Según lo dispuesto en los artículos 7.º y 8.º de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de Semillas y Plantas de Vivero; los artículos 7.º y 8.º del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero, modificado por Real Decreto 646/1986, de 21 de marzo, la condiciones que se fijan en el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por Orden de 23 de mayo de 1986, modificada por las Órdenes de 26 de noviembre de 1986, de 16 de junio de 1990, de 13 de julio de 1992 y de 10 de octubre de 1994, así como en los Reglamentos Técnicos de Control y Certificación correspondientes a las distintas especies, y teniendo en cuenta lo establecido en la Orden de 30 de noviembre de 1974, sobre delegación de la facultad de concesión de autorizaciones de productores de semillas con carácter provisional, así como lo dispuesto en los diferentes Decretos de transferencias de funciones a las Comunidades Autónomas, relativo a los informes preceptivos, y tras estudiar la documentación aportada y los informes presentados por las Comunidades Autónoma afectadas, he tenido a bien resolver:
Se concede el título de Productor Multiplicador de Semillas de Forrajeras, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a «Sociedad Cooperativa del Campo Joaquín Costa y La Litera», de Binéfar (Huesca).
Se concede el título de Productor Multiplicador de Semilla de Leguminosa de Grano, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a «Sociedad Agraria de Transformación número 8.787 Rodiva», de Almonacid (Toledo).
Se concede el título de Productor Multiplicador de Semillas de Cereales, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a «Cooperativa Cerealista de Conil, S. C. A.», de Conil de la Frontera (Cádiz).
Se conceden los títulos de Productor Seleccionador de Semillas de Cereales, Leguminosas de Grano, Forrajeras, Oleaginosas y Textiles, con carácter provisional y por un período de cuatro años a «Gálvez Semillas, Sociedad Limitada», de Santa Cruz (Córdoba).
Se conceden el título de Productor Multiplicador de Semillas de Cereales, con carácter provisional y por un período de cuatro años, a «Niñoles Ferrández, Sociedad Limitada», de Fernán Núñez (Córdoba).
Se concede el cambio de titularidad de «Agrosa Semillas, Sociedad Anónima», por «Agrosa Semillas Selectas, Sociedad Anónima», de Jadraque (Guadalajara).
Las concesiones, a que hacen referencia los apartados anteriores, quedan condicionadas a que las entidades cumplan con el calendario de ejecución de obras e instalaciones como, asimismo, contar con los medios humanos que indican en los documentos que acompañan a las solicitudes presentadas.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de octubre de 1998.‒El Director general, Rafael Milán Díez.
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