De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio específico suscrito el 5 de junio de 1998, entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) y el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA), organismo autónomo de la Generalidad Valenciana, en aplicación de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica, la Orden de 23 de abril de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se crea el Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, y la Orden de 29 de junio de 1995, por la que se establecen los objetivos, directrices y normas generales del Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para el cuatrienio 1996-1999.
Madrid, 30 de junio de 1998.‒El Presidente, Francisco José Simón Vila.
En Madrid, a 5 de junio de 1998.
REUNIDOS
De una parte, la excelentísima señora doña Loyola de Palacio del Valle-Lersundi, Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud del Real Decreto 762/1996, de 5 de mayo, facultada para la firma según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, el ilustrísimo señor don Florentino Juan Juste Pérez, Director del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (CIF Q-9650009-E) (en lo sucesivo IVIA), organismo autónomo de la Generalidad Valenciana, en nombre y representación del mismo, en base a las atribuciones contenidas en el artículo 8.º, apartado 2, de la Ley 4/1991 de creación como entidad autónoma del mencionado Instituto.
Ambas partes se reconocen capacidad suficiente y
EXPONEN
Uno. Que con fecha 30 de julio del ejercicio de 1996, y con una vigencia de cuatro años, fue establecido un Convenio marco de colaboración cuyo objeto lo constituye el desarrollo, por el IVIA, de los proyectos y acciones de investigación que, correspondiendo a su ámbito territorial, resulten aprobados en el marco del Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en el del Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, así como cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución de Convenios, contratos o acuerdos establecidos o que puedan establecerse con organismos nacionales y/o internacionales o con entidades y personas físicas y/o jurídicas nacionales o extranjeras.
Dos. Que la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria, en su reunión de 10 de diciembre de 1997, ratificó los criterios objetivos y la propuesta de distribución de fondos presentada.
Tres. Que la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, en su reunión de 23 de febrero del presente ejercicio de 1998, acordó la distribución de compromisos financieros propuesta por el INIA, Acuerdo que fue aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión del 20 de marzo de 1998.
Cuatro. Que por la Presidencia del INIA han sido dictadas Resoluciones por las que se aprueban las asignaciones económicas a los proyectos que se incluyen como anexo al presente Convenio, cuyo desarrollo corresponde al IVIA.
De acuerdo con lo que antecede, las partes suscriben el presente Convenio específico de colaboración con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto del presente Convenio específico de colaboración lo constituye la ejecución, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana, de los proyectos y acciones de investigación, que se incluyen como anexo único.
1. Corresponde al IVIA el desarrollo de los proyectos y acciones de investigación que, siendo de su ámbito territorial, resulten aprobados en el marco del Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en el del Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos.
2. El INIA, con cargo a las dotaciones presupuestarias del capítulo VI, transferirá al IVIA, un importe total de 119.936.000 pesetas, de acuerdo con el detalle que figura en el anexo único, ya mencionado, al presente Convenio de colaboración.
Los pagos derivados del presente Convenio de colaboración, correspondientes al importe total a que se refiere la cláusula segunda, se realizarán en la siguiente forma:
70 por 100 a la firma del presente Convenio, porcentaje en el que se incluirá el 50 por 100 de las asignaciones para la contratación de personal investigador, que se realizará dentro del marco legalmente establecido, y el 100 por 100 de las asignaciones para la adquisición de equipo científico y viajes al extranjero que se realicen por parte de la Comunidad Autónoma y que se detallan en las Resoluciones de la Presidencia del INIA, ya citadas.
30 por 100 restante, entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre, una vez que el IVIA haya certificado que todos y cada uno de los proyectos se encuentran en ejecución y se desarrollan según lo previsto en sus respectivos protocolos.
Finalizado el ejercicio económico, el IVIA remitirá al INIA el informe anual de seguimiento de todos y cada uno de los proyectos, de acuerdo con el modelo establecido a tal efecto.
El informe final correspondiente a los proyectos terminados en el ejercicio de 1998 será remitido al INIA antes del 30 de junio de 1999.
El presente Convenio específico de colaboración surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta el día 31 de diciembre de 1998.
Todas las cuestiones que pueda suscitar la aplicación y eficacia del presente Convenio, y no puedan ser solventadas amistosamente entre las partes convinientes, serán sometidas a la decisión del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, de acuerdo con la Ley de 27 de diciembre de 1956, en su vigente redacción.
Y en prueba de conformidad firman el presente documento, por duplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y fecha antes indicados.‒La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Loyola de Palacio del Valle-Lersundi.‒Por el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA), Florentino Juan Juste Pérez.
Comunidad Autónoma Valenciana
NP | Título | Asignación 98 |
---|---|---|
SC95-031-C3-1 | Lixiviación de nitrato en diferentes cultivos agrícolas de regadío | 1.097 |
SC95-035. | Cultivo sostenible de hortalizas con utilización mínima de fertilizantes y plaguicidas. | 2.888 |
SC98-035-C2-1. | Obtención de nuevas variedades de fresón adaptadas a las distintas zonas productoras españolas. | 4.706 |
SC97-109-C2-1 | Obtención de variedades de arroz: Nuevos tipos de planta. | 6.339 |
SC97-110-C2-1 | Diagnóstico, distribución y control integrado de Pseudomonas solanacearum, causante de la podredumbre parda de la patata | 5.463 |
SC95-034. | Obtención y evaluación de marcadores genéticos para su utilización en programas de mejora de patrones de cítricos. | 5.449 |
SC96-043. | Optimización del rendimiento del robot de recolección citrus-robot. | 5.716 |
SC97-098. | Prevención y control de los daños causados por el virus de la tristeza de los cítricos (CTV) en España. | 6.967 |
SC97-099. | Mejora de la calidad de los frutos cítricos. Estímulo del desarrollo y control de desórdenes fisiológicos. Mecanismos de acción. | 2.676 |
SC97-100. | Manejo integrado de plagas en cítricos: Evaluación ecotoxicológica del efecto de los fitosanitarios sobre la artropodofauna útil. | 5.146 |
SC97-102. | Mejora genética de los cítricos mediante biotecnología. | 9.548 |
SC97-103. | Mejora de los métodos de diagnóstico de algunas enfermedades de cítricos. | 4.554 |
SC97-104. | Mejora de la eficiencia de la fertilización nitrogenada en los cítricos | 5.192 |
SC97-106. | Respuestas fisiológicas de los cítricos frente a condiciones de cultivo adversas, regulación hormonal y mecanismos de tolerancia | 4.848 |
SC97-107 | Variedades de cítricos: Caracterización, selección y mejora. | 1.602 |
SC97-108. | El complejo de viroides de los cítricos: Caracterización y mecanismos de control. | 4.522 |
SC98-058. | Producción integrada de cítricos, control biológico de cochinillas (Hom.: Coccoidea): La Cochinilla Acanalada Icerya Purchasi Masck y el Piojorojo de California Aonidiella auran-ti (Mask). | 1.891 |
SC98-060. | Nuevas estrategias para el control de los virus de la sharka (plum POX-PPV) y de la tristeza (citrus tristeza-CTV) y estudios epediemiológicos. | 7.281 |
SC98-103-C2-1. | Selección de híbridos de agrios tolerantes a tristeza y a estreses bióticos y abióticos, que reduzcan el tamaño de los árboles. | 5.036 |
SC97-097-C2-1. | Renovación y mejora varietal de frutales de hueso. | 3.169 |
SC98-059. | Estrategias de riego deficitario en vid para vinificación. | 2.019 |
SC98-057. | Distribución y actividad de Phytophthora cinnamomi en las especies leñosas forestales del área mediterránea española. | 3.509 |
SC98-053. | Adecuación de las técnicas de desverdización, frigoconservación y tratamientos de cuarentena por frío a variedades de mandarinas y naranjas. | 2.804 |
SC98-056. |
Desarrollo y evaluación de recubrimientos comestibles e influencia en el almacenamiento y calidad final de algunos frutos. |
2.978 |
105.400 |
Comunidad Autónoma Valenciana
NP | Título | Asignación 98 |
---|---|---|
RF98-029. | Establecimiento de un banco de germoplasma del níspero del Japón [Eribotria japonica (Thunb. Linde)]. | 1.978 |
RF98-032-C10-2. | Recolección, multiplicación y evaluación de los recursos fitogenéticos hortícolas para su conservación en los bancos de germoplasma. | 1.500 |
RF98-033. | Banco de germoplasma de cítricos. Establecimiento, caracterización y evaluación. | 5.401 |
8.879 |
Comunidad Autónoma Valenciana
NP | Título | Asignación 98 |
---|---|---|
SC97-130-3. | Alternativas al uso convencional de bromuro de metilo respetuosas con el medio ambiente y viables económicamente. | 5.657 |
5.657 |
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