En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Pedro A. Pardillo Larena, en representación de don Pedro Facundo Garre Navarro, contra la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 31 de julio de 1996, sobre la incoación de expediente sancionador, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Novena, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado, con fecha 28 de mayo de 1997, la sentencia firme cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Pardillo Larena, en nombre y representación de don Pedro Facundo Garre Navarro, contra la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 31 de julio de 1996, debemos declarar y declaramos que la citada resolución no vulnera los derechos fundamentales recogidos en los artículos 14, 20.1.a) y 24.1 de la Constitución Española, con expresa condena en costas a la parte demandante."
He tenido a bien disponer que se cumpla la mencionada sentencia en sus propios términos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 8 de enero de 1998.
MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Ilmo. Sr. Director general de los Registros y del Notariado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid