Concurso: Se convoca concurso público, para otorgamiento de
autorizaciones de pesca de coral en zonas protegidas, para la zona de Cataluña,
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1212/1984, de 8 de junio,
en la Orden de 15 de marzo de 1985 y en la Resolución de 10 de abril
de 1985, de la Secretaría General de Pesca Marítima, exceptuándose la
modalidad de embarcaciones con artes coraleros.
Impresos de solicitud: Para acudir al concurso se utilizarán los impresos
de solicitud que serán facilitados en la Dirección General de Recursos
Pesqueros, calle José Ortega y Gasset, 57, Madrid, y en las Áreas y
Dependencias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conjuntamente
con los pliegos de prescripciones.
Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes para acudir al
concurso, con la documentación que corresponda, se dirigirán al Secretario
general de Pesca Marítima y se presentarán en el Registro General de
la Secretaría General de Pesca Marítima, calle José Ortega y Gasset, 57,
planta primera, Madrid, o en las Áreas y Dependencias del Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación, o en la forma prevista en el artículo 38
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el
plazo de cuarenta días naturales, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
Documentación: La documentación deberá presentarse en la forma que
se determina en el pliego de cláusulas administrativas.
Apertura de sobres: La apertura de sobres se llevará a cabo,
públicamente, por la mesa de adjudicación, a las diez horas del cuarto día
hábil, contados a partir del día de finalización del plazo de presentación
de las solicitudes para acudir al concurso, en la Secretaría General de
Pesca Marítima.
Adjudicaciones: La mesa de adjudicación, tras la apertura de sobres,
se retirará a deliberar, elevará propuesta de resolución al ilustrísimo señor
Director general de Recursos Pesqueros, quien resolverá la concesión de
las autorizaciones, la relación por orden de preferencia de las solicitudes
y consecuentemente de los seleccionados.
Entrega de autorizaciones: La resolución del concurso se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado", pudiendo los interesados retirar la
documentación acreditativa de la autorización, en la Dirección General de
Recursos Pesqueros.
Transcurridos seis meses sin que se dicte resolución expresa, se
entenderá desestimada.
Contra la Resolución que se dicte podrá interponerse recurso ordinario
en el plazo de un mes, dirigido al Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 de la mencionada
Ley 30/1992.
Los plazos que se establecen en la presente Resolución se empezarán
a contar a partir del día siguiente hábil al de su publicación.
Madrid, 26 de octubre de 1998.-El Director general, José Ramón
Barañano.
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