Entre las funciones atribuidas al Centro de Investigaciones Sociológicas figura la promoción y estímulo de la investigación social aplicada, mediante la convocatoria de becas y la participación en programas de formación de técnicos y especialistas en la materia.
Para llevar a cabo tales acciones, y teniendo en cuenta la experiencia de años anteriores, resulta oportuno convocar becas a jóvenes investigadores que iniciarán su disfrute en el año 1999.
La finalidad de las mismas es contribuir a la formación de jóvenes licenciados en los métodos y técnicas utilizados en la investigación social aplicada.
A tal fin, los adjudicatarios de las becas participarán en las tareas de investigación y en las actividades formativas que se establezcan, dentro del marco de los distintos programas que el Centro de Investigaciones Sociológicas desarrolle a lo largo del año 1999.
Por cuanto antecede, el Centro de Investigaciones Sociológicas ha resuelto convocar seis becas para la formación de jóvenes investigadores en Ciencias Sociales mediante concurso público en régimen de concurrencia competitiva para su adjudicación, de acuerdo con las siguientes bases:
Podrán concursar todas aquellas personas que se encuentren en posesión del título de Licenciado universitario o equivalente, preferentemente en alguna de las áreas de conocimiento de las Ciencias Sociales. La fecha de finalización de los estudios debe ser junio de 1994 o posterior.
Se podrán adjudicar hasta un máximo de seis becas.
Cada beca tendrá una dotación de 1.440.000 pesetas anuales. El abono de las mismas se realizará en doce mensualidades de 120.000 pesetas. El período de disfrute será de enero a diciembre de 1999. La concesión o disfrute de una beca no establece relación contractual o estatutaria con el organismo. El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado.
La presentación de las solicitudes para concursar tendrá lugar en el Registro General del Centro de Investigaciones Sociológicas (calle Montalbán, 8, tercera planta, 28014 Madrid), por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Cada solicitud constará de la siguiente documentación, en papel normalizado DIN A4:
a) Instancia (no sujeta a modelo predeterminado) dirigida a la ilustrísima señora Presidenta del Centro de Investigaciones Sociológicas.
b) Fotocopia del documento nacional de identidad o equivalente.
c) Currículum vitae de un máximo de dos hojas, de acuerdo a los siguientes apartados:
I. Datos personales.
II. Formación académica.
III. Idiomas.
IV. Conocimientos y/o experiencia informática.
V. Actividades relacionadas con la investigación.
VI. Publicaciones.
VII. Formación complementaria.
d) Certificación académica en la que figuren las calificaciones obtenidas en los estudios universitarios y las fechas de su obtención.
Un Jurado valorará los méritos de los solicitantes presentados y propondrá la adjudicación de las becas, que se producirá por resolución de la Presidencia del CIS, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
El Jurado estará presidido por la Presidenta del CIS, o persona en quien delegue, y formará parte de él como Vocal el Director del Departamento de Publicaciones y Fomento de la Investigación del CIS y otros tres Vocales, que tendrán la condición de Directores de Departamento del CIS o de Profesores numerarios en materia de Ciencias Sociales que no formen parte del personal permanente del CIS. Los Vocales serán nombrados por la Presidenta y actuará como Secretario el Secretario general del CIS.
El fallo del Jurado deberá tener lugar, como máximo, en el plazo de un mes a partir de la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes.
El Jurado podrá designar suplentes entre los candidatos no seleccionados, según un orden de prelación, para el caso en que se produjeran vacantes entre los adjudicatarios de las becas.
La documentación aneja a las solicitudes desestimadas podrá ser recuperada en el Centro de Investigaciones Sociológicas por los interesados a partir de la resolución de concesión de las becas.
El Centro de Investigaciones Sociológicas podrá, en cualquier momento, mediante resolución justificada, revocar la concesión de la beca si el adjudicatario no cumpliera debidamente las tareas que se le encomienden.
Tres de las becas adjudicadas podrán ser renovadas por otro año natural, las cuales se regirán por lo establecido en esta convocatoria y estarán condicionadas a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente. La solicitud de renovación de una beca para un nuevo período se formalizará en el impreso establecido al efecto, durante el período comprendido entre el 1 y el 15 de septiembre de 1999, acompañado de una Memoria de las actividades realizadas y del currículum actualizado del solicitante. La Presidencia del CIS resolverá de acuerdo con el aprovechamiento demostrado por el becario.
Madrid, 19 de octubre de 1998.‒La Presidenta, Pilar del Castillo Vera.
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