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Documento BOE-A-1998-28177

Resolución de 16 de noviembre de 1998, conjunta de la Subsecretaría y de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo de carné identificativo para la Inspección de los Servicios.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 1998, páginas 40370 a 40373 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-28177
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/11/16/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1733/1998, de 31 de julio, sobre procedimientos de actuación de la Inspección de los servicios del Ministerio de Economía y Hacienda, en el apartado 2 de su artículo 9 establece que «Los inspectores de los Servicios y su personal colaborador estarán obligados a identificarse como tales ante el personal objeto de las actuaciones de inspección».

En el apartado séptimo de la Orden de 8 de octubre de 1998, que desarrolla el citado Real Decreto, se señala que «Para los casos en que, según el artículo 9, apartado 2, del Real Decreto 1733/1998 se requiera su utilización, los Inspectores de los servicios y su personal colaborador dispondrán de un carné identificativo especial, suscrito por el Subsecretario de Economía y Hacienda o el Director General de la Agencia Tributaria». Se establece igualmente que en el carné figurará de manera resumida el carácter y facultades de su titular, y que tendrá la misma validez que los requeridos para el acceso a cualquiera de las oficinas, dependencias y archivos de la Agencia Tributaria, o del resto del Ministerio, así como a cualesquiera unidades y archivos de las comunidades autónomas relacionados con los tributos cedidos, en la medida en que sea necesario para la realización de las preceptivas inspecciones anuales sobre la gestión de los mismos. Se establece también que dicho modelo de carné se aprobará por Resolución de la Subsecretaría de Economía y Hacienda y de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Es preciso, en consecuencia, proporcionar a los Inspectores de Servicios y a su personal colaborador de carné acreditativo de su identificación personal para los casos y términos previstos en las normas vigentes.

En su virtud, se resuelve:

Primero.

Aprobar los modelos de carnés identificativos que figuran en los anexos de esta Resolución para los Inspectores de los Servicios del Ministerio de Economía y Hacienda (anexos I y II), Inspectores de los Servicios de Comercio y Turismo (anexo III) y Colaboradores de la Inspección de los Servicios y de Auditoría (anexos IV y V).

Segundo.

Los citados carnés se expedirán por la Subsecretaría de Economía y Hacienda o la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el momento en que se produzca la toma de posesión en los puestos de trabajo por parte de los funcionarios respectivos.

Tercero.

A los funcionarios que hayan tomado posesión de su puesto de trabajo con anterioridad a la entrada en vigor de esta Resolución se les expedirá el carné identificativo con fecha de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.

En los casos de sustracción, pérdida, destrucción o deterioro del carné identificativo su titular deberá comunicar estos extremos a la Subsecretaría de Economía y Hacienda o a la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a los efectos oportunos de control y para la tramitación del nuevo carné que lo sustituya.

Quinto.

En los casos de cese en el puesto de trabajo, los funcionarios harán entrega de los respectivos carnés al Inspector General del Ministerio de Economía y Hacienda o al Director del Servicio de Auditoría Interna, en un plazo máximo de quince días después de haberse producido.

Madrid, 16 de noviembre de 1998.–El Subsecretario, Fernando Díez Moreno.–El Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, José Aurelio García Martín.

ANEXO N.º I
Carnet identificativo con fondo color crema

Imagen: /datos/imagenes/disp/1998/291/28177_8340208_image1.png

ANEXO N.º II
Carnet identificativo con fondo color crema

Imagen: /datos/imagenes/disp/1998/291/28177_8340208_image2.png

ANEXO N.º III
Carnet identificativo con fondo color crema

Imagen: /datos/imagenes/disp/1998/291/28177_8340208_image3.png

ANEXO N.º IV
Carnet identificativo con fondo blanco

Imagen: /datos/imagenes/disp/1998/291/28177_8340208_image4.png

ANEXO N.º V
Carnet identificativo con fondo blanco

Imagen: /datos/imagenes/disp/1998/291/28177_8340208_image5.png

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/11/1998
  • Fecha de publicación: 05/12/1998
Referencias anteriores
Materias
  • Inspección General del Ministerio de Economía y Hacienda
  • Tarjeta de Identidad Profesional

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