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Documento BOE-A-1999-24393

Resolución de 22 de noviembre de 1999, de la Universidad de Granada, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de nivel 22 (área de Bibliotecas), vacantes en esta universidad, mediante concurso específico.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 1999, páginas 45269 a 45272 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-24393

TEXTO ORIGINAL

Encontrándose vacantes en esta Universidad los puestos de

trabajo que se acompañan como anexo I a esta Resolución, y

siendo necesaria su provisión según lo previsto en la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, desarrolladas por

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba

el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de

Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de

la Administración General del Estado y Reglamento del Personal

de Administración y Servicios de la Universidad de Granada

("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número 116, de 4 de octubre

de 1997),

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene

conferidas por Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma

Universitaria ; los Estatutos de la Universidad de Granada,

publicados por Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía" del 26, y demás disposiciones vigentes,

ha dispuesto anunciar la convocatoria de los puestos de trabajo

relacionados en el anexo I, por el procedimiento de concurso

específico, con arreglo a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Requisitos y condiciones de participación

1.1 Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio

de la Administración de la Universidad de Granada, pertenecientes

a los Cuerpos o Escalas, clasificadas en los grupos A y B de los

establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

del área de Bibliotecas, que se encuentren en la situación de

servicio activo o en las situaciones de servicios especiales, excedencia

forzosa o voluntaria, declaradas por el Órgano competente y

reúnan los requisitos establecidos en el anexo I.

1.2 Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular sólo podrán participar si al término del plazo de

presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.

2. Méritos

La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas

se ajustará al baremo que se recoge a continuación:

PARTE GENERAL (máximo 79 puntos)

1.o Méritos de carácter personal (hasta un máximo de 41

puntos).

1.o 1 Grado consolidado (máximo 12 puntos).

30: 12 puntos.

29 y 28: 11 puntos.

27 y 26: 10 puntos.

25 y 24: 9 puntos.

23 y 22: 8 puntos.

21 y 20: 7 puntos.

19 y 18: 6 puntos.

17 y 16: 5 puntos.

15 o menor: 4 puntos.

1.o 2 Pertenencia a Cuerpo o Escala (máximo 8 puntos).

Grupo A: 8 puntos.

Grupo B: 6 puntos.

Grupo C: 4 puntos.

Grupo D: 2 puntos.

1.o 3 Antigüedad (máximo 12 puntos).

0,75 puntos por año o fracción mensual, que

proporcionalmente le corresponda, de servicios prestados en la Universidad

de Granada.

0,50 puntos por año o fracción mensual, que

proporcionalmente le corresponda, de servicios prestados en otras

Administraciones Públicas.

1.o 4 Titulación (máximo 9 puntos).

Doctor: 9 puntos.

Licenciado: 7 puntos.

Diplomado: 5 puntos.

Bachiller o equivalente: 3 puntos.

G. Escolar o equivalente: 1 punto.

No se valorarán como méritos, títulos académicos

imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las

reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura con carácter

general y válidas a todos los efectos.

2.o Méritos de carácter profesional (hasta un máximo de 38

puntos).

2.o 1 Cursos de formación y perfeccionamiento

directamente relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo

al que se aspira (máximo 15 puntos).

Se valorarán los cursos organizados por el INAP, INAPE, IAAP,

Universidad de Granada y otros Organismos oficiales de

Formación. Para ello, deberá aportarse por los interesados, además de

la correspondiente certificación, documentación que acredite los

siguientes extremos: número de horas, asistencia o, en su caso,

aprovechamiento.

Hasta 20 horas: 0,10 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

De 41 a 60 horas: 0,30 puntos.

De 61 a 80 horas: 0,40 puntos.

Más de 80 horas: 0,50 puntos.

Título de Experto: 1,50 puntos.

Master: 3 puntos.

Aquellos cursos en los que no conste el número de horas se

considerará como de "hasta 20 horas".

Con la excepción de los títulos de Experto y Master, la

puntuación de los cursos se incrementará en el 100 por 100 de su

valor, si se acreditara no sólo la asistencia sino la aptitud o

aprovechamiento.

Exclusivamente para el personal funcionario de Bibliotecas y

de Informática, se valorarán aquellos otros cursos organizados

por Colegios, Asociaciones y Sociedades profesionales

relacionadas con estas áreas.

La Comisión deberá inexcusablemente hacer público, junto con

el resultado del concurso, la relación de cursos y puntuaciones

asignadas a cada uno de ellos.

2.o 2 Valoración del trabajo desarrollado (máximo 19

puntos).

La Comisión valorará el trabajo desarrollado y rendimiento

apreciado en los candidatos en los distintos puestos de trabajo,

según los siguientes criterios:

Hasta un máximo de 5 puntos, teniendo en cuenta el tiempo

de permanencia en puestos de trabajo de cada nivel.

30 y 29: 0,50 puntos por año o fracción mensual.

28 y 27: 0,45 puntos por año o fracción mensual.

26 y 25: 0,40 puntos por año o fracción mensual.

24 y 23: 0,35 puntos por año o fracción mensual.

22 y 21: 0,30 puntos por año o fracción mensual.

20 y 19: 0,25 puntos por año o fracción mensual.

18 y 17: 0,20 puntos por año o fracción mensual.

16 y 15: 0,15 puntos por año o fracción mensual.

14 y 13: 0,10 puntos por año o fracción mensual.

12 o menor: 0,05 puntos por año o fracción mensual.

Hasta un máximo de 10 puntos, teniendo en cuenta la

experiencia en el desempeño de puestos de trabajo y la

similitud/analogía entre su contenido técnico y el de aquéllos a los que aspira.

A estos efectos se establecen las siguientes 6 Áreas de

similitud/analogía constituidas por las Unidades que se especifican

a continuación:

ÁREA I

Unidades:

Rectorado.

Vicerrectorados.

Secretaría General.

Consejo Social.

Gerencia (excepto Administración Servicios Centralizados).

Apoyo a cargos.

Inspección de Servicios.

Defensor Universitario.

Gabinetes (excepto Intervención).

Gabinete de Organización (excepto Formación del PAS).

ÁREA II

Unidades:

Unidad Gestión Investigación.

Facultades y Escuelas Técnicas Superiores (salvo asuntos

económicos).

Escuelas Universitarias (salvo asuntos económicos).

Centro de Servicios Informáticos y Redes de Comunicación.

Centro Instrumentación Científica.

Centro de Planificación de Actividades Deportivas.

Editorial Universidad Granada (Publicaciones).

Comedores Universitarios.

Residencias Universitarias y Colegios Mayores.

Extensión Universitaria.

Centro de Formación Continua (ICE y CEP).

Centro de Lenguas Modernas.

Departamentos/Institutos/EE. Profesionales.

Relaciones Internacionales.

Formación del PAS.

ÁREA III

Unidades:

Servicio de Asuntos Generales.

Servicio de Alumnos.

Servicio de Asistencia al Estudiante.

Prácticas de Empresa y Promoción de Empleo.

Servicio de Personal.

Servicio de Habilitación y S.S.

ÁREA IV

Unidades:

Administración Servicios Centralizados.

Servicio de Asuntos Económicos.

Servicio de Contratación y Gestión Patrimonial.

Intervención.

Área económica de: Facultades y Escuelas Técnicas Superiores,

Escuelas Universitarias, Centro de Lenguas Modernas, Relaciones

Internacionales, Centro de Formación Continua (ICE y CEP) y

Servicio de Asistencia al Estudiante.

ÁREA V

Biblioteca Universitaria.

ÁREA VI

Informática.

Aquellos puestos de trabajo de contenido exclusivamente

económico se incluirán en el Área IV y no tendrán relación con otra

área en la que su Unidad pudiera estar ubicada.

La valoración de la experiencia en este apartado se realizará

asignando:

a) 0,75 puntos por año o fracción mensual correspondiente

por el desempeño del mismo puesto al que se aspira dentro de

la misma Unidad.

b) 0,60 puntos por año o fracción mensual correspondiente

por el desempeño de distinto puesto al que se aspira dentro de

la misma Unidad.

c) 0,40 puntos por año o fracción mensual correspondiente

por el desempeño de puestos de trabajo en diferentes Unidades

dentro del mismo Área.

d) 0,20 puntos por año o fracción mensual correspondiente,

por el desempeño de puestos de trabajo en distintas Áreas.

La Comisión podrá asignar hasta un máximo de 4 puntos, en

atención a las aptitudes y rendimientos apreciados a los aspirantes

en los puestos anteriormente desempeñados, previos los informes

que, en su caso, estime oportunos.

2.o 3 Otros méritos (hasta un máximo de 4 puntos).

La Comisión podrá valorar otros méritos (otras titulaciones

académicas, experiencia acreditada en otros trabajos de la

Administración Pública o empresa privada relacionada con la plaza a que

se aspira, publicaciones, comunicaciones, ponencias, becas,

ayudas y premios recibidos, cursos impartidos, etc.) que se aporten

por los aspirantes y que no estén incluidos en los distintos

apartados del presente baremo.

PARTE ESPECÍFICA (máximo 21 puntos)

Para poder acceder al puesto de trabajo solicitado, el candidato

deberá obtener en la parte Específica una puntuación mínima de

8 puntos.

1.o 1 Memoria (máximo 9 puntos).

Los candidatos/as elaborarán y presentarán, por quintuplicado,

una Memoria que consistirá en un análisis y descripción de las

tareas del puesto de trabajo que solicita, así como de los requisitos,

condiciones y medios para su desempeño.

1.o 2 Entrevista y defensa de la Memoria (máximo 12

puntos).

La Comisión entrevistará a los candidatos/as sobre el contenido

de la Memoria y de otros aspectos relacionados con el puesto

de trabajo que se solicita.

3. Solicitudes

3.1 Los interesados dirigirán sus solicitudes al Rector de la

Universidad de Granada, dentro del plazo de quince días hábiles,

contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se presentarán

en el Registro General de la Universidad de Granada o en la forma

establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

3.2 Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo II, que

se recogerá en el Servicio de Personal, en la que se relacionarán

los puestos de trabajo solicitados por orden de preferencia.

3.3 Los requisitos a que hace referencia la base 1 y los méritos

deberán ser acreditados mediante certificación, o bien mediante

los documentos justificativos correspodientes.

3.4 Junto con la solicitud, los interesados deberán presentar,

por quintuplicado, la/s Memoria/s para la aplicación de la parte

específica del baremo.

3.5 La fecha de referencia para el cumplimiento de los

requisitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que

se aleguen será el día en que finalice el plazo de presentación

de instancias. La presentación de la documentación del apartado

3.4 fuera del plazo establecido, conllevará su no consideración

por parte de la Comisión.

3.6 Una vez transcurrido el plazo de presentación de

instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el

peticionario, no admitiéndose ni alteraciones ni modificaciones en las

mismas.

3.7 La lista de admitidos y excluidos se publicará, en el plazo

de diez días naturales, en el tablón de anuncios del Servicio de

Personal, concediéndose un plazo de cinco días naturales para

posibles reclamaciones, que serán resueltas por la Gerencia.

4. Comisión de Valoración

4.1 Los méritos serán valorados por una Comisión, que estará

compuesta por los siguientes miembros:

Miembros titulares:

Presidente: Don Miguel Delgado Calvo-Flores, Vicerrector de

Servicios a la Comunidad Universitaria.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos

actuará como Secretario: Don José María Molano Beteta, Director

de la Biblioteca Universitaria y don Evaristo Jiménez Contreras,

Profesor titular de Universidad de la Facultad de Biblioteconomía

y Documentación.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las

Organizaciones Sindicales: Don José Manuel Escribano Gutiérrez, Jefe

de Sección de la Biblioteca de la Facultad de Derecho, y doña

María Dolores Santos Cobos, Jefe de Sección de Archivo de la

Universidad de Jaén.

Miembros suplentes:

Presidente: Don Esteban Álvarez-Manzaneda Roldán, Gerente

de la Universidad de Granada.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos

actuará como Secretario: Don Fernando Carrión Moles,

Subdirector de la Biblioteca Universitaria, y don Emilio Delgado

López-Cózar, Profesor titular de Escuela Universitaria de la

Facultad de Biblioteconomía y Documentación.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las

organizaciones sindicales: Don Luis Moreno Garzón, Jefe de la Unidad

Técnica del Archivo Histórico y Patrimonio Artístico del

Ayuntamiento de Granada.

4.2 La Comisión podrá solicitar de la autoridad convocante

la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán

con voz, pero sin voto.

4.3 Corresponde a la Comisión de Valoración interpretar y

aplicar el baremo, así como hacer las propuestas de adjudicación

de los puestos de trabajo objeto del presente concurso.

5. Resolución del concurso y tomas de posesión

5.1 Resuelto el concurso, la Comisión de Valoración

expondrá en el tablón de anuncios del Servicio de Personal el resultado

con la adjudicación provisional de los puestos correspondientes

a la misma, abriéndose un plazo de tres días para que los

interesados puedan reclamar ante dicha Comisión para la corrección

de errores materiales o de hecho.

5.2 El orden de prioridad para la adjudicación de la plaza

vendrá dado por la puntuación obtenida. En caso de empate en

la puntuación total, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida

en los méritos, según el siguiente orden de prioridad: el grado

personal, la valoración del trabajo desempeñado, los cursos de

formación y perfeccionamiento y la antigüedad. De persistir el

empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de

carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto,

al número obtenido en el proceso selectivo.

5.3 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

5.4 El plazo para la resolución del concurso será, como

máximo, de dos meses contados desde el día siguiente al de la

finalización del de reclamaciones a la lista de admitidos y excluidos.

La publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la resolución

del concurso pondrá fin al procedimiento y figurarán los datos

del funcionario y del puesto adjudicado ; la publicación servirá

de notificación a los interesados y, a partir de la misma, empezarán

a contarse los plazos establecidos.

5.5 El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles,

si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes,

si comporta cambio de residencia. Si la resolución comporta el

reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá

contarse desde la fecha de concesión de dicho reingreso.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del

concurso.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen

los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos

a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano

convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se

considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en

los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia

voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el

primer año.

5.6 Excepcionalmente, la Gerencia de la Universidad de

Granada, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios,

podrá aplazar la fecha de incorporación del funcionario al nuevo

puesto de trabajo, como máximo tres meses.

6. Norma final

6.1 La interpretación de las presentes bases y la resolución

de las incidencias, que se planteen en ocasión de la aplicación

de las mismas, corresponderá a la Comisión de Valoración.

6.2 La presente convocatoria y los actos derivados de la

misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

("Boletín Oficial del Estado" número 285, de 27 de noviembre

de 1992), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín

Oficial del Estado" número 12, del 14).

Granada, 22 de noviembre de 1999.-El Rector, Lorenzo

Morillas Cueva.

ANEXO

Puestos de trabajo que se convocan a concurso

Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Form. específica

Archivo Universitario. Archivero. Granada. 22 A-B C 6 Tal como aparece en el anexo II del

Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de la

Universidad de Granada, publicado

en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116, de 4

de octubre de 1997, para el

puesto de Bibliotecario/Archivero

(Área de Bibliotecas), con las

especificidades para cada puesto.

Técnicas en

organización y

gestión de

archivos.

Biblioteca Facultad de

Ciencias.

Bibliotecario. Granada. 22 A-B C 6 Tal como aparece en el anexo II del

Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de la

Universidad de Granada, publicado

en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116, de 4

de octubre de 1997, para el

puesto de Bibliotecario/Archivero

(Área de Bibliotecas), con las

especificidades para cada puesto.

Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Form. específica

Biblioteca Facultad de

Derecho.

Bibliotecario. Granada. 22 A-B C 6 Tal como aparece en el anexo II del

Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de la

Universidad de Granada, publicado

en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116, de 4

de octubre de 1997, para el

puesto de Bibliotecario/Archivero

(Área de Bibliotecas), con las

especificidades para cada puesto.

Biblioteca Facultad de

Ciencias Económicas

y Empresariales.

Bibliotecario. Granada. 22 A-B C 6 Tal como aparece en el anexo II del

Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de la

Universidad de Granada, publicado

en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116, de 4

de octubre de 1997, para el

puesto de Bibliotecario/Archivero

(Área de Bibliotecas), con las

especificidades para cada puesto.

Biblioteca Facultad de

Filosofía y Letras.

Bibliotecario. Granada. 22 A-B C 6 Tal como aparece en el anexo II del

Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de la

Universidad de Granada, publicado

en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116, de 4

de octubre de 1997, para el

puesto de Bibliotecario/Archivero

(Área de Bibliotecas), con las

especificidades para cada puesto.

Biblioteca Facultad de

Filosofía y Letras.

Bibliotecario. Granada. 22 A-B C 6 Tal como aparece en el anexo II del

Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de la

Universidad de Granada, publicado

en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116, de 4

de octubre de 1997, para el

puesto de Bibliotecario/Archivero

(Área de Bibliotecas), con las

especificidades para cada puesto.

Biblioteca Facultad de

Psicología.

Bibliotecario. Granada. 22 A-B C 6 Tal como aparece en el anexo II del

Reglamento del Personal de

Administración y Servicios de la

Universidad de Granada, publicado

en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116, de 4

de octubre de 1997, para el

puesto de Bibliotecario/Archivero

(Área de Bibliotecas), con las

especificidades para cada puesto.

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