Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-9229

Resolución de 26 de marzo de 1998, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas Consejo Superior de Investigaciones Científicas/Comunidad de Madrid/Museo Nacional de Ciencias Naturales.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 1998, páginas 12889 a 12890 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-9229

TEXTO ORIGINAL

La Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, secundando la iniciativa de la Comunidad Autónoma de Madrid, ha resuelto, el 24 de marzo de 1998, convocar una beca predoctoral y tres postdoctorales, para jóvenes que se incorporarán a la labor investigadora que se realiza en el Museo Nacional de Ciencias Naturales, con arreglo a las bases que se detallan en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 26 de marzo de 1998.-El Presidente, César Nombela Cano.

ANEXO

Bases de la convocatoria

I. Plazo de solicitud

Estas becas habrán de solicitarse a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y durante un plazo de treinta días naturales, en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano, 113, 28006 Madrid, por correo certificado, o bien por alguno de los procedimientos previstos en la legislación vigente.

II. Requisitos de los solicitantes

Los aspirantes a estas becas habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.

b.1) Los aspirantes a beca predoctoral, deberán tener aprobadas todas las asignaturas constitutivas del título de Licenciado en Ciencias Biológicas, Geológicas, Físicas, Químicas o Matemáticas. Licenciatura en junio de 1994 o posterior.

b.2) Los aspirantes a beca postdoctoral deberán estar en posesión del grado de Doctor en Ciencias Biológicas o Geológicas en el momento de presentar la solicitud y de todos modos, antes de la toma de posesión. Se valorará positivamente el tiempo de estancia en el extranjero.

c) Tanto unos aspirantes como otros, que hayan efectuado sus estudios en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán acreditar que les han sido convalidados o reconocidos.

d) Acreditar la tutoría de un investigador del CSIC, así como la autorización del Director del Museo Nacional de Ciencias Naturales.

e) El proyecto de investigación deberá encuadrarse dentro de una de las siguientes líneas prioritarias:

Análisis de la diversidad biológica en el ámbito de la CAM.

Gestión y conservación de fauna y colecciones de historia natural en la CAM.

El estudio de la ecología y dinámica de poblaciones de especies que habitan en la CAM.

Estudios paleontológicos, geológicos y geomorfológicos en la CAM.

III. Dotaciones

1. La dotación de las becas predoctorales será de 110.000 pesetas brutas mensuales, durante la primera y segunda anualidad y de 120.000 pesetas brutas mensuales durante la tercera y la cuarta anualidad, y la de las postdoctorales de 161.250 pesetas brutas mensuales, siéndole de aplicación el artículo 25 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, sobre Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

2. Los becarios serán beneficiarios de una póliza colectiva de accidentes corporales y asistencia médica. Este último es extensible, a petición del interesado, al cónyuge e hijos del beneficiario, siempre que no tengan derecho a cobertura de la Seguridad Social.

3. Las becas se abonarán por mensualidades completas y con referencia a la situación de derecho del becario el día 15 del mes a que se refiere.

IV. Período y condiciones de disfrute

El período de disfrute de todas las becas es de doce meses, pudiendo prorrogarse las becas predoctorales hasta tres veces por períodos de doce meses. Las becas postdoctorales, en casos excepcionales, podrán prorrogarse por una sola vez.

Los perceptores de estas ayudas se incorporarán al Museo Nacional de Ciencias Naturales en la fecha que se indique en la comunicación de concesión de las mismas.

Las becas serán incompatibles con el disfrute de cualquier otro tipo de beca o ayuda y con la percepción de cualquier tipo de remuneración o subsidio de desempleo.

No obstante, serán compatibles con bolsas de viaje destinadas a sufragar los gastos de desplazamiento y a suplementar la beca cuando el becario deba trasladarse a ejecutar aspectos concretos de su proyecto de trabajo a un centro distinto del inicial en España o en el extranjero, por tiempo limitado y con la autorización correspondiente del organismo.

La solicitud de prórroga deberá manifestarse al Departamento de Postgrado y Especialización al cumplirse los nueve primeros meses de disfrute de la beca. Para ello, los becarios deberán enviar junto con la solicitud de prórroga, una Memoria relativa a la labor realizada y la que se proponen llevar a cabo en caso de serle concedida dicha prórroga, acompañada del informe del Director de Trabajo, con el visto bueno del Director del Museo.

A la vista de esta documentación la Comisión de Selección propondrá a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas la correspondiente prórroga o baja.

A los efectos de concursos y oposiciones dentro del organismo se considerará tarea investigadora el tiempo de disfrute de la beca.

V. Formalización de solicitudes

Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de los interesados en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano, 113, 28806 Madrid.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa de la titulación exigida, en original o fotocopia debidamente compulsada por la autoridad académica competente.

2. Curriculum vitae del solicitante, según modelo que se facilitará en el Departamento de Postgrado y Especialización del CSIC.

3. Memoria-anteproyecto del trabajo a realizar, que deberá incluir un informe del Director del mismo, con el visto bueno del Director del Museo.

4. Relación de las diez publicaciones más relevantes durante los últimos cinco años del grupo investigador receptor del becario a juicio de los integrantes de dicho grupo.

5. Fotocopia del documento nacional de identidad.

6. Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones y disfrute de otras becas o ayudas distintas a las indicadas en el apartado IV.

VI. Selección de los becarios

Para la selección de los candidatos se nombrará una comisión formada por la Subdirectora general de Programación, Seguimiento y Documentación Científica, el Vicedirector de Investigación, el Coordinador del Área de Recursos Naturales y un representante del Gobierno de la Comunidad de Madrid y será presidida por el Vicepresidente de Investigación Científica y Técnica del CSIC.

En la selección se tendrán en cuenta, además de los requisitos administrativos, todos los méritos académicos y científicos aportados, tanto los que refieren al candidato como al grupo receptor, así como el interés y la oportunidad del tema de investigación propuesto y el carácter formativo del plan de trabajo. Los candidatos seleccionados en esta fase podrán ser citados para una entrevista personal. La Comisión de Selección elevará a la Presidencia del CSIC una relación de aquellos candidatos que deban ser becados.

Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los interesados en el plazo de cuarenta y cinco días naturales a partir de la fecha de la resolución de concesión de las becas. Las que no hayan sido recogidas pasado este plazo serán destruidas.

VII. Obligaciones de los becarios

Primera.-Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del plan de trabajo presentado.

Segunda.-Presentar al término del período de disfrute de la beca el correspondiente informe final descriptivo de la labor realizada.

Tercera.-Permanecer asiduamente en el Museo Nacional de Ciencias Naturales.

Cuarta.-Todas las publicaciones o informes que se realicen dentro del marco del disfrute de estas becas deberán reconocer explícitamente el apoyo de la CAM.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid