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Documento BOE-A-1999-9113

Resolución de 12 de abril de 1999, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de Cataluña y el Ayuntamiento de Tarragona, para establecer el marco de desarrollo de actuaciones para la gestión del Patrimonio Histórico-Arqueológico de la ciudad de Tarragona, heredera de la antigua colonia Urbs Triumphalis Tarraconensis del Imperio Romano.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 1999, páginas 15190 a 15190 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-9113

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de Cataluña y el Ayuntamiento de Tarragona han suscrito un Convenio de colaboración para establecer el marco de desarrollo de actuaciones para la gestión del Patrimonio Histórico-Arqueológico de la ciudad de Tarragona, heredera de la antigua colonia Urbs Triumphalis Tarraconensis del Imperio Romano, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de abril de 1999.‒El Director general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Tarragona sobre el Patrimonio Histórico-Arqueológico de Tarragona

En Tarragona, a 9 de marzo de 1999,

REUNIDOS

De una parte el Gobierno de la Nación, representado por el excelentísimo señor don Mariano Rajoy Brey, Ministro de Educación y Cultura, en quien se delega la firma en virtud del Acuerdo de Consejo de Ministros sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas de 3 de julio de 1998, y en base a lo establecido en los artículos 149.1.28 y 149.2, de la Constitución Española.

De otra parte el honorable señor Joan María Pujals i Vallvé, Consejero de Cultura de la Generalitat de Catalunya, según lo dispuesto en el artículo 148.1.16 de la Constitución y el artículo 9.5 de la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de la Autonomía de Cataluña.

Y de otra parte el ilustrísimo señor don Joan Miquel Nadal i Malé, Alcalde de Tarragona, en base a lo dispuesto en el artículo 25.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.

Actuán cada uno de ellos, en ejercicio de las funciones que les corresponden, en nombre y representación de las instituciones respectivas.

Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para pactar y obligarse en la representación que respectivamente ostentan.

MANIFIESTAN

I. Que la ciudad de Tarragona es heredera de la antigua Colonia Urbs Triumphalis Tarraconensis, capital de la provincia de la Tarraconensis, una de las ciudades más importantes del Imperio Romano, que ha conservado unos importantes vestigios patrimoniales que certifican la importancia que tuvo en el pasado.

II. Que la importancia de este patrimonio, tanto a nivel mueble como inmueble, la sitúan como una de las ciudades con más recursos y más potencial dentro de las ciudades emplazadas en la Antigua Hispania Romana.

III. Que conscientes de esta importancia el Gobierno del Estado español, la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Tarragona, han propuesto a la UNESCO que esta ciudad sea Patrimonio de la Humanidad, para poder asegurar su reconocimiento mundial y seguir con la tarea de conservación, búsqueda, difusión y gestión de su patrimonio.

IV. Que entienden el patrimonio cultural como un sector que genera una serie de recursos sociales, culturales, científicos y económicos. Por lo tanto, es necesario utilizar técnicas de gestión modernas que, bajo nuevos criterios, intenten dar un tratamiento global al patrimonio y que permitan su dinamización.

Por todo lo anterior,

ACUERDAN

Primero. Gestión del patrimonio arqueológico.

Crear un órgano o ente para coordinar, la gestión del patrimonio arqueológico de la ciudad. Este órgano contará con la participación de la Generalitat de Catalunya, el Ayuntamiento de Tarragona y el Ministerio de Educación y Cultura.

Las funciones del órgano o ente de coordinación se extenderán sobre los siguientes museos y monumentos:

Museo Nacional Arqueológico de Tarragona (MNAT).

Museo Necrópolis Paleocristiana.

Servicios centrales de MNAT.

Villa romana de Centcelles (Constanti).

Villa romana de Els Munts (Altafulla).

Conjunto monumental del Circo y Pretorio.

Anfiteatro romano.

Museo de Historia (Casa Castellarnau).

Murallas Romanas.

Foro de la colonia.

Acueducto romano de les Ferreres.

Torre dels Escipions.

Arc de Bará (Roda de Bará).

Segundo. Plan Estratégico del Patrimonio Histórico de Tarragona.

Acuerdan elaborar un Plan Estratégico donde se recogerán las inversiones necesarias para garantizar la conservación y dinamización de los museos y monumentos romanos de Tarragona, así como la materialización de los acuerdos establecidos en el presente documento.

Dada la complejidad de las inversiones a planificar y a realizar, y dada la prudencia que debe presidir las intervenciones de esa naturaleza, las administraciones partes entienden que es preferible plantear un ritmo sostenido de inversión a lo largo del tiempo, en lugar de consignar el importe global de la inversión.

Las diferentes partes se comprometen a realizar gestiones con cuantos organismos y entidades públicos o privados se considere oportuno, con el fin de conseguir su colaboración para la puesta en valor del patrimonio arqueológico de Tarragona y una racional gestión de los recursos dirigidos al mismo.

El Ministerio de Educación y Cultura podrá determinar a qué monumentos de los incluidos en la cláusula primera serán dirigidas las inversiones provenientes de su presupuesto.

Tercero. Comisión de seguimiento.

Con el fin de impulsar y hacer el seguimiento de la aplicación de este Acuerdo, se constituye una Comisión de seguimiento tripartita y paritaria que tenga conocimiento de todas las actuaciones que se realicen al amparo de lo estipulado en este acuerdo.

Esta Comisión estará integrada por dos represetantes del Ministerio de Educación y Cultura, dos representantes del Departamento de Cultura de la Generalitat de Catalunya y dos representantes del Ayuntamiento de Tarragona.

Será función de esta Comisión elaborar la propuesta de creación efectiva del órgano o ente previsto en el acuerdo primero, propuesta que deberá ser aprobada por las tres partes que suscriben el presente documento.

Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente documento por triplicado ejemplar y a un sólo efecto en el lugar y la fecha citados en el encabezamiento.‒El Ministro de Educación y Cultura, Mariano Rajoy Brey.‒El Consejero de Cultura de la Generalitat de Catalunya, Joan María Pujals i Vallvé.‒El Alcalde de Tarragona, Joan Miquel Nadal i Malé.

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