La Secretaría de Estado para la Administración Pública, al amparo
de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, ha suscrito acuerdos de encomienda de gestión
con las Subsecretarías de los Ministerios de Economía y Hacienda, Fomento
y Medio Ambiente para que, en su ámbito respectivo, lleven a cabo la
gestión material de las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo General
Auxiliar de la Administración del EstadooalaEscala Auxiliar de
Organismos Autónomos, derivadas del proceso de consolidación del empleo
temporal.
Para general conocimiento se dispone la publicación de los citados
acuerdos como anexos a la presente Resolución.
Madrid, 21 de diciembre de 1998.-El Subsecretario, Juan Junquera
González.
ANEXO I
Acuerdo de encomienda de gestión a la Subsecretaría del Ministerio
de Economía y Hacienda
Primero.-La Secretaría de Estado para la Administración Pública y
la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda acuerdan, en el
marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, que la citada Subsecretaría lleve a cabo,
por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas de
acceso al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado en
el ámbito de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, derivadas del
proceso de consolidación del empleo temporal.
Segundo.-La gestión material que se encomienda, con respecto al
Cuerpo citado en el apartado anterior se concretará en las siguientes
actividades, con el alcance que en cada caso se señala:
a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas
las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de
comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos,
con indicación de las causas de exclusión.
c) Propuesta de los miembros que han de formar los tribunales
calificadores de las pruebas.
d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de
los ejercicios.
e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias a las que hace
referencia el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo, siempre
que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los
elementos sustantivos de su ejercicio.
Tercero.-Correrán a cargo de la sección presupuestaria "Ministerio
de Economía y Hacienda" los gastos originados por la gestión material
objeto de la presente encomienda.
Cuarto.-El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de
dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación del presente
instrumento en el "Boletín Oficial del Estado".
Quinto.-La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad
de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio,
atribuidas a la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
Sexto.-Es responsabilidad de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que
den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto
de la presente encomienda de gestión.
Disposición adicional.
Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda
de gestión el Secretario de Estado para la Administración Pública y el
Subsecretario de Economía y Hacienda.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.-El Secretario de Estado para la
Administración Pública, Francisco Villar García-Moreno.-El Subsecretario
de Economía y Hacienda, Fernando Díez Moreno.
ANEXO II
Acuerdo de encomienda de gestión a la Subsecretaría del Ministerio
de Fomento
Primero.-La Secretaría de Estado para la Administración Pública y
la Subsecretaría del Ministerio de Fomento acuerdan, en el marco de lo
dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, que la citada Subsecretaría lleve a cabo, por
razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas de acceso
a la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos en el ámbito de la
Subsecretaría de Fomento, derivadas del proceso de consolidación del empleo
temporal.
Segundo.-La gestión material que se encomienda, con respecto a la
Escala citada en el apartado anterior, se concretará en las siguientes
actividades, con el alcance que en cada caso se señala:
a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas
las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de
comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos,
con indicación de las causas de exclusión.
c) Propuesta de los miembros que han de formar los tribunales
calificadores de las pruebas.
d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de
los ejercicios.
e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias a las que hace
referencia el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo, siempre
que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los
elementos sustantivos de su ejercicio.
Tercero.-Correrán a cargo de la sección presupuestaria "Ministerio
de Fomento" los gastos originados por la gestión material objeto de la
presente encomienda.
Cuarto.-El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de
dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación del presente
instrumento en el "Boletín Oficial del Estado".
Quinto.-La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad
de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio,
atribuidas a la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
Sexto.-Es responsabilidad de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que
den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto
de la presente encomienda de gestión.
Disposición adicional.
Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda
de gestión el Secretario de Estado para la Administración Pública y el
Subsecretario de Fomento.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.-El Secretario de Estado para la
Administración Pública, Francisco Villar García-Moreno.-El Subsecretario
de Fomento, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
ANEXO III
Acuerdo de encomienda de gestión a la Subsecretaría del Ministerio
de Medio Ambiente
Primero.-La Secretaría de Estado para la Administración Pública y
la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente acuerdan, en el marco
de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, que la citada Subsecretaría lleve a cabo, por
razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas de acceso
a al Escala Auxiliar de Organismos Autónomos en el ámbito de la
Subsecretaría de Medio Ambiente, derivadas del proceso de consolidación
del empleo temporal.
Segundo.-La gestión material que se encomienda, con respecto a la
Escala citada en el apartado anterior se concretará en las siguientes
actividades, con el alcance que en cada caso se señala:
a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas
las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de
comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos,
con indicación de las causas de exclusión.
c) Propuesta de los miembros que han de formar los tribunales
calificadores de las pruebas.
d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de
los ejercicios.
e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias a las que hace
referencia el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo, siempre
que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los
elementos sustantivos de su ejercicio.
Tercero.-Correrán a cargo de la sección presupuestaria "Ministerio
de Medio Ambiente" los gastos originados por la gestión material objeto
de la presente encomienda.
Cuarto.-El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de
dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación del presente
instrumento en el "Boletín Oficial del Estado".
Quinto.-La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad
de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio,
atribuidas a la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
Sexto.-Es responsabilidad de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que
den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto
de la presente encomienda de gestión.
Disposición adicional.
Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda
de gestión el Secretario de Estado para la Administración Pública y el
Subsecretario de Medio Ambiente.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.-El Secretario de Estado para la
Administración Pública, Francisco Villar García-Moreno.-El Subsecretario
de Medio Ambiente, Claro José Fernández-Carnicero González.
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