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Documento BOE-A-1999-7445

Resolución de 2 de marzo de 1999, de la Dirección General de Industria y Tecnología, por la que se autoriza al Laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), para la realización de varios ensayos.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1999, páginas 12610 a 12610 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-7445

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación presentada por don Emilio Varela Arroyo en nombre y representación del Laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), con domicilio social en carretera Ajalvir, kilómetro 4, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid),

Visto el artículo 13.4 de la Ley 21/1992, de Industria («Boletín Oficial del Estado» de 23 de julio), la disposición adicional quinta del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1996), por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial y el contenido de los Reglamentos 79, 39 R00 y 34;

Considerando que el citado Laboratorio dispone de los medios necesarios para realizar los ensayos correspondientes y que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos,

Esta Dirección General, ha resuelto:

Primero.

Autorizar al Laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), para realización de los ensayos relativos a:

Prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos respecto a su equipo de dirección (Reglamento 79).

Prescripciones relativas a la homologación de los vehículos en lo que concierne al aparato indicador de velocidad incluyendo su instalación (Reglamento 39R00).

Prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos en lo que concierne a la prevención de los riesgos de incendio (Reglamento 34), según la Directiva anteriormente citada.

Segundo.

Esta autorización tiene un período de validez de cuatro años, pudiendo el interesado solicitar la prórroga de la misma dentro de los tres meses anteriores a la expiración de dicho plazo.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 2 de marzo de 1999.–El Director general, Arturo González Romero.

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