En el recurso contencioso-administrativo número 1.196-94-04, referente al expediente de marca número 1.536.270/1, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Mascafe, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 5 de febrero de 1993 y 30 de marzo de 1994, se ha dictado, con fecha 22 de marzo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Carlos de Zulueta y Cebrián, en nombre y representación de “Mascafe, Sociedad Anónima”, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 5 de febrero de 1993, confirmada en reposición por Resolución de fecha 30 de marzo de 1994, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.–El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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