Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 7 de octubre de 1998, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 899/1996, promovido por «Cofacan, Sociedad Anónima», y don Francisco Carmelo Martín de León, sobre reclamación por infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Primero. Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo promovido por el Procurador don Antonio Andrés García Arribas, en nombre y representación de la entidad «Cofacan, Sociedad Anónima», y de don Francisco Carmelo Martín de León, contra la resolución de la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación de 27 de junio de 1996, sobre sanciones en materia de pesca marítima, resolución que anulamos en parte por no ser conforme a Derecho.
Segundo. Dejar sin efecto la sanción impuesta en la resolución recurrida en cuanto al hecho consistente en ‘‘faenar en aguas españolas sin licencia’’, sancionado con 1.000.000 de pesetas.
Tercero. Dejar sin efecto el decomiso de las capturas en el porcentaje que supere el 10 por 100, caso de haberse decomisado la totalidad de la pesca, y siempre y cuando la misma fuere de talla reglamentaria.
Cuarto. Desestimar las demás pretensiones deducidas por la parte recurrente.
Quinto. No procede hacer expresa declaración en materia de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 24 de noviembre de 1998.‒P. D. (Orden de 28 de julio de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid