Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-24706

Orden de 30 de septiembre de 1998 por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los servicios periféricos del Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 27 de octubre de 1998, páginas 35278 a 35290 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1998-24706

TEXTO ORIGINAL

Existiendo puestos de trabajo vacantes en los servicios

periféricos del Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones

Penitenciarias, estando dotados presupuestariamente y

correspondiendo la provisión al procedimiento de concurso,

Este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 20.1.a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por

la Ley 23/1988, de 28 de julio, previa autorización de las bases

de la presente convocatoria por la Secretaría de Estado para la

Administración Pública, y de conformidad con el artículo 39 del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por la que se aprueba

el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de

Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de

la Administración del Estado, ha dispuesto,

Convocar concurso general para la provisión de los puestos

de trabajo que se relacionan en el anexo I a esta Orden, con

arreglo a las siguientes:

Bases de convocatoria

I. Aspirantes

Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los

funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos Especial

Masculino, Especial Femenino, y de Ayudantes, Escalas Masculina

y Femenina, todos ellos de Instituciones Penitenciarias, siempre

que en la fecha de finalización del plazo de presentación de

solicitudes reúnan los requisitos que se indican para cada puesto

de trabajo, aprobados por la Comisión Ejecutiva Interministerial

de Retribuciones.

2. Cada uno de los funcionarios participantes podrá solicitar,

por el orden de preferencia que estime oportuno, los puestos

vacantes que se incluyen en el anexo I.

3. Los requisitos y méritos que se invoquen deberán cumplirse

por los interesados en la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes.

4. La indicada fecha servirá de referencia para efectuar los

cómputos que hayan de realizarse, pero no justificará, en ningún

caso, la adjudicación de plazas a quien con posterioridad a tal

fecha hubiera quedado en situación de suspenso o hubiera dejado

de reunir los requisitos exigidos para acceder a los puestos

solicitados, viniendo obligados los concursantes, en tales supuestos,

a manifestar por escrito los impedimentos en cuestión.

5. Los funcionarios que pertenezcan a dos Cuerpos de distinto

grupo de los incluidos en el anexo I, sólo podrán participar en

el presente concurso desde uno de ellos. La certificación de méritos

deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho

Cuerpo.

Segunda.-1. Podrán participar en esta convocatoria los

funcionarios comprendidos en la base primera que se encuentren

en situación de servicio activo, servicios especiales, servicio en

Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, suspensión

provisional, procedentes de la situación de suspenso que hayan

cumplido el período de suspensión, excedentes voluntarios y

excedentes para el cuidado de los hijos.

2. Los funcionarios en la situación administrativa de servicio

en Comunidades Autónomas, sólo podrán participar en el presente

concurso, si a la finalización del plazo de presentación de

solicitudes han transcurrido dos años desde su transferencia o

traslado.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo sólo

podrán participar en el presente concurso si han transcurrido dos

años desde la toma de posesión del último destino, salvo que

se dé alguno de los supuestos siguientes:

a) Que tengan destino definitivo en el ámbito del Ministerio

del Interior, con la excepción de los destinados en la Secretaría

de Estado de Seguridad.

b) Que hayan sido removidos del puesto de trabajo obtenido

por el procedimiento de concurso o libre designación, antes de

haber transcurrido dos años desde la correspondiente toma de

posesión.

c) Que procedan de un puesto de trabajo suprimido.

4. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado

de hijos, sólo podrán participar si en la fecha del plazo de

presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma

de posesión del último destino obtenido, salvo que se trate de

funcionarios cuyo puesto de trabajo reservado corresponda a este

Ministerio, a excepción de la Secretaría de Estado de Seguridad,

o en el supuesto previsto en el artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, así como en el caso de supresión del puesto de

trabajo reservado.

5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular, artículo 29.3.c) de la Ley 30/1984, sólo podrán participar

si llevan más de dos años en dicha situación.

6. Los funcionarios en activo con destino provisional en este

departamento, salvo que se hallen en comisión de servicios,

estarán obligados a participar en el presente concurso; en cuanto a

los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo por

adscripción provisional, sólo tendrán la obligación de participar

solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.

Los funcionarios con destino provisional a que se refiere el

presente punto, que no participen, serán destinados a las vacantes

que resulten después de atender las solicitudes del resto de los

concursantes.

7. Por razones de convivencia familiar, dos funcionarios

podrán condicionar su petición al hecho de que obtengan destino

en el mismo concurso, entendiéndose, en caso contrario, anulada

la petición efectuada por ambos. Quienes se acojan a esta fórmula,

deberán acompañar a su instancia fotocopia de la petición del

otro funcionario en la misma convocatoria.

8. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar

en la propia solicitud de vacantes la adaptación de los puestos

solicitados, que no suponga una modificación exorbitante en el

contexto de la organización. La Comisión de Valoración podrá

recabar del interesado, en entrevista personal, la información que

estime necesaria en orden a la adaptación aducida, así como el

dictamen de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los componentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación solicitada y

de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones

del puesto en concreto.

II. Valoración de méritos

Tercera.-Para la valoración de los méritos se tendrán en cuenta

los niveles establecidos con carácter mínimo en el Acuerdo

Administración Sindicatos sobre ordenación de las retribuciones,

aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 12 de junio de 1998

y publicado por Resolución, de 18 de junio, de la Secretaría de

Estado para la Administración Pública. La valoración de los

méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se realizará

con arreglo al siguiente baremo:

1. Méritos específicos:

1.1 Se encuentran recogidos en el anexo IV a esta Orden,

valorándose con las puntuaciones máximas que a continuación

se expresan:

Jefe Servicio Social Externo y Gestor Económico

Administrativo: 10,8 puntos; Apoyo Servicios Sociales: 0,3 puntos.

Cuando la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo

se adquiera a través de comisión de servicios, sólo se tomará

en cuenta, a efectos de valoración de este apartado, las realizadas

en los últimos dos años.

2. Méritos generales:

2.1 Valoración del grado personal consolidado.-Por la

posesión de grado personal consolidado se adjudicarán hasta un

máximo de 6,5 puntos, según el criterio siguiente:

Por grado personal superior al del nivel del puesto

solicitado: 6,5 puntos.

Por grado personal igual al del nivel del puesto solicitado: 6

puntos.

Por grado personal inferior en uno, dos o tres niveles al del

puesto solicitado: 5 puntos.

Por grado personal inferior en cuatro o cinco niveles al del

puesto solicitado: 4 puntos.

Por grado personal inferior en más de cinco niveles al del puesto

solicitado: 3 puntos.

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido

en la Administración de las Comunidades Autónomas, cuando se

halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71

del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el grupo de

titulación a que pertenezca el funcionario.

En el supuesto de que el grado reconocido en una Comunidad

Autónoma exceda del máximo establecido en la Administración

del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Real Decreto

mencionado en el párrafo anterior para el grupo de titulación a que

pertenezca el funcionario, deberá valorársele el grado máximo

correspondiente al intervalo de niveles asignado a su grupo de

titulación en la Administración del Estado.

El funcionario que participe desde departamento ajeno al

Ministerio del Interior y que considere tener un grado personal

consolidado o que pueda ser consolidado durante el período de

presentación de instancias, deberá recabar del órgano o unidad

correspondiente que dicha circunstancia quede expresamente reflejada

en el anexo III (certificado de méritos).

2.2 Valoración del trabajo desarrollado.-En razón del nivel

de complemento de destino del puesto de trabajo actualmente

desempeñado, se adjudicarán hasta un máximo de 6 puntos

conforme a los siguientes criterios:

2.2.1. Por estar desempeñando un puesto de trabajo de nivel:

Superior al del puesto solicitado: 6 puntos.

Igual al del puesto solicitado: 5,5 puntos.

Inferior en uno, dos o tres niveles al del puesto solicitado: 5

puntos.

Inferior en cuatro o cinco niveles al del puesto solicitado: 4,5

puntos.

Inferior en más de cinco niveles al del puesto solicitado: 4

puntos.

Aquellos funcionarios que concursen desde un puesto de

trabajo sin nivel de complemento de destino, se entenderá que están

desempeñando un puesto de nivel mínimo correspondiente al

grupo en que se clasifique su Cuerpo o Escala.

2.3 Cursos de formación y perfeccionamiento.-Se valorarán

hasta un máximo de 3,25 puntos, los cursos de formación y

perfeccionamiento expresamente incluidos en el anexo I de la

convocatoria y que deberán versar sobre materias relacionadas con

el puesto de trabajo a desarrollar, con expresión del número de

horas y centro de impartición, conforme a la siguiente escala:

Cursos de duración comprendida entre veinte y treinta y nueve

horas: 0,10 puntos.

Cursos de duración comprendida entre cuarenta y cincuenta

y nueve horas: 0,20 puntos.

Cursos de duración superior a las cincuenta y nueve horas: 0,30

puntos.

La Comisión de Valoración valorará en su conjunto, y por una

sola vez, los cursos que sean de naturaleza análoga y contenido

curricular similar.

A estos efectos, sólo se computarán aquellos cursos impartidos

tanto por centros oficiales de formación de funcionarios de

cualquiera de las Administraciones públicas, como los organizados

por la Administración penitenciaria y por las centrales sindicales

en virtud de los protocolos y planes de formación suscritos con

aquélla, siendo requisito para su toma en consideración la de

su acreditación documental mediante el oportuno certificado,

donde quedará reflejado el número de horas de duración, así como

el centro de impartición. Asimismo, se valorarán los cursos

impartidos en el ámbito de los acuerdos de formación continua en las

Administraciones públicas.

2.4 Antigüedad.-Se valorará hasta un máximo de 6 puntos,

a razón de 0,20 puntos por año completo de servicios, sin que

puedan computarse más de una vez los servicios prestados

simultáneamente.

A estos efectos, se computarán los servicios prestados con

carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala expresamente

reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

III. Solicitudes, requisitos y documentación

Cuarta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos

imprescindibles deberán ser acreditados por certificado, en copia

de modelo que figura como anexo III a esta Orden.

Este certificado deberá ser expedido por las Unidades

competentes en materia de personal de los departamentos

ministeriales, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias o

del Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones

Penitenciarias, si se trata de funcionarios destinados en servicios centrales.

Cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios

periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias,

será expedido por los Secretarios Generales de las Delegaciones

del Gobierno o de las Subdelegaciones de Gobierno de la provincia

en que se ubiquen los centros en que se encuentren prestando

sus servicios.

2. Los méritos específicos alegados por los concursantes

serán acreditados documentalmente mediante las pertinentes

certificaciones, justificantes o cualquier otro medio, sin perjuicio de

que se pueda recabar de los interesados las aclaraciones o

aportación de la documentación adicional que se estime necesaria para

la comprobación de dichos méritos.

3. Para valorar la capacitación profesional, y con

independencia del sistema y criterios que utilice la Comisión de Valoración,

los candidatos deberán presentar un currículum, que tendrá una

extensión máxima de 5 folios y deberá incluir el siguiente

contenido:

Estudios y formación.

Experiencia y puestos desempeñados con anterioridad, con

descripción de cada uno, destacando en cada caso los aspectos que

puedan tener relación con el nuevo puesto.

Idoneidad o capacitación para el puesto.

4. Respecto al personal destinado en Comunidades

Autónomas, dicha certificación deberá ser expedida por la Dirección

General de la Función Pública de la Comunidad u organismo similar.

5. En el caso de los funcionarios que se encuentren en

situación de excedencia voluntaria, la certificación será expedida por

la Unidad de Personal competente del departamento ministerial

al que esté adscrito su Cuerpo o Escala de pertenencia.

6. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso

deberán acompañar a su solicitud la documentación acreditativa

de la terminación del período de suspensión.

7. Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a su solicitud declaración de haber sido separados del

servicio por cualquiera de las Administraciones públicas.

8. Las certificaciones se valorararán con referencia a la fecha

de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

IV. Presentación de solicitudes

Quinta.-1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso

específico se dirigirán a la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias, se ajustarán a los modelos publicados como anexos

a esta Orden y se presentarán en el plazo de quince días hábiles,

contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", en la Oficina de

Registro de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias,

calle Alcalá, 38-40, 28014 Madrid, o en las oficinas a que se

refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común. Estas oficinas vienen obligadas

a cursar las solicitudes recibidas dentro de las veinticuatro horas

siguientes a partir de su presentación.

El concursante deberá unir a la solicitud reseña del puesto

o puestos a que aspire, por orden de preferencia, así como la

documentación que hubiere de presentar.

2. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias,

las solicitudes formuladas serán vinculantes para los peticionarios.

V. Comisión de Valoración

Sexta.-1. Los méritos serán valorados por una Comisión de

Valoración compuesta por los siguientes miembros: La Gerente

del Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias

o persona en quien delegue, quien la presidirá; seis miembros

en representación de la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias y del Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones

Penitenciarias, uno de los cuales actuará como Secretario, y un

representante de cada una de las centrales sindicales más

representativas y las que cuenten con más del 10 por 100 de

representantes en el conjunto de las Administraciones públicas o en

el ámbito correspondiente.

Los miembros de la Comisión deberán pertenecer al grupo de

titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.

La Comisión de Valoración, cuando lo estime oportuno, podrá

solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos

en calidad de asesores, con voz pero sin voto.

VI. Prioridad para la adjudicación de destinos

Séptima.-1. La Comisión de Valoración elevará a la

autoridad convocante propuesta de adjudicación de cada uno de los

puestos de trabajo que vendrá dada por la puntuación obtenida

según el baremo de la base tercera, siendo preciso obtener una

puntuación mínima de 10 puntos para los puestos de Jefe de

Servicios Sociales Externos y Gestor Económico Administrativo

y de 4 puntos para el de funcionario de Apoyo de Servicios

Sociales, para poder obtener plaza.

2. En caso de empate en la puntuación, se acudirá, para

dirimirlo, a la puntuación otorgada a los méritos enunciados en la

base tercera por el orden expresado. De persistir el empate, se

acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el

Cuerpo o Escala desde los que se concursó y, en su defecto, al

número obtenido en el proceso selectivo.

VII. Plazo de resolución

Octava.-1. El presente concurso se resolverá mediante Orden

de este Ministerio, que se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado". A tal efecto, los listados de adjudicaciones serán expuestos

en la Oficina de Información de la Dirección General de

Instituciones Penitenciarias, reflejándose el puesto de origen de los

interesados a los que se adjudique destino, con indicación del

puesto de procedencia, localidad, grupo, nivel y grado, así como

su situación administrativa cuando sea distinta de la de activo.

2. El concurso se resolverá dentro de los dos meses siguientes

al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

3. La resolución del concurso se motivará con referencia al

cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la

convocatoria. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el

procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la

observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos

de los candidatos.

VIII. Adjudicación de destinos

Novena.-1. Los destinos adjudicados se considerarán de

carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al

abono de indemnización por concepto alguno.

2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables salvo que,

antes de finalizar el plazo posesorio, se hubiera obtenido otro

destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el

interesado en este caso a comunicarlo a los departamentos afectados.

IX. Toma de posesión

Décima.-1. El plazo de toma de posesión del destino

obtenido será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia

del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia

o reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del

concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la adjudicación del

puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma

de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

2. El Subsecretario del departamento donde presta servicios

el funcionario podrá diferir el cese, por necesidades del servicio,

hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarlo a la Dirección

General de Instituciones Penitenciarias.

Excepcionalmente, a propuesta del departamento donde presta

servicios el funcionario, por exigencias del normal funcionamiento

de los servicios, que serán apreciadas en cada caso por el

Secretario de Estado de Administraciones Públicas, podrá aplazarse

la fecha de cese hasta un máximo de tres meses, computada la

prórroga prevista en el párrafo anterior.

Asimismo el Subsecretario del departamento podrá conceder

una prórroga de incorporación hasta un máximo de veinte días

hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita

el interesado por razones justificadas.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando

finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido

concedidos a los interesados, salvo que, excepcionalmente y por

causas justificadas, el órgano convocante acuerde suspender el

disfrute de los mismos.

X. Norma final

Undécima.-La presente convocatoria y los actos derivados de

la misma podrá ser recurridos en vía contencioso administrativa

ante la Audiencia Nacional, disponiendo para ello de un plazo

de dos meses, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Madrid, 30 de septiembre de 1998.-P.D. (Orden de 18 de

junio de 1998), el Presidente del Organismo Autónomo de Trabajo

y Prestaciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

ANEXO I

Descrip ción puesto

Núm. orden Código puesto Centro penitenciario Denominación puesto trabajo Vacantes Localidad Grupo Nivel C.D. C. espec. anual Cursos Méritosespecí ficos

Observa ciones

C. o P. o Nanclares de la Oca

1 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Nanclares de la Oca...... B 221.363.308 (1) (1) (1) H.E.M.G.

2 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Nanclares de la Oca...... B 181.363.308 (2) (2) (2) H.E.

3 004 Apoyo Servicios Sociales............. 1Nanclares de la Oca...... C 141.240.656 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Albacete

4 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Albacete................. B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

5 004 Apoyo Servicios Sociales............. 1Albacete................. C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Alicante Cumplimiento

6 006 Gestor Económico Administrativo.... 1Font Calent.............. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

7 007 Apoyo Servicios Sociales............. 2Font Calent.............. C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

Descrip ción puesto

Núm. orden Código puesto Centro penitenciario Denominación puesto trabajo Vacantes Localidad Grupo Nivel C.D. C. espec. anual Cursos Méritosespecí ficos

Observa ciones

C. o P. o Alicante Psiquiátrico

8 002 Gestor Económico Administrativo.... 1Font Calent.............. B 18 697.764 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Almería Cumplimiento

9 006 Gestor Económico Administrativo.... 1 ElAcebuche.............. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

10 007 Apoyo Servicios Sociales............. 1 ElAcebuche.............. C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Ávila

11 002 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Brieva................... B 22 638.184 (1) (1) (1) H.E.M.G.

12 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Brieva................... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Badajoz

13 006 Gestor Económico Administrativo.... 1Badajoz.................. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

14 007 Apoyo Servicios Sociales............. 1Badajoz.................. C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Palma de Mallorca

15 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Palma de Mallorca........ B 22 713.640 (1) (1) (1) H.E.M.G.

16 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Palma de Mallorca........ B 18 713.640 (2) (2) (2) H.E.

17 004 Apoyo Servicios Sociales............. 2Palma de Mallorca........ C 14 584.208 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Ibiza

18 002 Gestor Económico Administrativo.... 1 SanJosé................. B 18 571.560 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Burgos

19 006 Gestor Económico Administrativo.... 1Burgos................... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

20 007 Apoyo Servicios Sociales............. 1Burgos................... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Cáceres II

21 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Cáceres.................. B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

22 006 Apoyo Servicios Sociales............. 1Cáceres.................. C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Algeciras

23 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Algeciras................. B 22 638.184 (1) (1) (1) H.E.M.G.

24 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Algeciras................. B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

25 004 Apoyo Servicios Sociales............. 1Algeciras................. C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Jerez de la Frontera

26 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Jerez de la Frontera...... B 22 638.184 (1) (1) (1) H.E.M.G.

27 003 Apoyo Servicios Sociales............. 1Jerez de la Frontera...... C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Puerto de Santa. María I

28 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Puerto de Santa María.... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Puerto de Santa. María II

29 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Puerto de Santa María.... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

30 006 Apoyo Servicios Sociales............. 1Puerto de Santa María.... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Castellón

31 006 Gestor Económico Administrativo.... 1Castellón................ B 18 697.764 (2) (2) (2) H.E.

32 007 Apoyo Servicios Sociales............. 1Castellón................ C 14 571.560 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Herrera de la Mancha

33 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Herrera de la Mancha..... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

34 005 Apoyo Servicios Sociales............. 1Herrera de la Mancha..... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Córdoba

35 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Córdoba................. B 22 713.640 (1) (1) (1) H.E.M.G.

36 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Córdoba................. B 18 713.640 (2) (2) (2) H.E.

37 004 Apoyo Servicios Sociales............. 1Córdoba................. C 14 584.208 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Teixeiro (Curtis)

38 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Teixeiro.................. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

39 004 Apoyo Servicios Sociales............. 2Teixeiro.................. C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Cuenca

40 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Cuenca.................. B 22 571.560 (1) (1) (1) H.E.M.G.

41 002 Gestor Económico Administrativo.... 1Cuenca.................. B 18 571.560 (2) (2) (2) H.E.

Descrip ción puesto

Núm. orden Código puesto Centro penitenciario Denominación puesto trabajo Vacantes Localidad Grupo Nivel C.D. C. espec. anual Cursos Méritosespecí ficos

Observa ciones

C. o P. o Albolote (Granada)

42 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Albolote................. B 22 799.104 (1) (1) (1) H.E.M.G.

43 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Albolote................. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

44 005 Apoyo Servicios Sociales............. 1Albolote................. C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Guadalajara

45 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Guadalajara.............. B 22 638.184 (1) (1) (1) H.E.M.G.

C. o P. o San Sebastián

46 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1 SanSebastián............ B 221.363.308 (1) (1) (1) H.E.M.G.

47 002 Gestor Económico Administrativo.... 1 SanSebastián............ B 181.363.308 (2) (2) (2) H.E.

48 003 Apoyo Servicios Sociales............. 1 SanSebastián............ C 141.240.656 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Huelva

49 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Huelva................... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

50 005 Apoyo Servicios Sociales............. 1Huelva................... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Jaén

51 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Jaén..................... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

52 005 Apoyo Servicios Sociales............. 1Jaén..................... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o León

53 003 Gestor Económico Administrativo.... 1León..................... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

54 004 Apoyo Servicios Sociales............. 1León..................... C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Logroño

55 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Logroño................. B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

56 005 Apoyo Servicios Sociales............. 1Logroño................. C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Lugo-Bonxe

57 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Bonxe................... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

58 005 Apoyo Servicios Sociales............. 1Bonxe................... C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Lugo-Monterroso

59 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Monterroso.............. B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o CIS "Victoria Kent"

60 002 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Madrid................... B 22 799.104 (1) (1) (1) H.E.M.G

61 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Madrid................... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

62 005 Apoyo Servicios Sociales............. 2Madrid................... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Madrid I

(Mujeres Alcalá de Henares)

63 002 Gestor Económico Administrativo.... 1Alcalá de Henares........ B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Madrid II

(Alcalá de Henares-Meco)

64 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Alcalá de Henares........ B 22 799.104 (1) (1) (1) H.E.M.G.

65 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Alcalá de Henares........ B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

66 006 Apoyo Servicios Sociales............. 1Alcalá de Henares........ C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Madrid III (Valdemoro)

67 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Valdemoro............... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Madrid IV (Navalcarnero)

68 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Navalcarnero............. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Madrid V

(Soto del Real)

69 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Soto del Real............. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Madrid VI (Aranjuez)

70 001 Gestor Económico Administrativo.... 1Aranjuez................. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Málaga

71 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Alhaurín de la Torre...... B 22 799.104 (1) (1) (1) H.E.M.G.

72 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Alhaurín de la Torre...... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

73 006 Apoyo Servicios Sociales............. 3Alhaurín de la Torre...... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

Descrip ción puesto

Núm. orden Código puesto Centro penitenciario Denominación puesto trabajo Vacantes Localidad Grupo Nivel C.D. C. espec. anual Cursos Méritosespecí ficos

Observa ciones

C. o P. o Murcia

74 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Murcia................... B 22 697.764 (1) (1) (1) H.E.M.G.

75 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Murcia................... B 18 697.764 (2) (2) (2) H.E.

76 006 Apoyo Servicios Sociales............. 1Murcia................... C 14 571.560 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Pamplona

77 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Pamplona................ B 181.363.308 (2) (2) (2) H.E.

78 004 Apoyo Servicios Sociales............. 2Pamplona................ C 141.240.656 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Orense

79 001 Jefe Servicios Social Externo......... 1Pereiro de Aguiar......... B 22 638.184 (1) (1) (1) H.E.M.G.

80 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Pereiro de Aguiar......... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

81 004 Apoyo Servicios Sociales............. 1Pereiro de Aguiar......... C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Villabona

82 007 Gestor Económico Administrativo.... 1Villabona................ B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

83 008 Apoyo Servicios Sociales............. 2Villabona................ C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o La Moraleja (Dueñas)

84 004 Gestor Económico Administrativa.... 1Dueñas.................. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Las Palmas

85 003 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Tafira Alta............... B 22 799.104 (1) (1) (1) H.E.M.G.

86 007 Gestor Económico Administrativo.... 1Tafira Alta............... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

87 008 Apoyo Servicios Sociales............. 2Tafira Alta............... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Arrecife

88 002 Gestor Económico Administrativo.... 1Arrecife de Lanzarote..... B 18 571.560 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o A Lama

89 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Pontevedra.............. B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

90 004 Apoyo Servicios Sociales............. 2Pontevedra.............. C 14 638.184 (3) (3) (3) H.EM.G.

C. o P. o Topas

91 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Topas.................... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

92 006 Apoyo Servicios Sociales............. 1Topas.................... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Tenerife

93 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1 ElRosario................ B 22 799.104 (1) (1) (1) H.E.M.G.

94 005 Gestor Económico Administrativo.... 1 ElRosario................ B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

95 006 Apoyo Servicios Sociales............. 1 ElRosario................ C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Santa Cruz de La Palma

96 002 Gestor Económico Administrativo.... 1Santa Cruz de la Palma . . . B 18 571.560 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o El Dueso

97 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Santoña................. B 22 697.764 (1) (1) (1) H.E.M.G.

98 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Santoña................. B 18 697.764 (2) (2) (2) H.E.

99 006 Apoyo Servicios Sociales............. 1Santoña................. C 14 571.560 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Segovia

100 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Segovia.................. B 22 638.184 (1) (1) (1) H.E.M.G.

101 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Segovia.................. B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Sevilla

102 003 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Sevilla................... B 22 799.104 (1) (1) (1) H.E.M.G.

103 006 Gestor Económico Administrativo.... 1Sevilla................... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

104 007 Apoyo Servicios Sociales............. 3Sevilla................... C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Hospital Psiq. Penit. Sevilla

105 002 Gestor Económico Administrativo.... 1Sevilla................... B 18 697.764 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Alcalá de Guadaira

106 002 Gestor Económico Administrativo.... 1Sevilla................... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Soria

107 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Soria.................... B 22 713.640 (1) (1) (1) H.E.M.G.

108 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Soria.................... B 18 713.640 (2) (2) (2) H.E.

Descrip ción puesto

Núm. orden Código puesto Centro penitenciario Denominación puesto trabajo Vacantes Localidad Grupo Nivel C.D. C. espec. anual Cursos Méritosespecí ficos

Observa ciones

C. o P. o Teruel

109 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Teruel................... B 22 638.184 (1) (1) (1) H.E.M.G.

110 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Teruel................... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Ocaña I

111 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Ocaña................... B 22 713.640 (1) (1) (1) H.E.M.G.

112 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Ocaña................... B 18 713.640 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Ocaña II

113 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Ocaña................... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Valencia

114 009 Gestor Económico Administrativo.... 2Picassent................ B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

115 012 Apoyo Servicios Sociales CIS......... 2Picassent................ C 14 638.184 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Valladolid

116 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Villanubla................ B 22 697.764 (1) (1) (1) H.E.M.G.

117 005 Gestor Económico Administrativo.... 1Villanubla................ B 18 697.764 (2) (2) (2) H.E.

118 006 Apoyo Servicios Sociales............. 1Villanubla................ C 14 571.560 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Bilbao

119 001 Jefe Servicio Social Externo.......... 1Basauri.................. B 221.363.308 (1) (1) (1) H.E.M.G.

120 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Basauri.................. B 181.363.308 (2) (2) (2) H.E.

121 004 Apoyo Servicios Sociales............. 2Basauri.................. C 141.240.656 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Zaragoza

122 004 Gestor Económico Administrativo.... 1Zaragoza................. B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

123 005 Apoyo Servicios Sociales............. 2Zaragoza................. C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Daroca

124 002 Gestor Económico Administrativo.... 1Daroca................... B 18 799.104 (2) (2) (2) H.E.

C. o P. o Ceuta

125 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Ceuta.................... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

126 004 Apoyo Servicios Sociales............. 1Ceuta.................... C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

C. o P. o Melilla

127 003 Gestor Económico Administrativo.... 1Melilla................... B 18 638.184 (2) (2) (2) H.E.

128 004 Apoyo Servicios Sociales............. 1Melilla................... C 14 517.116 (3) (3) (3) H.E.M.G.

Denominación del puesto de trabajo Descripción de funciones Cursos Méritos específicos Puntuación

1 Jefe de Servicio Social Externo:

Impulsar y coordinar la actividad del

Servicio Social Externo.

Elaborar, en colaboración con el

Coordinador de Trabajo Social, la

programación periódica, así como la Memoria

anual del Servicio Social Externo.

Proporcionar la información que le sea

requerida por la Dirección del Centro

Penitenciario, así como por los

órganos judiciales o administrativos

responsables de las medidas penales.

Gestionar la documentación

administrativa, los medios materiales del Servicio

Social Externo y proponer la ejecución

del gasto a la Dirección del Centro

Penitenciario.

Ejecutar, en el ámbito de sus

competencias, los acuerdos de los órganos

colegiados.

Formar parte de las Comisiones de

Programación y Seguimiento, en su caso.

Organización del trabajo.

Información y atención al público.

Legislación penitenciaria.

Drogodependencias en II. PP.

Cursos de informática a nivel de

usuario:

Excel.

Word.

WordPerfect.

Access.

Experiencia en los últimos ocho años,

acreditada mediante certificado del

Director del centro

correspondiente, en puestos de (máximo 4,5

puntos):

a) Director, Subdirector de

Régimen, Secretario CAS, Jefe

Servicios Sociales Externos (0,047 por

mes)........................... 4,5

b) Vicesecretario CAS (0,030 por

mes)........................... 2,9

c) Educadores (0,020 por mes).... 1,9

Titulación (máximo 2 puntos):

a) Diplomatura o primer ciclo de

Derecho, Psicología, Pedagogía o

Sociología..................... 2

b) Criminología................... 1

Capacitación profesional............ 4

Lengua de la Comunidad Autónoma . . 0,3

Denominación del puesto de trabajo Descripción de funciones Cursos Méritos específicos Puntuación

2 Gestor Económico-Administrativo:

Administración y gestión económica de

los recursos del organismo autónomo

destinados a las actividades de los

centros organizadas por el mismo,

conforme a las disposiciones vigentes y a las

instrucciones de la Gerencia:

Educación, servicios sociales, formación

ocupacional y talleres productivos, etc.,

salvo lo que esté reservado a los

Coordinadores de Producción en cada

momento.

Organización y custodia de la

documentación administrativa y contable que se

genere en los Centros Penitenciarios

en relación con estas actividades.

Elaboración de las cuentas justificativas

que se determinen y de los informes

de su seguimiento y control que se

establezcan en cada momento.

Organización del trabajo.

Gestión económica.

Organización administrativa.

Administración.

Organización del Estado y

procedimiento administrativo.

Cursos de informática a nivel de

usuario:

Excel.

Word.

WordPerfect.

Access.

Seguridad Social.

Experiencia en los últimos ocho años,

acreditada mediante certificado del

Director del centro

correspondiente, en puestos de:

a) Administrador y Especialista de

Área Mixta (0,047 por mes)..... 4,5

b) Jefe de Oficinas y Especialistas de

Oficinas del Área de

Administración (0,030 por mes)........... 2,9

c) Jefe de Área Mixta (0,020 por

mes)........................... 1,9

Titulación: Diplomatura o primer ciclo

de Ciencias Empresariales,

Económicas o Ingeniería Técnica........ 2

Capacitación profesional............ 4

Lengua de la Comunidad Autónoma . . 0,3

Gestión de pagos e ingresos del

organismo, así como el control de la Tesorería

en el centro, salvo en lo encomendado

al Coordinador de Producción en cada

momento.

Gestión y control del personal

dependiente del Organismo en los Centros, sin

perjuicio de que la confección de la

nómina sea ralizada por el Habilitado

del Centro.

Gestión de las compras del organismo.

Control de inventario, salvo en lo

encomendado al Coordinador de

Producción del organismo, en cada momento.

Cualquier otra función que, relacionada

con la gestión

económico-administrativa, se le encomiende desde el

organismo autónomo.

3 Apoyo Servicios Sociales:

Realización de las tareas administrativas

necesarias para el normal desarrollo

del servicio.

Lengua de la Comunidad Autónoma . . 0,3

Informar a los diferentes colectivos de

atención.

Realizar el control de presentaciones de

los liberados condicionales, internos

de permiso y los sometidos a otras

medidas.

Realizar el control y seguimiento de los

casos que se les asignen,

desplazándose si fuera necesario.

Realización de las gestiones externas que

se le encomienden en relación con el

servicio.

Prestar apoyo en las tareas de archivo

y gestión de documentos para el buen

funcionamiento del servicio.

Anexos II, III, IV y V (ver imágenes páginas 35286 a 35290)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid