Con fecha 14 de julio de 1998, por Resolución del Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, se convocó la concesión de subvenciones para el presente ejercicio presupuestario, correspondientes a Universidades públicas para la construcción o remodelación de instalaciones deportivas, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 186, de 5 de agosto.
En el apartado cuarto de la misma se determinaba que, concluido el plazo de presentación de solicitudes, se publicaría en el «Boletín Oficial del Estado» listado comprensivo de las admitidas y excluidas a la convocatoria, con expresión de la causa de exclusión.
En cumplimiento del mismo, se señala que han resultado admitidas al procedimiento de concesión de subvención las siguientes solicitudes:
Universidad de La Rioja.
Universidad Complutense de Madrid.
Asimismo se significa que no han sido admitidas las siguientes solicitudes, señalándose los motivos de su exclusión:
Solicitudes recibidas | Motivo de exclusión | |||
---|---|---|---|---|
Proyecto y P. ejecución | Cert. disponi. terrenos | Acuerdo de financiación | N.º instalaciones | |
Falta de documentación señalada | ||||
Universidad de Valladolid. | X | |||
Universidad Autónoma de Barcelona. | X | X | X | X |
Universidad «Carlos III» de Getafe. | X | X | ||
Universidad Politécnica de Madrid. ETS Agrónomos. | X | X | ||
Universidad Politécnica de Madrid. ETS Arquitectura. | X | |||
Universidad de Valencia. | X | X | ||
Universidad de Girona. | X | |||
Fuera de plazo | ||||
Universidad de Zaragoza. | Entrada fuera de plazo. |
De conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede un plazo de diez días, a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Resolución, a las Universidades excluidas para aportar la documentación cuya falta ha determinado su exclusión, indicándoles que si no lo hicieran se archivará su solicitud sin más trámite.
Las exclusiones y admisiones definitivas que, transcurrido el plazo de subsanación se produzcan, serán comunicadas directamente a los solicitantes.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de septiembre de 1998.‒El Secretario de Estado-Presidente, Santiago Fisas Ayxelá.
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