Visto el expediente de indulto de don Sawed Aitona, con los informes
del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de
exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el
artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Cuarta de la
Audiencia Provincial de Cádiz que, en sentencia de fecha 21 de mayo
de 1997 le condenó, como autor de un delito contra la salud pública,
a la pena de tres años y nueve meses de prisión y multa de 1.000.000
de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y
derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos
en el año 1996; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de diciembre de 1998,
Vengo en indultar a don Sawed Aitona la pena privativa de libertad
pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida4dediciembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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