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La Universidad de Valencia (Estudi General), por acuerdo de su Junta de Gobierno, de 5 de abril de 2000, aprobó el plan de estudios de Licenciado en Psicología, adaptado al Real Decreto 779/1998, de 30 de abril y elaborado al amparo del Real Decreto de Directrices Generales Propias 1428/1990, de 26 de octubre («Boletín Oficial del Estado» número 278, de 20 de noviembre).
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 24.4.b) y 29 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, el Consejo de Universidades, por acuerdo de su Comisión Académica de 12 de julio de 2000 homologó dicho plan de estudios,
Este Rectorado ha resuelto ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del plan de estudios de Licenciado en Psicología tal y como figura en el anexo, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre.
El presente plan de estudios entrará en vigor el 1 de octubre de 2000, con su entrada en vigor y, a los efectos de lo establecido en el artículo 11.3 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, se declara extinguido el primer curso del plan de estudios de Licenciado en Psicología, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 174, de 22 de julio de 1994, por Resolución de esta Universidad de 10 de febrero de 1994. El resto del plan de estudios se extinguirá por ciclos, el 1 de octubre de 2001, el primer ciclo, y 1 de octubre de 2002, el segundo ciclo.
Valencia, 24 de julio de 2000.–El Rector, Pedro Ruiz Torres.
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