Visto el expediente sobre extinción de autorización, por cese de actividades docentes, del centro de Educación Infantil y Primaria denominado «Centro Mixto de Enseñanza», sito en Daroca (Zaragoza), del que es titular el Ayuntamiento de Daroca,
Este Ministerio ha dispuesto:
Aprobar, de oficio, la extinción de la autorización del centro de Educación Infantil y Primaria denominado «Centro Mixto de Enseñanza», domiciliado en calle Esnarcega, número 14, de Daroca (Zaragoza), cuya titularidad ostenta el Ayuntamiento de Daroca, con efectos del curso escolar 1998-1999, por no ejercer la actividad docente para la que fue autorizado.
Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro; siendo necesaria para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos legales vigentes en materia de autorización de centros escolares privados.
Contra la presente Orden, la titularidad podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre.
Madrid, 11 de septiembre de 1998.‒P. D. (Ordenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
limo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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