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Visto el expediente de indulto de don Miguel de la Cruz de la Cruz, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Albacete, en sentencia de fecha 16 de octubre de 1995, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil y de un delito continuado de estafa, en concurso medial, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión menor y multa de 800.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en los años 1985 y 1990, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de noviembre de 1998,
Vengo en conmutar a don Miguel de la Cruz de la Cruz la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 20 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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