Visto el expediente de indulto de don Manuel Benito Martínez Cambeiro,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Primera
de la Audiencia Provincial de Pontevedra que, en sentencia de fecha 17
de septiembre de 1996, resolutoria de recurso de apelación interpuesto
contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo, de fecha 30 de
abril de 1996, le condenó, como autor de un delito de alzamiento de bienes,
a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de
suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 1988; a propuesta de la
Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en
su reunión del día 20 de noviembre de 1998,
Vengo en conmutar a don Manuel Benito Martínez Cambeiro la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de sesenta
días-multa a satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y
forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador,
a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo
de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 20 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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