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Documento BOE-A-1999-18275

Resolución de 30 de julio de 1999, de la Dirección General de Seguros, por la que se acuerda el vencimiento anticipado de los contratos de seguro celebrados con el Montepío de Previsión Social «San Fernando» (en liquidación).

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 31 de agosto de 1999, páginas 32028 a 32028 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-18275

TEXTO ORIGINAL

La entidad, denominada Montepío de Previsión Social «San Fernando», ha presentado ante esta Dirección General de Seguros documentación acreditativa del acuerdo adoptado por la Asamblea general, en reunión celebrada el día 3 de julio de 1999, de disolución de la misma y apertura del proceso de liquidación.

La citada mutualidad, con fecha 23 de julio de 1999, a tenor de lo dispuesto en el artículo 27.2.a) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, solicita el vencimiento anticipado de los contratos de seguro con el objeto de evitar perjuicios a los asegurados, beneficiarios y terceros perjudicados amparados por dichos contratos.

En su virtud, vistos los antecedentes que obran en el expediente, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 27.2.d) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y 84 del Reglamento de Ordenación de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre,

Esta Dirección General de Seguros ha acordado lo siguiente:

Declarar que los contratos de seguro celebrados con el Montepío de Previsión Social «San Fernando» (en liquidación) que están en vigor vencerán anticipadamente, transcurrido un mes desde la fecha de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, en la relación dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 30 de julio de 1999.‒La Directora general, María del Pilar González de Frutos.

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