En el recurso contencioso-administrativo número 653-95, referente al
expediente de marca número 1.624.797/3, interpuesto ante el Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía por don Francisco Montero Bernáldez,
contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 17 de
noviembre de 1994, se ha dictado, con fecha 26 de mayo de 1997, por
el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar el recurso interpuesto por don
Francisco Montero Bernáldez, representado por la Procuradora señora
Echevarría Losada y defendido por Letrado, contra resolución del Registro
de la Propiedad Industrial y la posterior de la Oficina Española de Patentes
y Marcas a que se refiere el recurso, por ser conforme al ordenamiento
jurídico. No hacemos pronunciamiento sobre costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de agosto de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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