.1.c) se sustituirá "que no ha sido
separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla
inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas" por "que no está sometido
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en ............................ el acceso
a la función pública".
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid