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Documento BOE-A-2000-12597

Resolución de 12 de junio de 2000, de la Secretaría General de Turismo, por la que se da publicidad al Tercer Protocolo para la ejecución del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consellería de Cultura, Comunicación Social e Turismo de la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de Baiona y la Asociación de Empresarios de Baiona, para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 2000, páginas 23724 a 23725 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2000-12597

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Tercer Protocolo para la ejecución del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consellería de Cultura, Comunicación Social e Turismo de la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de Baiona y la Asociación de Empresarios de Baiona, para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística.

Madrid, 12 de junio de 2000.‒El Secretario general de Turismo, Juan José Güemes Barrios.

TERCER PROTOCOLO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, LA CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL E TURISMO DE LA XUNTA DE GALICIA, EL AYUNTAMIENTO DE BAIONA Y LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE BAIONA, PARA EL DESARROLLO DE UN PLAN DE EXCELENCIA TURÍSTICA

En la ciudad de Madrid, a 30 de julio de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Rodrigo de Rato y Figaredo, Vicepresidente Segundo del Gobierno, en su calidad de Ministro de Economía y Hacienda, nombrado por los Reales Decretos 761/1996 y 762/1996, de 5 de mayo.

De otra, el excelentísimo señor don Jesús Pérez Varela, Conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Xunta de Galicia, nombrado por el Decreto 349/97, del 9 de diciembre.

De otra, el señor don Emilio Iglesias Álvarez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Baiona, por acuerdo del Pleno de la Corporación Municipal, de fecha 3 de julio de 1999.

Y de otra, el señor don Luis Carlos de la Peña Irizaga, Presidente de la Asociación de Comerciantes y Empresarios de Baiona, por acuerdo de su junta directiva, de fecha 22 de abril de 1999.

Todos reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente protocolo de desarrollo del Convenio Marco de Colaboración, suscrito entre las partes el 7 de noviembre de 1997, y a tal efecto

EXPONEN

Que la cláusula séptima del Convenio de Colaboración para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística en Baiona, preveía que, en protocolos adicionales al convenio, se determinarían, entre otras, las siguientes cuestiones:

Las actuaciones a realizar.

Los términos en que se realizarán las aportaciones económicas de cada una de las administraciones públicas.

Cualquier otra cuestión conveniente para un mejor desarrollo del Plan de Excelencia Turística y del Convenio.

Que consideran conveniente proceder al desarrollo del Plan de Excelencia Turística en Baiona y que, para ello

ACUERDAN

Primero.

Desarrollar el Plan de Excelencia Turística en Baiona mediante la ejecución de las actuaciones que, junto con su coste estimado, se relacionan:

  Pesetas
Colocación de elementos disuasores y reguladores. 4.000.000
Culminación Paseo Pinzón. 7.500.000
Dotación servicios Paseo Pinzón. 9.990.000
Redacción de estudios campo de golf Bahiña. 9.000.000
Actuaciones en el entorno natural y urbano II fase. 33.000.000
Pavimentación casco antiguo y enterramiento cableado subterráneo II fase. 39.583.000
Publicidad y promoción III fase. 19.000.000
Gerencia. 6.000.000
Actuaciones en zonas de interés arquitectónico. 14.000.000
Plan de señalización integral II fase. 7.927.000
  Total. 150.000.000
Segundo.

De acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera del convenio, la financiación del importe global de las actuaciones se distribuirá, a partes iguales, entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consellería de Cultura y Turismo, Comunicación Social e Turismo de la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Baiona, correspondiendo a cada uno, por tanto, una aportación de hasta cincuenta millones de pesetas (50.000.000 de pesetas).

Las aportaciones del Ministerio de Economía y Hacienda y de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Xunta de Galicia, a través de su Dirección Xeral de Turismo, se abonarán al Ayuntamiento de Baiona, para que, de acuerdo con la cláusula sexta del convenio, pueda proceder a la ejecución de los proyectos.

Tercero.

El 50 por 100 de la aportación prevista del Ministerio de Economía y Hacienda será abonada tras la firma del presente protocolo, con cargo al concepto presupuestario 15.24.751A.765 de la Dirección General de Turismo del ejercicio presupuestario 1999, y el resto, con cargo al mismo concepto presupuestario del ejercicio económico del 2000, conforme al cuadro de distribución de anualidades especificado en la cláusula tercera del Convenio de Excelencia Turística para Baiona.

Cuando las actuaciones no puedan ser ejecutadas en el ejercicio 1999 y la Comisión de Seguimiento haya solicitado la prórroga prevista en la cláusula quinta, párrafo 7 del Convenio para ejecutarlas y justificarlas, la Dirección General de Turismo podrá concederla previa constitución de aval bancario a disposición del Ministerio de Economía y Hacienda, Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa, Dirección General de Turismo en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, con sujeción a lo dispuesto en el Capítulo III del Reglamento de la Caja General de Depósitos, aprobado por Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el 50% restante más intereses de demora, hasta que la Administración autorice su cancelación una vez ejecutadas y justificadas las actuaciones.

Cuarto.

La aportación de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Xunta de Galicia será abonada con cargo a su aplicación presupuestaria 10.05.751-A.760.0, y el resto con cargo al mismo concepto presupuestario del ejercicio económico del 2000, todo ello de conformidad con el cuadro de distribución de anualidades especificado en la cláusula tercera del Convenio de Excelencia Turística de Baiona.

Con carácter excepcional y por resolución motivada del Sr. Conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo puede autorizarse un anticipo del 50 por 100 de la cantidad prevista a aportar por la Xunta de Galicia a este protocolo, en el caso de que las inversiones a ejecutar exijan pagos inmediatos. La tramitación de este anticipo se hará de conformidad con lo previsto en el artículo 36.dos.B3 de la Ley 6/1998, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1999. El resto será abonado, previa justificación, de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 6.ª del Convenio.

Quinto.

El Ayuntamiento de Baiona consigna su aportación de acuerdo con lo siguiente:

Aplicación presupuestaria

Importe

pesetas

99/752 611.01. 9.990.000
99/752 627.00. 40.010.000
 Total. 50.000.000
Sexto.

La ejecución de los proyectos corresponderá al Ayuntamiento de Baiona. Los contratos que para ello tenga que realizar se regirán plenamente por lo previsto en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

Séptimo.

El plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones recogidas en el Acuerdo 1.o será de un año, a partir de la fecha de la firma del protocolo. Podrá ser ampliado por las administraciones firmantes, previa petición en tal sentido, de la Comisión de Seguimiento, cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje.

En prueba de conformidad, se firma el presente protocolo, en lugar y fecha al principio indicados, por cuadruplicado ejemplar.–El Excmo. Sr. Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, Rodrigo de Rato y Figaredo.‒El Excmo. Sr. Conselleiro de Cultura, Comunicación Social e Turismo, Jesús Pérez Varela.‒El Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Baiona, Emilio Iglesias Alvarez.‒El Presidente de la Asociación de Empresarios de Baiona, ACEBA, Luis Carlos de la Peña Irizaga.

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