Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-29986

Resolución de 9 de diciembre de 1998, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes la denominada Fundación ORL de Getafe, de Villaviciosa de Odón (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 1998, páginas 43996 a 43996 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-29986

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones

Docentes de la denominada Fundación ORL de Getafe, instituida en Getafe

(Madrid), y domiciliada en Villaviciosa de Odón (Madrid), calle Pastor,

número 4.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida por don Ricardo Sanz

Fernández y otros en escritura otorgada en Getafe el día 27 de marzo de 1998,

modificada por una de fecha 29 de julio de 1998 y otra de 19 de octubre

de 1998.

Segundo.-Tendrá por objeto, entre otros, la promoción de la formación

en el área de otorrinolaringología a través de la organización de cursos

de especialización, seminarios, ayudas a la permanencia para la mejora

de conocimientos en centros nacionales o extranjeros. La realización de

estudios, investigaciones y asesoramientos en las materias señaladas, bien

por propia iniciativa o de otras entidades públicas o privadas.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación, según consta en la

escritura de constitución, asciende a 1.000.000 de pesetas.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación

se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento

y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los

Patronos sus cargos con carácter gratuito.

Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por Presidente,

don Ricardo Sanz Fernández; Vicepresidente, don Enrique Durio Calero;

Secretaria, doña María Cristina Molina Quirós; Tesorera, doña Marta

Colmenero Ruiz; Vocales, don Manuel Pablo García Laguna, don Gerardo

Monedero Rodrigo, don Antonio Rodríguez Rivero, don Antonio José Lara

Peinado, doña Ana Marta Abad Pascual, doña María Teresa Mansilla González

y don Daniel Segarra Fenoll, habiendo aceptado todos ellos sus respectivos

cargos.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge

en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los

mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.

Vistos la Constitución vigente; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre

("Boletín Oficial del Estado" del 25), de Fundaciones y de Incentivos

Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el

Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal de 23 de febrero de 1996

("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo); el Reglamento de Fundaciones

Culturales Privadas de 21 de julio de 1972 ("Boletín Oficial del Estado"

de 30 de octubre), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de

fundación para fines de interés general.

Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría la resolución de este

expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2.h) del Real Decreto

1887/1996, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 6).

Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la

inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano

al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución

de fines de interés generalyaladeterminación de la suficiencia de la

dotación, considerándose competente a tal efecto la Secretaría General

del Protectorado de Fundaciones Docentes y de Investigación, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.

Cuarto.-Examinados los fines de la Fundación y el importe de la

dotación, la Secretaría General de Fundaciones Docentes y de Investigación

estima que aquéllos son de tipo educativo y de investigación e interés

general y que la dotación es inicialmente suficiente y adecuada para el

cumplimiento de los fines, por lo que, acreditado el cumplimiento de los

requisitos establecidos en el artículo 36 de la Ley y demás formalidades

legales, procede acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones como

de ámbito estatal.

Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de

Fundaciones y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del

Departamento, ha resuelto inscribir en el Registro de Fundaciones a la

denominada Fundación ORL de Getafe, de ámbito estatal, con domicilio

en Villaviciosa de Odón (Madrid), calle Pastor, número 4, así como el

Patronato, cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de

hecho.

Madrid, 9 de diciembre de 1998.-El Subsecretario, Ignacio González

González.

Sr. Secretario general de Fundaciones Docentes, Investigación y

Deportivas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid