Está Vd. en

Documento BOE-A-1999-25004

Resolución de 23 de diciembre de 1999, de la Secretaría de Estado de Aguas y Costas, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 17 de diciembre de 1999, sobre aprobación de las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 1999, páginas 46610 a 46611 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-25004
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/12/23/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 17 de diciembre de 1999, a propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, planteada a iniciativa de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, según lo previsto en la Ley 52/1980, de 16 de octubre, Reguladora del Régimen Económico de la Explotación de dicho Acueducto, aprobó las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.

El citado Acuerdo establece que las nuevas tarifas entrarán en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud resuelvo:

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de diciembre de 1999 por el que se aprueban las tarifas del acueducto Tajo-Segura, que figuran como anexo a esta Resolución.

Madrid, 23 de diciembre de 1999.–El Secretario de Estado, Benigno Blanco Rodríguez.

ANEXO
Acuerdo sobre aprobación de las nuevas tarifas para el aprovechamiento del Acueducto Tajo-Segura

Aprobar las siguientes tarifas de conducción de las aguas del acueducto Tajo-Segura, propuestas por el Ministerio de Medio Ambiente.

1. Para las aguas trasvasadas al sureste. La tarifa comprende los siguientes valores:

 

Riegos

Ptas/m3

Abastecimientos

Ptas/m3

a) Coste de las obras. 2,1451 4,4232
b) Gastos fijos de funcionamiento. 1,7053 1,7053
c) Gastos variables de funcionamiento. 9,8454 9,8454
 Total. 13,6958 15,9739

2. Para las aguas propias de la cuenca del Segura que utilicen la infraestructura del Acueducto Tajo-Segura. La tarifa comprende los siguientes valores:

 

Riegos

Ptas/m3

Abastecimientos

Ptas/m3

a) Coste de las obras. 0,9361 4,1582
b) Gastos fijos de funcionamiento. 1,1891 1,1891
c) Gastos variables de funcionamiento. 2,2068 2,2068
 Total. 4,3320 7,5541

3. Para las aguas que se deriven a la cuenca alta del Guadiana. La tarifa comprende los siguientes valores:

 

Tablas de Daimiel

Ptas/m3

Abastecimientos

de Albacete

Ptas/m3

a) Coste de las obras. 0,3628 2,7257
b) Gastos fijos de funcionamiento. 0,0343 0,0343
c) Gastos variables de funcionamiento. 6,3145 6,3145
 Total. 6,7116 9,0745

4. Para las aguas propias de la cuenca del Júcar que utilicen la infraestructura del Acueducto Tajo-Segura. La tarifa comprende los siguientes valores:

 

Marina Baja

Ptas/m3

Abastecimiento

de Albacete

Ptas/m3

a) Coste de las obras. 6,3641 3,3291
b) Gastos fijos de funcionamiento. 1,6511 0,4085
c) Gastos variables de funcionamiento. 1,7885 0,0000
 Total. 9,8037 3,7376

Las tarifas entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/12/1999
  • Fecha de publicación: 31/12/1999
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2000.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCION de erratas en BOE núm. 11, de 13 de enero de 2000 (Ref. BOE-A-2000-720).
Referencias anteriores
Materias
  • Abastecimiento de aguas
  • Acueducto Tajo Segura
  • Tarifas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid