Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial
del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad
de Cataluña la solicitud presentada por "Reyde, Sociedad Anónima", con
domicilio social en calle de L'Om, 15, municipio de El Prat de Llobregat
(Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro del siguiente
producto, fabricado por "Reyde, Sociedad Anónima", en su instalación
industrial ubicada en El Prat de Llobregat: Jerricán de plástico, marca
y modelo "Reyde, Sociedad Anónima", 30 NM-1,4, para el transporte de
mercancías peligrosas;
Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida
por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e
inscripción en el registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante
informe, certificado y actas con clave BB.VC.12537/99-b, ha hecho constar
que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente
establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 ("Boletín Oficial del Estado"
del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones
de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,
he resuelto:
Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de
inscripción J-368, y definir, por último, como características técnicas para cada
marca y modelo registrado las que se indican a continuación:
Marca y modelo: "Reyde, Sociedad Anónima", 30 NM-1,4.
Características y productos autorizados a transportar: Según el anexo.
Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17
de marzo de 1986 ("Boletín Oficial del Estado" del 31), modificada por
la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes
destinados al transporte de mercancías peligrosas; por tanto, con
independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento
o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad
de la producción con el tipo homologado antes del 14 de junio de 2001
(Orden de 28 de febrero de 1989).
Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida
en su totalidad.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se
puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria,
Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente
de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso
que se considere oportuno.
Barcelona, 14 de junio de 1999.-El Director general, P. D. (Resolución
de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"
de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología,
Joan Pau Clar Guevara.
ANEXO
Tipo de envase/embalaje: Jerricán de plástico 3H1.
Marca y modelo: "Reyde, Sociedad Anónima", 30 NM-1,4.
Nombre y número de informe EIC: "ICICT, Sociedad Anónima"/BB.VC.
12537/99-b.
Contraseña de homologación: J-368.
Características del material y envase:
Fabricante: "Reyde, Sociedad Anónima".
Características del envase de plástico: Jerricán de tapa fija, modelo
30 NM, para líquidos, de acuerdo con el marginal 3.526 del ADR, de plástico
polietileno alta densidad, color natural, con una boca de 45,5 mm de
diámetro interior, con tapón de plástico PE, referencia "K 60", color negro,
con aro de polexán, roscado sobre la boca. Código UN del envase: 3H1.
Identificación materia prima: Polietileno alta densidad ref. "Hostalen
8255", de ELENAC.
Capacidad:
Capacidad real (llenado a ras): 32 litros.
Capacidad al 98 por 100 del llenado a ras: 31,36 litros.
Capacidad nominal: 30 litros.
Tara:
Peso del envase vacío: 1.191 gramos (sin tapón).
Peso del tapón: 25 gramos.
Dimensiones:
Sección: 325 ^ 285 mm.
Altura: 405 mm hasta la boca.
Altura total: 420 mm.
Modo de agarre: Un asa de plástico en la parte superior.
Puntos de fijación: Lleva cuatro puntos de fijación en la parte superior
que encajan en las correspondientes hendiduras de la base.
Tipo de envase/embalaje: 3H1.
Tipo de transporte: ADR/RID/TPF/IMO/IMDG/IATA/OACI.
Marcado: UN 3H1/Y 1,4/150/*/E/REYDE, S. A./**.
Grupo envase/embalaje: II y III (Y).
*: Año fabricación.
**: Número homologación.
Materias a transportar:
Materias a transportar para la clase: 3.
Tensión de vapor máxima a 55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5 y 1,71 x " 150, siendo
x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).
y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.
ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados: b) y c) del marginal 2301/301.
Excepto: La nitroglicerina en solución alcohólica del 6. o , la
propilenimina del 12. o el isocianato de etilo del 13. o .
El transporte de las materias del 31 o C, 32 o Cy33 o C que desprendan
CO 2 yNO 2 deberá realizarse en envases con cierres provistos de venteo.
IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias con punto de inflamación medio o elevado y que
requieran grupos de embalaje II o III.
Excepto: Número ONU 1308, 1222, 3064, 1865, 3256, 1261.
IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias que requieran grupos de embalajes II o III y
requieran instrucciones de embalaje 307, 308 (sólo números ONU 1154, 1184,
1277, 1278, 1279, 2478, 2486, 2493), 309 y 310.
Materias a transportar para la clase: 5.1: Tensión de vapor máxima
a55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5 y 1,71 x " 150, siendo
x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).
y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.
ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados: b) y c) del marginal 2501/501.
Excepto: Las materias del 5. o y las soluciones de nitrato amónico del
20. o
El transporte de las materias del 1 o b)y1 o c) deberá realizarse en
envases con cierres provistos de respiradero.
IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Sólo se autorizan las siguientes materias: Números ONU 2429,
3149, 2984, 2014, 3216, 2427, 2428.
Materias a transportar para la clase: 5.2: Tensión de vapor máxima
a55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5 y 1,71 x " 150, siendo
x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).
y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.
ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Peróxidos orgánicos de tipo B, C, D,EyF,líquidos, incluidos
en el marginal 2551/551, que requieran método de embalaje OP5, OP6,
OP7 y OP8.
IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Peróxidos orgánicos de tipo B, C, D,EyF,líquidos, que
requieran método de embalaje OP5A, OP6A, OP7A y OP8A.
Materias a transportar para la clase: 6.1: Tensión de vapor máxima
a55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5 y 1,71 x " 150, siendo
x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).
y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.
ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados: b) y c) del marginal 2601/601.
Excepto: El ácido cianhídrico del 1. o , las soluciones de ácido cianhídrico
del 2. o , los metales carbonilos del 3. o , la etilenimina del 4. o , y el isocianato
de metilo del 5. o
IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II o III.
Excepto: Número ONU 1569, 3250, 1600, 2312, 1693, 2785, 3123, 1701.
IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje
II o III y requieran las instrucciones de embalaje 605 (sólo números ONU
1593, 1710, 1897, 2485 y 2831), 611, 612 (sólo número ONU 1593, 1638,
1701, 1702, 1710, 1737, 1738, 1750, 1846, 1888, 1897, 1916, 1935, 2024,
2788, 2831), 618 y 620.
Materias a transportar para la clase: 8: Tensión de vapor máxima a
55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5 y 1,71 x " 150, siendo
x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).
y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.
ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados: b) y c) del marginal 2801/801.
Excepto: Las materias del 6. o , 14. o , 65. o c) y 66. o c).
El transporte de las materias del 61. o (número ONU 1791) debe
realizarse en envases cuyo cierre vaya provisto de un respiradero.
IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II o III.
Excepto: Números ONU 3301, 3094, 1774, 2809, 2576, 2803.
El transporte de la materia número ONU 1791 debe realizarse en
envases cuyo cierre vaya provisto de un respiradero.
IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje
II o III y requieran las instrucciones de embalaje 812, 813 (sólo números
ONU 1715, 1719, 1740, 1764, 1765, 1775, 1776, 1778, 1781, 1782, 1789,
1790, 1791, 1808, 1811, 1814, 1818, 1824, 1830, 1832, 1837, 1906, 1908,
1940, 2258, 2308, 2439, 2502, 2564, 2672, 2677, 2679, 2681, 2789, 2790,
2796, 2797, 2817, 2837, 3093, 3094, 3320), 820 y 821 (sólo números ONU
1719, 1740, 1789, 1791, 1805, 1814, 1824, 1908, 2564, 2677, 2679, 2681,
2817, 2837, 3320).
Materias a transportar para la clase: 9: Tensión de vapor máxima a
55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5 y 1,71 x " 150, siendo
x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).
y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.
ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados: b) y c) de los apartados 2. o y 11. o del marginal 2901/901.
IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II o III siguientes:
Números ONU 1990, 3082.
IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje
II o III y requieran las instrucciones de embalaje 906, 907 (excepto números
ONU 1941) y 914.
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