Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 14 de octubre de 1997, sentencia firme en el recurso de apelación número 10.019/1991, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 47.581, promovido por la "Sociedad Petrolífera Española Shell, Sociedad Anónima", sobre infracción administrativa en materia de fitosanitarios; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia de 18 de julio de 1991 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 47.581, y en su consecuencia confirmamos la citada sentencia en cuanto anula las resoluciones impugnadas. Sin que haya lugar a expresa condena en costas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 23 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.
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