De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Orden de fecha 29
de abril de 1999 por la que se convoca y regula el XVIII Premio de Trabajos
Escolares del Día Mundial de la Alimentación correspondiente a 1999,
"La Juventud contra el Hambre", y analizada la propuesta del jurado,
acuerdo:
Conceder entre los alumnos de primer y segundo ciclo de Educación
Primaria y alumnos de Centros de Educación Especial:
Primer premio, dotado con diploma de honor y 200.000 pesetas, al
Colegio Público Cervantes, de Molina de Segura (Murcia).
Segundo premio, dotado con diploma de honor y 125.000 pesetas, al
Colegio Público Urci de Águilas (Murcia).
Tercer premio, dotado con diploma de honor y 75.000 pesetas) al Colegio
Rural Agrupado La Llitera, de Albelda (Huesca).
Conceder entre los alumnos de tercer ciclo de Educación Primaria,
primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria y alumnos de Centros
de Educación Especial:
Primer premio, dotado con diploma de honor y 200.000 pesetas, al
Colegio Público Cervantes, de Molina de Segura (Murcia).
Segundo premio, dotado con diploma de honor y 125.000 pesetas, al
Colegio Público Santa Clara, de Alcázar de San Juan (Ciudad Real).
Tercer premio, dotado con diploma de honor y 75.000 pesetas, al Colegio
Público Comarcal Campillo, de Lorca (Murcia).
Premio especial rural, dotado con diploma de honor y 200.000 pesetas,
al Colegio Rural Agrupado de Quilos (León).
Esta resolución se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá
recurrirse, potestativamente, en reposición, ante el excelentísimo señor Ministro
de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, o
ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo
Contenciosotivo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contados
desde el día siguiente al de su notificación; advirtiendo expresamente que
no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se
haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta
del recurso de reposición interpuesto, todo ello conforme a lo ordenado
en artículo 116 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 6/1997, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, de Reforma
de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Madrid, 30 de septiembre de 1999.
POSADA MORENO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid