De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de Reforma Universitaria, y el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre,
Este Rectorado ha resuelto publicar la modificación del plan de estudios correspondiente al título oficial de Licenciado en Farmacia ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de enero de 1993 y de 24 de diciembre de 1997), la cual ha sido homologada por acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades en fecha 24 de marzo de 1999, en el sentido de:
"Para poder matricularse de Prácticas Tuteladas, el alumno deberá tener superados un mínimo de 252,5 créditos troncales y obligatorios del vigente plan de estudios de la enseñanza de Farmacia. De los 50 créditos troncales y obligatorios restantes, 34,5 corresponderán necesariamente a las asignaturas de Salud Pública, Farmacia Galénica III y Prácticas Tuteladas, y los 15,5 a otras asignaturas del plan de estudios."
Barcelona, 13 de abril de 1999.-El Rector, Antonio Caparrós i Benedicto.
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