Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes, esta Dirección General de Patrimonio y Museos ha acordado:
Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble que se describe en el anexo.
Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Patrimonio y Museos (plaza Cardenal Silíceo, sin número, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Hacer saber al Ayuntamiento de Cuenca que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble o en su entorno no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Patrimonio y Museos).
Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.
Promover la publicación del presente Acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Toledo, 6 de octubre de 1999.–El Director general, Rafael López Martín de la Vega.
La Casa de las Rejas, edificio construido en los últimos años del siglo XVI –principio del XVII–, está situada en la Puerta de Valencia, muy cerca del monasterio de las monjas Concepcionistas.
Es un edificio de dos plantas que se ordena en torno a un patio porticado. En la parte posterior de la casa había una huerta.
En la fachada principal hay cuatro ventanas que se cierran con rejas de hierro y un escudo sostenido por dos tenantes desnudos de labra muy fina. En el ángulo se abría una ventana enmarcada por pilastras, que posteriormente se cegó y se puso en ella un adorno barroco.
La Casa de las Rejas, que según la terminología de la época habría que llamar «Casa Principal», ha conocido sucesivas reformas llevadas a cabo para reutilizar el edificio, de ahí que la fábrica del siglo XVI haya sido muy alterada.
Objeto de la declaración
Inmueble correspondiente a Casa de las Rejas, localizado en Cuenca.
Área de protección
Vendría definida por:
Manzana 41650, parcelas 11, 12 y 13.
Manzana 42657, parcelas 1, 9, 10, 11, 12 y 13.
Manzana 41641, parcelas 3, 4, 5, 13, 19 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, y 27.
Manzana 42648, parcelas 16, 17, 18, 19 y 20.
Manzana 41643, parcelas 1, 2, 26 y 27.
El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.
Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.
Todo ello según plano adjunto.
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