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Documento BOE-A-1999-14643

Orden de 25 de junio de 1999 por la que se elevan a definitivas las listas de admitidos y excluidos al concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para la adquisición de nuevas especialidades, convocados por Orden de 26 de abril de 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 1999, páginas 25282 a 25282 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-14643

TEXTO ORIGINAL

Transcurrido el plazo de subsanaciones a las listas de admitidos

y excluidos al concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de

Maestros y para la adquisición de nuevas especialidades por los

funcionarios de carrera del citado Cuerpo, aprobadas por Orden

de 2 de junio de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 12),

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Elevar a definitivas las referidas listas, con las

variaciones a que han dado lugar las subsanaciones de los defectos

que las mismas contenían.

Las listas completas de admitidos y excluidos a los dos

procedimientos mencionados estarán expuestas en la Dirección

General de la Función Pública, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las

Delegaciones del Gobierno, en las Subdelegaciones del Gobierno, en

las Direcciones Provinciales del Departamento, en las

Subdirecciones Territoriales de Madrid y en la sede del Ministerio de

Educación y Cultura en Madrid, calle Alcalá, 36, a partir del día

siguiente al de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del

Estado".

Aquellos aspirantes que, habiendo presentado la

documentación necesaria para la subsanación de errores dentro del plazo

reglamentario, no aparezca recogida dicha subsanación en las

listas definitivas, podrán presentarse ante el Presidente del Tribunal

que hubiera podido corresponderles, que les admitirá

condicionalmente a examen si de la copia número 2 de la solicitud de

admisión a las pruebas, que deben presentar los interesados, se

deduce de una manera clara su legitimación para poder participar

en las mencionadas pruebas; dando cuenta los Tribunales de esta

clase de incidencias a la Dirección General de Personal y Servicios,

quien adoptará la resolución que corresponda.

Segundo.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa

conforme dispone el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y contra la misma cabe

interponer recurso de reposición potestativo ante el Ministro, en

el plazo de un mes a contar desde su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", o directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica

6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada

por la Ley Orgánica 6/1988, de 13 de julio, en el plazo de dos

meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 25 de junio de 1999.-P. D. (Orden de 1 de marzo

de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2), el Director general

de Personal y Servicios, Rafael Catalá Polo.

Ilmos. Sres. Subdirectora general de Gestión de Profesorado de

Educación Infantil y Primaria, Directores provinciales de

Educación y Cultura y Subdirectores territoriales de Madrid.

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