Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/1.193/1995, interpuesto por don Alberto Téllez Martínez, sobre sanción disciplinaria, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia de 5 de marzo de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Primero.
Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 1.193/1995, interpuesto por don Alberto Téllez Martínez, contra la Resolución del Ministerio de Justicia e Interior (Dirección General de Administración Penitenciaria) de 30 de mayo de 1995, por la que se impuso la sanción de diez días de suspensión de funciones, como autor responsable de una falta grave del artículo 7.1.a) del Reglamento disciplinario, aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, consistente en la «falta de la obediencia debida a los superiores y autoridades», que se confirma por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.
No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de julio de 1998.‒El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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