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Documento BOE-A-1999-19900

Resolución de 14 de junio de 1999, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el registro del siguiente producto, fabricado por «Reyde, Sociedad Anónima», con contraseña J-368: Jerricán de plástico 3H1, marca y modelo «Reyde, Sociedad Anónima», 30 NM-1,4, para el transporte de mercancías peligrosas.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 6 de octubre de 1999, páginas 35751 a 35752 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-19900

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial

del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad

de Cataluña la solicitud presentada por "Reyde, Sociedad Anónima", con

domicilio social en calle de L'Om, 15, municipio de El Prat de Llobregat

(Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro del siguiente

producto, fabricado por "Reyde, Sociedad Anónima", en su instalación

industrial ubicada en El Prat de Llobregat: Jerricán de plástico, marca

y modelo "Reyde, Sociedad Anónima", 30 NM-1,4, para el transporte de

mercancías peligrosas;

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida

por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e

inscripción en el registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante

informe, certificado y actas con clave BB.VC.12537/99-b, ha hecho constar

que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente

establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 ("Boletín Oficial del Estado"

del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones

de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,

he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de

inscripción J-368, y definir, por último, como características técnicas para cada

marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: "Reyde, Sociedad Anónima", 30 NM-1,4.

Características y productos autorizados a transportar: Según el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17

de marzo de 1986 ("Boletín Oficial del Estado" del 31), modificada por

la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes

destinados al transporte de mercancías peligrosas; por tanto, con

independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento

o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad

de la producción con el tipo homologado antes del 14 de junio de 2001

(Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida

en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se

puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria,

Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente

de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso

que se considere oportuno.

Barcelona, 14 de junio de 1999.-El Director general, P. D. (Resolución

de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"

de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología,

Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Tipo de envase/embalaje: Jerricán de plástico 3H1.

Marca y modelo: "Reyde, Sociedad Anónima", 30 NM-1,4.

Nombre y número de informe EIC: "ICICT, Sociedad Anónima"/BB.VC.

12537/99-b.

Contraseña de homologación: J-368.

Características del material y envase:

Fabricante: "Reyde, Sociedad Anónima".

Características del envase de plástico: Jerricán de tapa fija, modelo

30 NM, para líquidos, de acuerdo con el marginal 3.526 del ADR, de plástico

polietileno alta densidad, color natural, con una boca de 45,5 mm de

diámetro interior, con tapón de plástico PE, referencia "K 60", color negro,

con aro de polexán, roscado sobre la boca. Código UN del envase: 3H1.

Identificación materia prima: Polietileno alta densidad ref. "Hostalen

8255", de ELENAC.

Capacidad:

Capacidad real (llenado a ras): 32 litros.

Capacidad al 98 por 100 del llenado a ras: 31,36 litros.

Capacidad nominal: 30 litros.

Tara:

Peso del envase vacío: 1.191 gramos (sin tapón).

Peso del tapón: 25 gramos.

Dimensiones:

Sección: 325 ^ 285 mm.

Altura: 405 mm hasta la boca.

Altura total: 420 mm.

Modo de agarre: Un asa de plástico en la parte superior.

Puntos de fijación: Lleva cuatro puntos de fijación en la parte superior

que encajan en las correspondientes hendiduras de la base.

Tipo de envase/embalaje: 3H1.

Tipo de transporte: ADR/RID/TPF/IMO/IMDG/IATA/OACI.

Marcado: UN 3H1/Y 1,4/150/*/E/REYDE, S. A./**.

Grupo envase/embalaje: II y III (Y).

*: Año fabricación.

**: Número homologación.

Materias a transportar:

Materias a transportar para la clase: 3.

Tensión de vapor máxima a 55 o C. Se tendrá que cumplir:

1,5 y 1,71 x " 150, siendo

x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).

y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 2301/301.

Excepto: La nitroglicerina en solución alcohólica del 6. o , la

propilenimina del 12. o el isocianato de etilo del 13. o .

El transporte de las materias del 31 o C, 32 o Cy33 o C que desprendan

CO 2 yNO 2 deberá realizarse en envases con cierres provistos de venteo.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias con punto de inflamación medio o elevado y que

requieran grupos de embalaje II o III.

Excepto: Número ONU 1308, 1222, 3064, 1865, 3256, 1261.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran grupos de embalajes II o III y

requieran instrucciones de embalaje 307, 308 (sólo números ONU 1154, 1184,

1277, 1278, 1279, 2478, 2486, 2493), 309 y 310.

Materias a transportar para la clase: 5.1: Tensión de vapor máxima

a55 o C. Se tendrá que cumplir:

1,5 y 1,71 x " 150, siendo

x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).

y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 2501/501.

Excepto: Las materias del 5. o y las soluciones de nitrato amónico del

20. o

El transporte de las materias del 1 o b)y1 o c) deberá realizarse en

envases con cierres provistos de respiradero.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Sólo se autorizan las siguientes materias: Números ONU 2429,

3149, 2984, 2014, 3216, 2427, 2428.

Materias a transportar para la clase: 5.2: Tensión de vapor máxima

a55 o C. Se tendrá que cumplir:

1,5 y 1,71 x " 150, siendo

x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).

y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Peróxidos orgánicos de tipo B, C, D,EyF,líquidos, incluidos

en el marginal 2551/551, que requieran método de embalaje OP5, OP6,

OP7 y OP8.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Peróxidos orgánicos de tipo B, C, D,EyF,líquidos, que

requieran método de embalaje OP5A, OP6A, OP7A y OP8A.

Materias a transportar para la clase: 6.1: Tensión de vapor máxima

a55 o C. Se tendrá que cumplir:

1,5 y 1,71 x " 150, siendo

x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).

y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 2601/601.

Excepto: El ácido cianhídrico del 1. o , las soluciones de ácido cianhídrico

del 2. o , los metales carbonilos del 3. o , la etilenimina del 4. o , y el isocianato

de metilo del 5. o

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II o III.

Excepto: Número ONU 1569, 3250, 1600, 2312, 1693, 2785, 3123, 1701.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje

II o III y requieran las instrucciones de embalaje 605 (sólo números ONU

1593, 1710, 1897, 2485 y 2831), 611, 612 (sólo número ONU 1593, 1638,

1701, 1702, 1710, 1737, 1738, 1750, 1846, 1888, 1897, 1916, 1935, 2024,

2788, 2831), 618 y 620.

Materias a transportar para la clase: 8: Tensión de vapor máxima a

55 o C. Se tendrá que cumplir:

1,5 y 1,71 x " 150, siendo

x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).

y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 2801/801.

Excepto: Las materias del 6. o , 14. o , 65. o c) y 66. o c).

El transporte de las materias del 61. o (número ONU 1791) debe

realizarse en envases cuyo cierre vaya provisto de un respiradero.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II o III.

Excepto: Números ONU 3301, 3094, 1774, 2809, 2576, 2803.

El transporte de la materia número ONU 1791 debe realizarse en

envases cuyo cierre vaya provisto de un respiradero.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje

II o III y requieran las instrucciones de embalaje 812, 813 (sólo números

ONU 1715, 1719, 1740, 1764, 1765, 1775, 1776, 1778, 1781, 1782, 1789,

1790, 1791, 1808, 1811, 1814, 1818, 1824, 1830, 1832, 1837, 1906, 1908,

1940, 2258, 2308, 2439, 2502, 2564, 2672, 2677, 2679, 2681, 2789, 2790,

2796, 2797, 2817, 2837, 3093, 3094, 3320), 820 y 821 (sólo números ONU

1719, 1740, 1789, 1791, 1805, 1814, 1824, 1908, 2564, 2677, 2679, 2681,

2817, 2837, 3320).

Materias a transportar para la clase: 9: Tensión de vapor máxima a

55 o C. Se tendrá que cumplir:

1,5 y 1,71 x " 150, siendo

x: Tensión de vapor a 15 o C (kPa).

y: Tensión de vapor a 55 o C (kPa).

Densidad máxima admisible relativa: 1,4 Kg/l.

ADR/RID: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) de los apartados 2. o y 11. o del marginal 2901/901.

IMO/IMDG: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II o III siguientes:

Números ONU 1990, 3082.

IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje

II o III y requieran las instrucciones de embalaje 906, 907 (excepto números

ONU 1941) y 914.

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