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Documento BOE-A-1999-19656

Orden de 1 de septiembre de 1999 por la que se modifica la autorización del centro de Formación Profesional Específica «Instituto de Enseñanzas Aplicadas», de Salamanca.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 1 de octubre de 1999, páginas 35354 a 35354 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-19656

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la

compañía mercantil "Instituto de Enseñanzas Aplicadas, Sociedad

Cooperativa Limitada", solicitando la modificación de la autorización del

Centro de Formación Profesional Específica "Instituto de Enseñanzas

Aplicadas", sito en la calle Fray Junípero Serra, 22, de Salamanca,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real

Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización del Centro de Formación

Profesional Específica "Instituto de Enseñanzas Aplicadas", sito en la calle Fray

Junípero Serra, 5-9 y 12-22, de Salamanca, que quedará configurado de

la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Instituto de Enseñanzas Aplicadas".

Domicilio: Calle Fray Junípero Serra, 5-9 y 12-22.

Localidad: Salamanca.

Municipio: Salamanca.

Provincia: Salamanca.

Titular: "Instituto de Enseñanzas Aplicadas, Sociedad Cooperativa

LImitada".

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclos formativos de Grado Medio:

A) Turno diurno:

Farmacia:

Capacidad: Número de grupos, 1. Número de puestos escolares, 30.

Estética Personal Decorativa:

Capacidad: Número de grupos, 1. Número de puestos escolares, 20.

B) Turno vespertino:

Farmacia:

Capacidad: Número de grupos, 1. Número de puestos escolares, 30.

Ciclos formativos de Grado Superior:

A) Turno diurno:

Educación Infantil:

Capacidad: Número de grupos, 1. Número de puestos escolares, 30.

Capacidad: Número de grupos, 1. Número de puestos escolares, 30.

Estética:

Capacidad: Número de grupos, 1. Número de puestos escolares, 20.

B) Turno vespertino:

Educación Infantil:

Capacidad: Número de grupos, 1. Número de puestos escolares, 30.

Interpretación de la Lengua de los Signos:

Capacidad: Número de grupos, 1. Número de puestos escolares, 30.

Estética:

Capacidad: Número de grupos, 1. Número de puestos escolares, 20.

Segundo.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación

NBE CPI/96, de Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios

aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-Provisionalmente, hasta la implantación definitiva de los

ciclos formativos autorizados, el centro podrá continuar impartiendo las

siguientes enseñanzas:

Formación Profesional de Segundo Grado: Rama Servicios a la

Comunidad, especialidad Jardines de Infancia.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la

notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos

25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el

plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 1 de septiembre de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y

de 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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