La Orden de 15 de junio de 1998 establece las bases reguladoras para
la concesión de determinadas ayudas de la Dirección General del Libro,
Archivos y Bibliotecas para promocionar internacionalmente los libros
y autores españoles.
Procede ahora, de conformidad con lo previsto en el punto primero.2
de la citada Orden, convocar las ayudas correspondientes al presente año,
para lo cual dispongo:
1. Objeto yfinalidad. Se convoca para 1999 la concesión de ayudas
a editores con la finalidad de promover la difusión de la cultura española
mediante la edición, en cualquier lengua extranjera, de obras literarias
o científicas de autores españoles, escritas originariamente y publicadas
en cualquiera de las lenguas españolas.
2. Imputaciónpresupuestaria. Las ayudas convocadas se imputarán
al crédito disponible en la aplicación presupuestaria 18.14.492 del
programa 134B "Cooperación, Promoción y Difusión Cultural en el Exterior",
del vigente presupuesto de gastos del Ministerio de Educación y Cultura,
y su importe será como máximo de 59.000.000 de pesetas.
3. Beneficiarios yrequisitos. Podrán solicitar estas ayudas empresas
del sector editorial, ya sean personas físicas o jurídicas, nacionales o
extranjeras.
Para participar en esta convocatoria deberán acreditar estar legalmente
constituidas.
En el caso de personas físicas o jurídicas nacionales deberán cumplir
estos otros requisitos:
a) Acreditar que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias
y de la Seguridad Social durante los doce meses anteriores a la solicitud.
b) No haber sido condenados a las penas a las que se refiere el artículo
305.1 del Codigo Penal o sancionados por las infracciones previstas en
el artículo 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.
4. Presentación de solicitudes.
4.1 Las solicitudes de ayudas se formalizarán en el modelo oficial
que figura como anexoIyIIdelapresente Resolución, cumplimentadas
enteramente a máquina o en letra de molde impresa y deberán dirigirse
al Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas. Las solicitudes
deberán ser presentadas en el Registro de la Secretaría de Estado de Cultura,
plaza del Rey, número 1, 28004 Madrid, así como en los Registros y oficinas
a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de
modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
4.2 A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación
específica, además de la administrativa detallada en el punto quinto, letras
c), d), e), f) y g) de la Orden de 15 de junio de 1998, de bases reguladoras
para la concesión de determinadas ayudas de la Dirección General del
Libro, Archivos y Bibliotecas:
a) Documento acreditativo de la condición de editor, conforme a las
exigencias de la legislación vigente en su país.
b) Catálogo del fondo editorial.
c) Copia del contrato firmado con el traductor.
d) Currículum del traductor.
e) Dos ejemplares de la obra original objeto de la traducción.
f) Documentación acreditativa de la conformidad del titular del
derecho de autor.
5. Plazo de presentación.
5.1 El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa
finalizará el 31 de julio de 1999.
5.2 Subsanación de errores: Si la solicitud no fuera acompañada de
alguno de los documentos exigidos o no reuniera los datos de identificación
y de algunos de los extremos previstos en el artículo 70 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se requerirá a la entidad o solicitante, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 71.1 de la citada Ley, para que en un
plazo de diez días hábiles subsane las faltas o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistido de su petición, archivándose sin más trámite, con los efectos
previstos en el artículo 42.1 de la misma Ley.
6. Instrucción del procedimiento y criterios generales de valoración.
6.1 El órgano competente para la ordenación e instrucción del
expediente es la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.
6.2 Estudio y evaluación: Las solicitudes y documentación
presentadas serán estudiadas por una Comisión de asesoramiento y evaluación,
que estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente: El Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas, quien
podrá delegar en el Vicepresidente.
Vicepresidente: El Subdirector general de Promoción del Libro, la
Lectura y las Letras Españolas, y, en su ausencia, un Consejero Técnico de
la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras
Españolas.
Secretario: Un funcionario de carrera de la Subdirección General de
Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.
Vocales:
Un representante de la Asociación Colegial de Escritores.
Dos representantes de las Asociaciones de Traductores propuestos
respectivamente por la Sección Autónoma de Traductores de la Asociación
Colegial de Escritores y por la Asociación Profesional Española de
Traductores e Intérpretes.
Un experto a propuesta de la Federación de Gremios de Editores de
España.
Cuatro expertos, uno en literatura española clásica, otro en literatura
española contemporánea, otro en ensayo y pensamiento español y otro
en ciencia y tecnología.
Un funcionario de la Secretaría de Estado de Cultura.
6.3 Criterios generales de valoración: Para la concesión y adjudicación
de estas ayudas, además de la cuantía del presupuesto asignado al
correspondiente programa presupuestario, que condiciona las obligaciones que
se contraigan con cargo al mismo, y siempre que el solicitante cumpla
los requisitos establecidos en el punto 3 de esta Resolución, se valorará
de acuerdo con los siguientes criterios:
a) El interés intrínseco de la obra cuya traducción se propone.
b) Si la obra ya ha sido traducida a la misma lengua, la calidad de
la traducción o traducciones de que ha sido objeto.
c) Las características de la edición que se propone.
d) La capacidad de difusión de la editorial solicitante.
e) En la presente convocatoria tendrán atención preferente aquellos
proyectos relacionados con los aniversarios de autores y obras que se
celebren en 1999.
7. Resolución.
7.1 A la vista de todo lo actuado, la Comisión de asesoramiento y
evaluación, al no tener carácter decisorio, formulará la oportuna propuesta
de resolución.
Dicha propuesta, según lo establecido en el artículo 5.4 del Real Decreto
2225/1993, deberá expresar la relación de los solicitantes para los que
se propone la concesión de la ayuda y su cuantía.
7.2 La resolución del Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas
por la que se resuelva la presente convocatoria se dictará en el plazo
máximo de seis meses contados desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento, sin que
haya recaído resolución expresa, se entenderá que es desestimatoria de
la concesión de subvención, por lo tanto el silencio administrativo tendrá
carácter negativo lo que habilitará al solicitante a interponer el
correspondiente recurso contencioso-administrativo.
7.3 La disposición que se dicte, en la que se harán constar las
editoriales beneficiarias, título de la obra, autor, idioma y el importe de la
ayuda concedida, se notificará a los interesados según lo dispuesto en
los artículos 58 y 59 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Pago y justificación de la ayuda concedida.
8.1 El abono de la ayuda se realizará en pesetas, una vez publicada
la Resolución, y será como máximo el equivalente al coste de la traducción.
8.2 La justificación se realizará mediante la presentación de:
a) Cinco ejemplares de la obra editada, en la que se hará constar,
de forma expresa y en la lengua en que se edite la obra, la frase "La
presente edición ha sido traducida mediante una ayuda de la Dirección
General del Libro, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educación y
Cultura de España".
b) Documento que acredite el pago al traductor del coste de la
traducción.
8.3 La edición deberá tener lugar en el plazo máximo de dos años
a contar desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la Resolución por la que se hace pública la concesión de estas ayudas.
En casos excepcionales, la Dirección General del Libro, Archivos y
Bibliotecas podrá, por motivos justificados, ampliar este plazo por un período
no superior a un año.
9. La concurrencia a esta convocatoria implica la aceptación de lo
dispuesto en la Orden de 15 de junio de 1998 y en la presente Resolución.
10. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 22 de abril de 1999.-El Director general, Fernando Rodríguez
Lafuente.
ANEXO I
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, SECRETARÍA DE ESTADO
DE CULTURA, DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, ARCHIVOS
Y BIBLIOTECAS
Formulario de solicitud
(A cumplimentar por la editorial, a máquina o en letra impresa)
1. Datos de la empresa editorial:
1.1 Editorial:
Dirección:.....................................................................
Código postal y ciudad:..........................................................
País:...............................................................................
Nombre del editor (o representante legal):....................................
Teléfono:..........................................................................
Fax (con prefijos):...............................................................
1.2 Datos bancarios:
Titular cuenta corriente (la editorial):.....................................
Banco:.............................................................................
Dirección:.........................................................................
Ciudad:...........................................................................
Códigos bancarios:...............................................................
Cuenta corriente número:.......................................................
2. Datos sobre la obra a traducir:
2.1 Título:...................................................................
2.2 Autor:...................................................................
2.3 Edición a partir de la cual se va realizar la traducción:.............
Editorial:.............Año:.............Número de páginas:.............
3. Datos sobre la traducción:
3.1 Idioma al que se traduce:..............................................
3.2 Descripción, si existen, de otras traducciones de la obra en la
misma lengua, con especificación de la fecha y características de las
mismas.
Editorial......................................................................
Características:..............................................................
Fecha:.........................................................................
4. Datos sobre el traductor (adjuntar contrato y currículum).
4.1 Nombre del traductor:
Dirección:.....................................................................
Cualificación profesional:...................................................
4.2 Nombre del revisor de la traducción:
Dirección:.....................................................................
Cualificación profesional:...................................................
Presupuesto de traducción en moneda del país a cuya lengua se traduce:
.....................................................................................
5. Datos sobre la edición.
5.1 Fecha prevista de la edición:..........................................
5.2 Tirada prevista:........................................................
5.3 Precio previsto de venta al público:..................................
5.4 Área de distribución:..................................................
6. Argumentación sobre la aportación cultural que supone la
traducción y edición de la obra:........................................................
7. Cantidad (en pesetas) solicitada para la realización de la
traducción:...............................................................................
8. Otras subvenciones:.....................................................
Para la traducción de la misma obra de esta solicitud, declaro haber
solicitado o recibido otras subvenciones de entidades públicas o privadas,
nacionales o internacionales:
SÍ
NO
En caso afirmativo, indicar la institución y la cuantía:...................
Fecha:.........................................................................
Firmado (nombre y firma del editor o representante legal)
Ilmo. Sr. Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas. Secretaría
de Estado de Cultura. Ministerio de Educación y Cultura.
ANEXO II
Ficha resumen de la solicitud
Editorial:.....................................................................
Editor (o representante legal):..............................................
Dirección:.....................................................................
CP/Ciudad:...................................................................
País:...........................................................................
Fax número:..................................................................
Nombre del traductor:.......................................................
Título de la obra:.............................................................
Nombre del autor:............................................................
Idioma al que se traduce:....................................................
Cuantía solicitada (en pesetas):............................................
Fecha prevista de la edición:................................................
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid