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Documento BOE-A-2000-20166

Resolución de 5 de octubre de 2000, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por "Cartonajes Internacional, Sociedad Anónima" (CARTISA): Embalaje combinado, marca y modelo CARTISA, AGRIDES 20 ^ 1L (número 11), para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 2000, páginas 38709 a 38711 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-20166

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Cartonajes Internacional, Sociedad Anónima» (CARTISA), con domicilio social en apartado de correos 7051, 08080 de Barcelona, para la homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por «Cartonajes Internacional, Sociedad Anónima» (CARTISA), en su instalación industrial ubicada en Castellbisbal (Barcelona): Embalaje combinado, marca y modelo CARTISA, AGRIDES 20 × 1L (número 11), para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la «EIC-ENICRE, ICICT, Sociedad Anónima», mediante informe, certificado y actas con clave VC.BB.33009964/00, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-H-788 y definir, por último, como características técnicas para cada marca/s y modelo/s registrado/s, las que se indican a continuación:

Marca y modelo: CARTISA, AGRIDES 20 × 1L (número 11).

Características y productos autorizados a transportar: Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 5 de octubre de 2002 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 5 de octubre de 2000.‒El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: «Cartonajes Internacional, Sociedad Anónima» (CARTISA), apartado de Correos 7051, 08080 Barcelona.

Nombre EIC y número de expediente EIC: «ICICT, Sociedad Anónima»/VC.BB.33009964/00.

Contraseña homologación:

 

ADR

 

H-02788-11

 

RID/IMDG/OACI

 

 

Características del envase: AGRIDES 20 × 1L (número 11).

Envases interiores:

Botellas de plástico polietileno de alta densidad-EVOH (alcohol polivinílico), color blanco, sin asa.

Dimensiones:

Diámetro: 88 mm. Altura: 231 mm sin tapón y 236 con tapón. Boca: 54,6 mm de diámetro interior tapón de PEHD, color blanco, con disco de aluminio, roscado a la boca del envase. Peso del envase vacío: 120 g + 20 g del tapón: Total 140 gramos. Capacidad a ras: 1.148 ml. Capacidad al 98 por 100 de llenado al ras: 1.125 ml. Número de envases por embalaje: 20 dispuestos en un sólo piso.

Embalaje exterior:

Caja tipo 0201, de cartón ondulado doble-doble, canales B y C.

Dimensiones exteriores: 460×375×260 mm. Peso de la caja vacía: 752 g. Unión de la caja: Encolada. Caja sin imprimir.

Fabricante de la caja: «Cartonajes Internacional, Sociedad Anónima».

Peso bruto de la caja llena: 32 kg.

Gramaje total del cartón: 734 g/m2.

Composición del cartón: KB 150/F115/B140/F115/K130.

Cerramiento de la caja:

Con cinta adhesiva de polipropileno de 5 cm de ancho.

Código den envase: Y/Z.

Grupo de embalaje: II y III.

Marcado: UN/4G/Y30/S/*/E/CARTISA/número contraseña.

Materias peligrosas a transportar de la clase 3:

Densidad máxima admisible relativa (kg/l): 1,4.

RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 301 del RID/TPF.

Excepto:

La nitroglicerina en solución alcohólica del apartado 6.o, la propilenimina del 12o y el isocianato de etilo del 13o.

Los preparados del 31o c), 32o c) y 33o c) que desprendan dióxido de carbono y/o nitrógeno irán provistos de un venteo.

IMO/IMDG: Grupo de embalaje II y III.

Materias:

Materias que requieran grupo de embalaje II y/o III.

Excepciones: Número ONU: 2478, 1308, 1222, 3064, 1865, 1261.

IATA/OACI: Grupo de embalaje II y/o III.

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II o III y requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 302, 303, 304 (sólo número ONU 1196, 1250, 1723), 305, 306 (sólo número ONU 111, 1154, 1184, 1204, 1228, 1277, 1279, 1717, 2347, 2402, 2478, 2486, 2493), 307, 308 (sólo número ONU 1111, 1154, 1184, 1204, 1228, 1277, 1278, 1279, 1717, 2347, 2363, 2402, 2478, 2486, 2493), 309 y 310.

Se exceptúan las materias que requieran instrucciones de embalaje 303, cuyo punto de ebullición sea de 35o C o inferior.

Materias peligrosas a transportar de la clase 5.1:

Densidad máxima admisible relativa (kg/l): 1,4.

RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 501 del RID/TPF.

Excepto:

Las materias del 5è y las soluciones de nitrato amónico del 20.o

Los envases que contengan materias del 1or b), o 1or c), irán provistos de un venteo.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Número ONU 2429, 3210, 2984, 1470, 3218, 3219, 3139, 3098, 3099, 3211, 3214, 3216, 2427, 2428.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: III.

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje III y requieran las instrucciones de embalaje 501 (sólo número ONU 1873, 3099, 3149), 503, 505, 506, 507, 514 y 515.

Materias peligrosas a transportar de la clase 5.2:

Densidad máxima admisible relativa (kg/l): 1,4.

RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: Peróxidos orgánicos del tipo C, D, E y F líquidos, incluidos en el marginal 551 del RID/TPF que requieran métodos de embalaje OP6, OP7 y OP8.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Peróxidos orgánicos de tipo C, D,Ey F, líquidos que requieran métodos de embalaje OP6, OP7 y OP8.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II.

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II y requieran las instrucciones de embalaje 502 (sólo número ONU 3103, 3105, 3107, 3109).

Materias peligrosas a transportar de la clase 6.1:

Densidad máxima admisible relativa (kg/l): 1,4.

RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 601 del RID/TPF.

* Fecha fabricación.

Excepto: El cianuro de hidrógeno estabilizado del 1or, las soluciones de ácido cianhídrico del 2o, los metales carbonilos del 3o, la etilenimina del 4o y el isocianato de metilo del.o

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas que requieran grupo de embalaje II y/o III.

Excepto: Número ONU: 1569, 3250, 1600, 3281, 2312, 1693, 3123, 1701.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje II o III y requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 604, 605 (sólo número ONU 1593, 1710, 1897, 1935, 2024, 2485, 2831), 609, 610 (sólo número ONU 1638, 1702, 1750, 1846, 1888, 3071), 611, 612 (sólo número ONU 1593, 1638, 1701, 1702, 1710, 1737, 1738, 1750, 1846, 1888, 1897, 1916, 1935, 2024, 2788, 2831, 3071), 617, 618, 620.

Materias peligrosas a transportar de la clase 8:

Densidad máxima admisible relativa (kg/l): 1,4.

RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 801 del RID/TPF.

Excepto: Las materias del 6o, 14o y el oxibromuro de fósforo del 15.o.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas que requieran grupo de embalaje II y/o III.

Excepto: Número ONU: 3301, 3094 y 2809.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje II o III y requieren las siguientes instrucciones de embalaje 808, 809 (*), 813(**), 818, 819, 820 y 821.

Materias peligrosas a transportar de la clase 9:

Densidad máxima admisible relativa (kg/l): 1,4.

RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 901 del RID/TPF.

Excepto: Las materias del 3o, 5o, 6o, 7o, 8o, 13o, 20o, 21o y 36o.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran grupo de embalaje II y/o III siguientes:

Números ONU 1990, 1941 y 3082.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje II o III y requieren las siguientes instrucciones de embalaje: 906, 907 y 914.

(*) Se exceptúan las materias número ONU 1796, 1826, 2031.

(**) Se exceptúan las materias número ONU 1796, 1826.

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