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Por Resolución de 7 de septiembre de 1998 («Boletín Oficial del Estado» del 25), de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, se convocaron ayudas para la realización de estancias de investigadores españoles en centros de investigación en el extranjero. Una vez evaluadas las solicitudes de acuerdo con el procedimiento establecido en la mencionada disposición, se resolvió, con fecha 21 de mayo de 1999, la concesión de estas ayudas, padeciéndose un error en las fechas correspondientes al período de estancia de don Jaime Alvar Ezquerra.
Por ello, he resuelto, en uso de la delegación otorgada por la citada convocatoria, modificar el período de disfrute de la ayuda concedida a don Jaime Alvar Ezquerra, que será de 1 de agosto de 1999 a 21 de julio de 2000, permaneciendo sin variaciones las restantes condiciones de la ayuda.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 10 de diciembre de 1999.‒El Director general, Tomás García-Cuenca Ariati.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad de Investigaciones.
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