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Documento BOE-A-2000-1129

Resolución de 20 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Arafo (Tenerife), para la terminación y el equipamiento de la residencia para personas mayores de la villa de Arafo (Tenerife).

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2000, páginas 2505 a 2506 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-1129

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Arafo (Tenerife), para la terminación y el equipamiento de la residencia para personas mayores de la villa de Arafo (Tenerife), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del precitado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 20 de diciembre de 1999.–La Secretaria general técnica, María Dolores Cospedal García.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento Arafo (Tenerife) para la terminación definitiva y el equipamiento de la residencia para personas mayores de la villa de Arafo (Tenerife)

En Madrid, a 9 de septiembre de 1999.

REUNIDOS

El ilustrísimo señor don Héctor Maravall Gómez-Allende, Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), en virtud de las competencias que le vienen atribuidas en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

El excelentísimo señor don Marcial Morales Martín, Consejero de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, en virtud del Decreto de Presidencia número 402/1999, de 17 de julio,

Y el señor don Domingo Calzadilla Ferrera, Alcalde del ilustrísimo Ayuntamiento de Arafo (Tenerife), nombrado en sesión constitutiva de 3 de julio de 1999,

INTERVIENEN

En nombre y representación de sus respectivas instituciones, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, reconociéndose mutua y recíprocamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen y

EXPONEN

I. Que el IMSERSO es una entidad gestora de la Seguridad Social, adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y tiene entre sus competencias la atención a las personas mayores y la creación y mantenimiento de centros para estos colectivos en los que se les ofrece la atención integral que requieren.

II. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, y reformado por Ley Orgánica 4/1996, de 30 de diciembre, atribuye a la Comunidad Autónoma en su artículo 33.3 en los términos en que establezcan las Leyes y normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en materia de gestión de las prestaciones sanitarias y sociales del sistema de la Seguridad Social y de los servicios del INSALUD, INSERSO (hoy IMSERSO) e ISM.

En el Real Decreto 1947/1984, de 26 de abril, sobre ampliación del traspaso de funciones y servicios y adaptación de los medios transferidos en régimen preautonómico a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de asistencia y servicios sociales, y en el Real Decreto 1935/1985, de 23 de enero, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Canarias de funciones y servicios del INSERSO (hoy IMSERSO), se concretan las funciones y servicios que deben ser objeto de traspaso, con identificación de los servicios que se traspasan.

III. Que el Ayuntamiento de la villa de Arafo (Tenerife), órgano de gobierno y administración del municipio de mismo nombre, tiene capacidad jurídica y competencia para formalizar Convenios con el Estado y con la Comunidad Autónoma, de conformidad con el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 30.6.h) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y el artículo 15 de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias.

IV. Que el Ayuntamiento de Arafo (Tenerife), en colaboración con la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el excelentísimo Cabildo Insular de Tenerife, ha llevado a cabo la construcción de un centro residencial para personas mayores, sito en calle Rafael Clivijo, del municipio de Arafo.

La citada obra, que comenzó en noviembre de 1996 y acabó a finales de 1997, ha supuesto una inversión de 108.887.391 pesetas. En este presupuesto se incluye la obra civil, pero no estaban previstas la adquisición del terreno, honorarios de redacción del proyecto y dirección de obras, las obras de acondicionamiento del entorno, ni su equipamiento y dotación interior.

V. Que este proyecto importante no puede verse paralizado por la falta de medios para terminar su equipamiento, dado que el interés social que del mismo se deriva es muy considerable, sobre todo si se tiene en cuenta la gran demanda de plazas existente en la zona y las insuficientes posibilidades de respuesta.

VI. Que, en base a lo anterior, las tres instituciones se comprometen en la tarea de finalizar las obras de acondicionamiento del entorno, así como su dotación interior, para lo que participarán técnica y económicamente en la cuantía y forma que se especifica en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto del presente Convenio es el acondicionamiento del entorno y la dotación y equipamiento del centro para personas mayores del Ayuntamiento de Arafo (Tenerife).

Segunda.

El Pleno del Ayuntamiento de Arafo, en sesión celebrada en fecha 27 de noviembre de 1998, aprobó el estudio técnico de la «dotación y equipamiento del centro geriátrico» y el estudio de las obras de «acondicionamiento exterior del entorno del centro geriátrico». El importe global de ambos estudios asciende a la cantidad de noventa y nueve millones trescientas noventa y dos mil cuatrocientas veintidós (99.392.422) pesetas.

Tercera.

A la financiación del proyecto, y con cargo al ejercicio 1999 el IMSERSO aportará cincuenta millones (50.000.000) de pesetas, haciendo efectiva tal aportación con cargo al programa presupuestario 32.32 «Atención a Personas Mayores», capítulo VII «Transferencias de Capital», Concepto presupuestario 760 «a Corporaciones Locales».

El pago por parte del IMSERSO se hará, en el caso de obras, previa presentación por el Ayuntamiento de Arafo de certificaciones de obras y en el caso de dotación y equipamiento, previa presentación de la adjudicación de los respectivos concursos.

Cuarta.

El Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Arafo participan económicamente, en la cantidad que corresponda hasta cubrir el importe total de la obra de acondicionamiento exterior y de la dotación y equipamiento objeto del Convenio, y cuyas aportaciones son, respectivamente:

El Gobierno de Canarias, 11.500.000 pesetas.

El Ayuntamiento de Arafo (Tenerife), 37.892.422 pesetas.

Quinta.

Se crea al mismo tiempo una Comisión de Seguimiento del presente Convenio, constituida por dos representantes de cada una de las instituciones firmantes, que tiene por objeto la vigilancia del cumplimiento de los compromisos de las partes y el seguimiento y evaluación de los resultados. La Comisión debe reunirse, al menos, en dos ocasiones, al inicio de las obras y al final de las mismas y también cuando otro tipo de razones lo hicieran necesario.

Sexta.

El Ayuntamiento de la villa de Arafo deberá comunicar a las partes suscribientes del presente Convenio cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución del proyecto del acondicionamiento del centro, que deberá ser sometida a la aprobación de las Administraciones convenientes.

Séptima.

La vigencia del presente Convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2000.

Octava.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido del ámbito de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido en el artículo 3.1.c) de dicho texto legal.

Novena.

Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse de este Convenio serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y, en prueba de conformidad, en cuanto se expone y acuerda, se firma el presente Convenio, extendido por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.–El Director general del IMSERSO, Héctor Maravall Gómez-Allende.–El Consejero de Empleo y Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias, Marcial Morales Martín.–El Alcalde de Arafo, Domingo Calzadilla Ferrera.

 

 

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