Suscrito entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares un Convenio de colaboración para la construcción de una residencia de mayores en Felanitx y un centro de día de la tercera edad en Lluchmayor, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 10 de agosto de 1998.‒El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.
En Madrid a 1 de julio de 1998.
REUNIDOS
De una parte, el ilustrísimo señor don Héctor Maravall Gómez-Allende, Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministro del día 21 de julio de 1995, y
De otra parte, la honorable señora doña María Rosa Estaras i Ferragut, Consejera de la Presidencia del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en virtud de nombramiento por Orden del Presidente de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de 18 de junio de 1996, de nombramiento de miembros del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
EXPONEN
I
El IMSERSO, anteriormente, Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), es la entidad gestora de la Seguridad Social, adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a través de la Secretaría General de Asuntos Sociales, a la que corresponde la gestión de los servicios complementarios de las prestaciones de la Seguridad Social. Entre sus competencias se encuentra la atención a personas mayores y personas con discapacidad y la creación y mantenimiento de centros para estos colectivos, en donde se les ofrezca la atención permanente y la rehabilitación personal y social que requieran.
II
El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, aprobado por Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, y reformado por Ley Orgánica 9/1994, de 24 de marzo, atribuye a la Comunidad Autónoma, en su artículo 12.8, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en el desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en materia de gestión de las prestaciones y servicios sociales del sistema de Seguridad Social, INSERSO.
III
El Real Decreto 2153/1996, de 27 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» número 255, de 22 de octubre), sobre traspaso de funciones y servicios de la Seguridad Social, a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en las materias encomendadas al Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, de 12 de septiembre de 1996, por el que se concretan las funciones y servicios que deben ser objeto de traspaso a dicha Comunidad.
IV
En la enumeración de bienes inmuebles objeto de traspaso, que realiza el Acuerdo de la Comisión Mixta citado, se incluye una residencia para la tercera edad en Felanitx, paraje «Sa Mola», y un hogar de la tercera edad en Lluchmayor, calle Rei Jaume I, ambos sin construir.
El anexo V de dicho Acuerdo recoge el compromiso del actual IMSERSO y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de cofinanciar la construcción de los dos centros, previéndose la suscripción de un Convenio de colaboración entre ambas Administraciones Públicas en el que se concreten las condiciones de realización de las inversiones. El propio anexo determina la cantidad total a aportar por el citado Instituto, a tal objeto.
Sobre estas bases, ambas partes, reconociéndose legitimidad y capacidad jurídica suficiente, y de conformidad con la establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración de acuerdos con las siguientes
CLÁUSULAS
El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración necesaria entre el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el IMSERSO para la financiación conjunta, durante el período 1998/1999, de la construcción de una residencia de mayores en Felanitx y un hogar de la tercera edad en Lluchmayor.
La aportación total del IMSERSO al objeto del Convenio será de 540.000.000 de pesetas, a cuyo efecto el Instituto incluirá como máximo, en el presupuesto de cada uno de los ejercicios económicos con cargo al capítulo VII «Transferencias de capital», los siguientes créditos:
Ejercicio 1998: 180.000.000 de pesetas.
Ejercicio 1999: 360.000.000 de pesetas.
No obstante, si las disponibilidades presupuestarias del IMSERSO lo permiten, se podrá proceder al siguiente cambio en la distribución de créditos entre ejercicios.
Ejercicio 1998: 360.000.000 de pesetas.
Ejercicio 1999: 180.000.000 de pesetas.
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares aportará para la construcción y equipamiento de dichos centros, la diferencia entre el coste total de los mismos y los 540 millones de pesetas que aporta el IMSERSO.
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares será el encargado de adaptar los proyectos de construcción que ya tiene elaborados y pagados el IMSERSO, así como de adjudicar y contratar tanto las obras como la dirección facultativa, corriendo a su cargo todos los gastos respectivos, incluso los derivados de las diferencias económicas entre los honorarios en «misión completa» y «misión parcial», en el supuesto de que el Gobierno de la Comunidad Autónoma decidiera contratar la dirección de las obras con facultativos distintos de los redactores de los proyectos y se produjera reclamación de éstos.
Asimismo, la Comunidad Autónoma se encargará de adjudicar y contratar el equipamiento de ambos centros.
Los sucesivos pagos que, a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, realizará el IMSERSO al Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, se harán efectivos tras la presentación de las oportunas certificaciones de obra, debidamente extendidas por la dirección facultativa y conformadas por la Administración de la Comunidad Autónoma.
Una vez construida y equipada la residencia de mayores de Felanitx y el hogar de la tercera edad de Lluchmayor, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares procederá a su efectiva puesta en funcionamiento, desarrollándose las funciones correspondientes a ambos centros por parte de la Comunidad Autónoma en los mismos términos que señala el Real Decreto 2153/1996, de 27 de septiembre, para el resto de establecimiento y centro traspasados.
La dotación de personal de los centros se determinará de acuerdo a los módulos establecidos en el resto de los centros del IMSERSO, sin perjuicio de que determinadas funciones y servicios puedan ser concertados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma con entidades especializadas.
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares procederá a la cobertura de la plantilla de los centros, asumiendo las obligaciones de carácter laboral, fiscal, de Seguridad Social, de prevención de riesgos laborales, así como las autorizaciones administrativas necesarias para la apertura de la residencia y del hogar de la tercera edad.
El ingreso de beneficiarios en la residencia será gestionado por el Gobierno de la Comunidad Autónoma hasta cubrir el 100 por 100 de las plazas, determinándose la condición de beneficiario de ambos centros con arreglo a lo dispuesto en los apartados B, 1.o 6 y C. a) del anexo del Real Decreto 2153/1996.
Para la gestión, vigilancia y control de lo pactado en el convenio se establece un órgano mixto que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio de colaboración, sin perjuicio de la competencia del orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo y, en su caso, de la competencia del Tribunal Constitucional.
Y, en prueba de conformidad en cuanto se expone y acuerda, se firma el presente convenio, extendido por cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.
Por el IMSERSO, Héctor Maravall Gómez-Allende.‒Por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, María Rosa Estaras y Ferragut.
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