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Documento BOE-A-1999-22878

Decreto 258/1999, de 1 de octubre, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la "Torre de Loja", en Quintana de Valdivielso, municipio de Merindad de Valdivielso (Burgos).

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 29 de noviembre de 1999, páginas 41220 a 41220 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1999-22878

TEXTO ORIGINAL

La "Torre de Loja", en Quintana de Valdivielso (Burgos), es un singular

ejemplo de fortificación en Castilla y León. Data del siglo XV, aunque

ha sufrido modificaciones en el siglo XVI y posteriormente. Consta de

una espléndida torre decorada con escudos nobiliarios y rematada con

garitas y hermosas gárgolas, así como de una capilla y patio.

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por

Resolución de 8 de octubre de 1998, incoó expediente de declaración de bien

de interés cultural, con categoría de monumento, a favor de la "Torre

de Loja", en Quintana de Valdivielso (Burgos).

Con fecha 18 de febrero de 1999 la Universidad de Burgos informa

favorablemente la pretendida declaración.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del

Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en

materia de patrimonio histórico en la Comunidad de Castilla y León, el

Consejero de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés

cultural dicho inmueble con la categoría de monumento, y a tal efecto

ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en

la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de

éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los

documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del

Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que

modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial

de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de

Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, visto

el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación

de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 1 de octubre de

1999, dispongo:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la

"Torre de Loja", en Quintana de Valdivielso, municipio de Merindad de

Valdivielso (Burgos).

Artículo 2.

Delimitación del entorno de protección.

Zona comprendida dentro del polígono número 7 del Plano Catastral

de Rústica de Hacienda, delimitado por la línea que discurre por camino

del Arroyo, desde el cruce con la calle de la Carretera (delante de la

Torre de San Martín), continuando por el camino de Quintana a El Almiñe,

que bordea la parcela número 130 hasta su lindero con la número 183;

linderos sur de las parcelas números 130, 131 y 133, hasta el camino;

camino que bordea la parcela número 133; camino que bordea las parcelas

números 60 y 56; camino de Puente Arenas a Quintana, que bordea la

parcela número 56 hasta su lindero con la parcela número 57; borde de

la parcela número 22, que es lindero con las números 8 y 7, hasta su

encuentro con el arroyo, línea imaginaria que desde este último punto

atraviesa el arroyo y cruza trasversalmente la parcela número 21, por

el borde de la subparcela 21 a, hasta el camino; y camino-calle de la

Carretera, que bordea la parcela número 21, hasta el cruce con el camino del

Arroyo, por delante de la Torre de San Martín.

Motivación. El área descrita se justifica por constituir su entorno visual

y ambiental inmediato en el que cualquier intervención que se realice

pueda suponer una alteración en las condiciones de percepción del bien

o de su relación con el medio en el que está incluido.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente

Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan

en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe

interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Junta de Castilla

y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.

Si se optara por la interposición del recurso potestativo de reposición

no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la

resolución expresa o presunta de aquél.

Ciudad Rodrigo (Salamanca), 1 de octubre de 1999.-El Presidente, Juan

José Lucas Jiménez.-El Consejero de Educación y Cultura, Tomás

Villanueva Rodríguez.

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