Por existir en la Zona Militar de Canarias una instalación militar denominado «Acuartelamiento Los Rodeos» (La Laguna-Santa Cruz de Tenerife), se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera afectarla, por lo que, previo el informe preceptivo del Estado Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General Jefe del Mando de Canarias, dispongo:
A los efectos prevenidos en el capítulo II del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 89), que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 63), se considera incluida en el grupo Primero la instalación denominada «Acuartelamiento Los Rodeos».
De conformidad con lo preceptuado en los artículos 9.2 y 10.1 del citado Reglamento, se señala la Zona próxima de Seguridad, que vendrá determinada por una anchura de 300 metros, contados a partir del límite exterior que define el perímetro más avanzado de la instalación que viene determinado por los siguientes puntos en coordenadas UTM:
Núm. | X | Y |
---|---|---|
1 | 369.716 | 3.151.158 |
2 | 368.511 | 3.150.880 |
3 | 368.301 | 3.150.861 |
4 | 368.404 | 3.150.651 |
5 | 367.965 | 3.150.449 |
6 | 367.975 | 3.150.329 |
7 | 367.378 | 3.150.250 |
8 | 367.206 | 3.150.536 |
9 | 367.219 | 3.150.624 |
10 | 367.211 | 3.150.637 |
11 | 367.225 | 3.150.971 |
12 | 367.326 | 3.151.019 |
13 | 367.323 | 3.151.096 |
14 | 366.855 | 3.151.191 |
15 | 366.866 | 3.151.426 |
16 | 366.845 | 3.151.427 |
17 | 366.883 | 3.152.133 |
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de septiembre de 1999.
SERRA REXACH
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid