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Documento BOE-A-1999-4158

Orden de 27 de enero de 1999 por la que se publican las referencias a las normas UNE-TBR-15 y UNE-TBR-17, contenidas en las reglamentaciones técnicas comunes CTR-15 y CTR-17 para equipos terminales de telecomunicación destinados a conectarse a líneas analógicas arrendadas de 2 y 4 hilos, respectivamente.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 1999, páginas 7090 a 7090 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-4158
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/01/27/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1787/1996, de 19 de julio, aprueba el Reglamento que establece el procedimiento de certificación de los equipos de telecomunicación a los que se refiere el artículo 29 de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, e incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 91/263/CEE, de 29 de abril, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre equipos terminales de telecomunicación, incluido el reconocimiento mutuo de su conformidad.

La Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, ha derogado la práctica totalidad de la Ley 31/1987, pero no obstante permite que la normativa de desarrollo de la misma, en concreto, la dictada al amparo de su artículo 29, permanezca transitoriamente en vigor, hasta que se aprueben las normas de desarrollo de la Ley. Por eso, son la Ley General de Telecomunicaciones y el Real Decreto 1787/1996, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la Ley, los fundamentos en virtud de los cuales se aprueba esta Orden.

En el artículo 8 del citado Reglamento se establece que las reglamentaciones técnicas comunes de los equipos terminales de telecomunicación adoptadas por la Comisión Europea, aplicables a los equipos a los que se refiere el Reglamento, tendrán la misma consideración que las especificaciones técnicas aprobadas por el Gobierno, de acuerdo con la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones, o las que se aprueben por el Ministerio de Fomento, en virtud de la nueva Ley, una vez que la correspondiente referencia haya sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Esta Orden tiene por objeto publicar la referencia y poner en vigor las reglamentaciones técnicas comunes CTR-15 y CTR-17, adoptadas por la Comisión Europea en sus Decisiones 97/486/CE y 97/487/CE, de 9 de julio de 1997, relativas a una reglamentación técnica común para los requisitos generales de conexión, en relación con las interfaces de equipos terminales con las líneas arrendadas ONP (oferta de red abierta) analógicas, de 2 hilos y 4 hilos, respectivamente.

En su virtud, dispongo:

Primero. Especificaciones técnicas.

1. Se publican las referencias a las normas armonizadas UNE-TBR15 y UNE-TBR-17, correspondientes a las reglamentaciones técnicas comunes europeas CTR-15 y CTR-17. Todos los equipos terminales de telecomunicación destinados a conectarse a las líneas arrendadas ONP analógicas, de 2 hilos y ancho de banda de voz de calidad ordinaria y especial, y de 4 hilos y ancho de banda de voz de calidad ordinaria y especial, respectivamente, deberán cumplirlas para que puedan obtener el certificado de aceptación a que se refieren el artículo 55.2 de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, y el artículo 9 del Reglamento por el que se establece el procedimiento de certificación de los equipos de telecomunicación, aprobado por el Real Decreto 1787/1996, de 19 de julio.

2. En el anexo de esta Orden se cita la referencia a las normas armonizadas, y se indica la asociación de la que pueden obtenerse.

Segundo. Disposición derogatoria.

Quedan derogadas las especificaciones técnicas de los «modems» para circuitos analógicos alquilados de banda vocal, aprobadas por el Real Decreto 376/1993, de 12 de marzo.

Tercero. Disposición final.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de enero de 1999.

ARIAS-SALGADO MONTALVO

ANEXO
Referencia a las normas armonizadas aplicables

1. Las normas armonizadas a que se refiere el apartado primero de esta Orden son:

a) Líneas alquiladas analógicas de banda vocal de 2 hilos de calidad ordinaria y especial (A20 y A2E).

Requisitos de conexión para interfaz de equipo terminal.

UNE-TBR-15 julio 97, equivalente a la norma TBR-15 de enero 1997 (excluido el prefacio).

b) Líneas alquiladas analógicas de banda vocal de 4 hilos de calidad ordinaria y especial (A40 y A4E).

Requisitos de conexión para interfaz de equipo terminal.

UNE-TBR-17 de julio 97, equivalente a la norma TBR-17 de enero 1997 (excluido el prefacio).

2. El texto completo de las normas UNE-TBR 15 y UNE-TBR 17 podrá solicitarse a la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR), con sede en la calle Génova, 6, 28004 Madrid.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/01/1999
  • Fecha de publicación: 18/02/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 19/02/1999
Referencias anteriores
Materias
  • Equipos de telecomunicación
  • Normalización

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