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Documento BOE-A-1998-2959

Resolución de 12 de enero de 1998, de la Dirección General del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca una beca de formación de posgraduado, en el programa de acción cultural y educativa que desarrolla el museo.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 1998, páginas 4729 a 4732 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-2959

TEXTO ORIGINAL

Durante los últimos años se está produciendo un amplio debate sobre el papel educativo y cultural del museo y las condiciones que esta institución debe reunir para satisfacer las expectativas de sus visitantes. De ello se deriva un nuevo planteamiento sobre el papel del público al que el museo dirige su discurso expositivo, y la consideración del visitante como parte activa del mismo.

En esta línea, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, a través de su Departamento de Comunicación, ha venido desarrollando una serie de estudios sobre perfiles de público del museo, cuyo alcance y metodología es preciso actualizar, a la vista de las nuevas investigaciones que se están realizando en este área, que comprende desde los estudios sobre la utilización del espacio expositivo, hasta estudios sobre conocimientos previos y aprendizaje formal e informal en el contexto de la exposición. Para iniciar una línea de investigación que aborde los estudios de público desde esta perspectiva, el MNCARS ha decidido convocar una beca al amparo de lo establecido en el punto primero, a), de la Orden de 6 de febrero de 1992 por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas y subvenciones del Ministerio de Cultura y sus organismos autónomos ("Boletín Oficial del Estado" de 21 de febrero de 1996).

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el punto sexto de la Orden de 6 de febrero de 1992 he tenido a bien disponer:

Primero.-Convocar para 1998, en régimen de concurrencia competitiva, una beca para la realización de estudios de público en el museo, a través del Departamento de Comunicación.

Segundo.-La dotación de esta beca, prevista inicialmente por un período máximo de siete meses, se establece en 700.000 pesetas que serán objeto de abono mensual en pagos parciales de 100.000 pesetas brutas. No obstante, si debido al proceso de selección no fuera posible que el proyecto de investigación se desarrollara en el plazo máximo de siete meses previsto, el importe global indicado se minorará de forma proporcional, adaptándose a la duración real de la beca desde la incorporación efectiva del becario al museo hasta el 31 de diciembre de 1998. Los pagos se realizarán por meses vencidos y estarán sujetos a las retenciones legales.

El MNCARS, por su parte, se hará cargo de la cobertura del seguro para accidentes corporales y asistencia médica que tendrá como beneficiario al becario/a.

Tercero.-La financiación de esta beca, por importe de 700.000 pesetas, se hará con cargo al crédito consignado a tales efectos en la aplicación presupuestaria 18.108.480, del programa 453.A del Presupuesto de Gastos para 1998 del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Cuarto.-La beca se concederá de acuerdo con las bases que figuran como anexo I en la presente Resolución.

Quinto.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 12 de enero de 1998.-El Director, José Guirao Cabrera.

ANEXO I

Bases

1. Requisitos

Para optar a esta beca se deberán reunir las condiciones siguientes:

a) Poseer la nacionalidad de alguno de los países integrantes de la Unión Europea.

b) Estar en posesión del título universitario de alguna de las siguientes licenciaturas: Historia del Arte, Sociología, Psicología.

c) No haber transcurrido más de cuatro años desde la fecha de obtención del título universitario.

d) Tener dominio del español y conocimientos de inglés y/o francés. La acreditación de estos extremos deberá realizarse mediante certificaciones oficiales y las pruebas que al efecto el museo determine.

2. Solicitudes

2.1 Las solicitudes, dirigidas al ilustrísimo señor Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, se presentarán en el Registro General del MNCARS, calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.2 A la instancia deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Formulario de solicitud, conforme al modelo que se adjunta en el anexo II de la presente convocatoria.

b) Fotocopia de documento oficial acreditativo de su identidad y del número de identificación fiscal si lo tuviese.

c) Currículum vitae académico y profesional del solicitante con especificación de los estudios realizados, títulos académicos conseguidos y trabajos y cargos desempeñados en el ámbito de estudio objeto de la presente convocatoria. Se adjuntará justificación documental de los méritos o actividades reseñados.

d) Certificado del expediente académico universitario con calificaciones, o documento equivalente.

e) Un breve informe del proyecto de investigación a desarrollar durante el período que dure la beca. El informe estará mecanografiado y tendrá una extensión máxima de dos folios a doble espacio.

f) Dos cartas de referencia en apoyo de la solicitud del candidato.

g) Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones o disfrute de otras becas o ayudas, tal como se indica en el apartado 7.4.

h) El MNCARS podrá requerir la información complementaria que resulte necesaria.

3. Plazo de presentación

3.1 El plazo de presentación de instancias será de quince días naturales a partir de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

3.2 Si la solicitud no reuniera los datos o documentos exigidos, el MNCARS requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite.

4. Selección

4.1 El estudio de las solicitudes presentadas y la propuesta de selección correrá a cargo de una Comisión de Estudio y Valoración que tendrá la siguiente composición:

Presidente: Subdirector general Gerente.

Vicepresidente: Jefe del Departamento de Comunicación.

Vocales: Dos Vocales a determinar entre el personal funcionario o laboral fijo del MNCARS con categoría mínima de Jefe de Servicio o equivalente en el ámbito laboral.

Secretario: Un funcionario del centro con categoría mínima de Jefe de Sección.

El Presidente podrá delegar en el Vicepresidente de la Comisión, y en su defecto, en el miembro de la Comisión de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden respectivamente.

4.2 En el proceso de selección se valorará la formación y experiencia del solicitante en materia de estudios de público en museos.

4.3 La Comisión ajustará su actuación a lo previsto para los órganos colegiados en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5. Resolución

5.1 La convocatoria será resuelta en un plazo máximo de treinta días naturales a partir de la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. 5.2 La Comisión elaborará una lista de seleccionados y suplentes, ordenados por la puntuación alcanzada en el proceso de selección, y formulará la correspondiente propuesta de resolución al Director del MNCARS para la resolución de concesión. Dicha resolución no agota la vía administrativa y contra la misma procederá recurso ordinario administrativo ante la Ministra de Educación y Cultura.

5.3 La resolución de concesión se notificará al beneficiario/a y se hará pública en el tablón de anuncios del MNCARS, en su sede de Santa Isabel 52, primera planta, haciéndose constar expresamente la desestimación del resto de las solicitudes presentadas.

6. Período

La fecha de inicio se comunicará al beneficiario/a en la resolución de concesión de la beca, y el período de disfrute de la misma será hasta el 31 de diciembre de 1998.

De acuerdo con las disponibilidades presupuestarias de ejercicios económicos posteriores, la beca objeto de esta convocatoria será susceptible de ser prorrogada por un período máximo equivalente al de su concesión inicial, siempre y cuando el desarrollo del proyecto de investigación así lo requiera.

El becario/a contará con el asesoramiento, orientación y dirección de un responsable del Departamento de Comunicación, que definirá las tareas a realizar.

7. Obligaciones del becario/a

7.1 El becario/a, por el solo hecho de solicitar esta beca, se compromete a aceptar el contenido de esta convocatoria y el resultado de la misma y a cumplir con las obligaciones siguientes:

a) No tener adquirido ningún compromiso que le impida el cum plimiento íntegro y/o continuado de esta beca.

b) Aceptar por escrito la beca concedida dentro del plazo de diez días naturales a partir de la recepción de la notificación de la concesión por el MNCARS. De no aceptarse la beca dentro de dicho plazo se entenderá que renuncia a la misma, concediéndose al suplente que figure en primer lugar en la resolución de concesión.

La aceptación deberá ir acompañada de la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias mediante la presentación de certificación administrativa expedida al efecto por la Administración correspondiente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo.

c) Incorporarse al MNCARS, en el plazo que se establezca en la resolución de concesión a la que se refiere la base 5.

d) Cumplir un horario diario de asistencia y participación en las labores de formación no inferior a seis horas, de lunes a viernes.

7.2 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el apartado anterior, o la no realización de los trabajos para su formación práctica en condiciones satisfactorias, podrá suponer, oído el becario/a, la privación de la beca por el tiempo que quedase pendiente, además de otras responsabilidades que resultasen exigibles.

7.3 El becario/a queda obligado a someterse a cuantas medidas de comprobación se estime oportuno por la entidad concedente, y a las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Administración del Estado, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas.

7.4 El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria será incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, debiéndose reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.

8. Justificación

A los efectos de lo dispuesto en el punto quinto de la Orden de 6 de febrero de 1992, el beneficiario/a deberá presentar ante el MNCARS una memoria detallada de las actividades realizadas en el servicio pedagógico, de modo que quede acreditado el cumplimiento del objeto de la beca, dentro del mes siguiente a la finalización del plazo fijado para la terminación de la beca.

9. Régimen general de las becas

La beca que se convoca se ajustará a lo previsto en el Real Decre to 2225/1993, de 17 de diciembre, y en la Orden del Ministerio de Cultura de 6 de febrero de 1992, implicando la concurrencia a esta convocatoria la aceptación del régimen establecido en la misma.

ANEXO II

Datos personales del solicitante

Primer apellido Segundo apellido

Nombre

Dirección

Calle/plaza , número , piso Localidad

Provincia código postal , teléfono

Datos de identidad:

Fecha nacimiento , localidad , provincia

DNI: , nacionalidad , sexo

Títulos académicos superiores:

Título / Sección, espec. Centro / Lugar / Fecha

Actividades profesionales

Cargo o categoría / Centro, Departamento o Sección / Fecha (Ingreso - Cese)

Idiomas:

Traduce:

Escribe:

Habla:

Lee:

Documentación que acompaña:

Copia del DNI o del NIF.

Copia del título.

Currículum vitae académico y profesional.

Certificado del expediente académico universitario.

Informe relativo al proyecto de investigación.

Cartas de referencia.

Justificante acreditativo de conocimiento de inglés.

Justificante acreditativo de conocimiento de francés.

Otra.

Madrid, a

Firmado,

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